DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 23 Martes, 4 de febrero de 2025 Pág. 9721

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Puertos de Galicia

CÉDULA de 21 de enero de 2025 por la que se notifica la resolución del procedimiento administrativo sancionador del expediente 12-48-24-482 y uno más.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 44 y 46 de la Ley 39/2015 (BOE núm. 236, de 2 de octubre), del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se notifican a los denunciados cuyos datos personales se mencionan en los anexos, mediante la publicación en el Boletín Oficial del Estado, las resoluciones de los procedimientos administrativos sancionadores por infracción de la Ley 6/2017, de 12 de diciembre, de Puertos de Galicia, en relación con el Reglamento de servicio y policía de los puertos, aprobado por la Orden ministerial de 12 de junio de 1976, por no ser posible la notificación en el domicilio.

Asimismo, este anuncio se publicará en el Diario Oficial de Galicia, si bien la eficacia del acto notificado quedará supeditada a su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

El órgano competente para la resolución del expediente es el director del ente público, de acuerdo con la tipificación y cuantía de la sanción, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 144.1.a) de la Ley 6/2017, de puertos de Galicia.

Contra las presentes resoluciones, que no ponen fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada, ante el presidente del Consejo de Administración, según lo establecido en el acuerdo de delegación de competencias del Consejo de Administración del ente público Puertos de Galicia, publicado por laResolución de 29 de agosto de 2018 en el DOG núm. 177, de 17 de septiembre. El plazo para interponer este recurso es de un mes, a contar a partir del día siguiente al de la publicación de esta cédula en el Boletín Oficial del Estado.

Transcurrido dicho plazo, la resolución sancionadora devendrá firme y ejecutiva y podrá hacerse efectivo en período voluntario el importe de la sanción, dentro del plazo establecido en el artículo 62 de la Ley 58/2003, de 12 de diciembre, general tributaria (BOE núm. 302, de 18 de diciembre), mediante ingreso en cualquier oficina de las entidades de depósito colaboradoras (Banco Sabadell, BBVA y Abanca), empleando el modelo impreso que se facilitará en los servicios centrales de Puertos de Galicia.

De no efectuarse el ingreso en dicho plazo, se procederá a su exacción porla vía ejecutiva.

Santiago de Compostela, 21 de enero de 2025

Juan Sanmartín Ferreiro
Director general de Puertos de Galicia

ANEXO

Expediente

Matrícula

Denunciante

DNI/CIF denunciado

Hecho denunciado

Fecha-hora-puerto

Precepto
infringido

Precepto sancionador

Importe de la sanción

Sanc. 12-48-24-482

ML-9741-C

Pafif

33191776Q

Estacionamiento prohibido.

8.2.2024; 12.51 horas; Ribeira (A Coruña)

Artículo 131.t) de la Ley 6/2017, de puertos de Galicia (LPG)

Artículo 137 de la LPG

90 €

Sanc. 14-07-24-18

5082-MGW

Guardamuelles

50444214Q

Estacionamiento prohibido.

27.6.2024; 9.43 horas; Celeiro-Viveiro (Lugo)

Artículo 131.t) de la Ley 6/2017, de puertos de Galicia (LPG)

Artículo 137 de la LPG

90 €