De conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), después de examinar la solicitud de cancelación de la inscripción en el Registro de Parejas de Hecho de Galicia presentada individualmente por el otro miembro de la pareja, se notifica a las personas abajo relacionadas el emplazamiento para el trámite de audiencia a fin de dictar la oportuna resolución definitiva del expediente, de acuerdo con lo previsto en el artículo 23.3 del Decreto 248/2007, de 20 de diciembre, por el que se crea y se regula el Registro de Parejas de Hecho de Galicia, según la redacción dada por el Decreto 146/2014, de 13 de noviembre. La eficacia de esta resolución queda supeditada a su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Los expedientes relacionados se encuentran a disposición de las personas interesadas en el Departamento Territorial de Pontevedra, sito en la avenida Mª Victoria Moreno, nº 43, 9ª planta, 36003 Pontevedra, para que puedan consultarlo y formular las alegaciones y justificaciones que considere oportunas, durante un plazo de quince (15) días hábiles desde la publicación de esta resolución.
Una vez transcurrido este plazo, y a la vista de las alegaciones, documentos y justificaciones presentadas, se dictará la resolución que corresponda.
Pontevedra, 10 de febrero de 2025
Blanca García-Señoráns Álvarez
Directora territorial de Pontevedra
ANEXO
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Expediente |
NIF/NIE/pasaporte |
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PO-2018/00091 |
SC7602207 |
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PO-2022/00227 |
35566807K |
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PO-2024/00538 |
124320092 |
