La Ley 4/2019, de 17 de julio, de administración digital de Galicia, establece en su artículo 33.3 que las oficinas de la Red de oficinas de atención a la ciudadanía y de registro se crearán, modificarán y suprimirán mediante orden de la persona titular de la consellería competente en materia de administraciones públicas. De conformidad con el artigo 8.2 del Decreto 191/2011, de 22 de septiembre, de organización y funcionamiento de los registros de la Administración general y de las entidades públicas instrumentales de la Comunidad Autónoma de Galicia, se tramitarán previa propuesta de la consellería o entidad correspondiente, tras el informe de la Oficina del Registro General.
El Decreto 136/2024, de 20 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes, regula en su artículo 12 las funciones de la Subdirección General de Coordinación del Registro y Atención a la Ciudadanía, dependiente de la Secretaría General Técnica, entre las que consta la de dirección, coordinación y control de las oficinas de registro y atención a la ciudadanía.
En el anexo I del Decreto 191/2011, de 22 de septiembre, figura, entre otras, la oficina de Registro de la Dirección General de Investigación y Desarrollo e Innovación, que mediante la Orden de 30 de abril de 2012 pasó a denominarse Registro de la Agencia Gallega de Innovación.
El día 3 de febrero de 2025, la directora de la Agencia Gallega de Innovación solicitó la supresión de dicha oficina de registro. La supresión fue informada positivamente por la Oficina del Registro General.
Teniendo en cuenta la necesidad de optimización de los recursos públicos y el principio de eficacia que rigen la actuación de la Xunta de Galicia, se estima conveniente la supresión de la oficina de Registro de la Agencia Gallega de Innovación, sita en la calle Airas Nunes, s/n, de Santiago de Compostela.
Por lo expuesto, y en el uso de las facultades que me confieren los artículos 34.6 y 38 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y de su Presidencia,
DISPONGO:
Artículo único. Se suprime la Oficina de Registro de la Agencia Gallega de Innovación, sita en calle Airas Nunes, s/n, de Santiago de Compostela.
Disposición final primera
Lo establecido en esta orden no supondrá incremento de gasto.
Disposición final segunda
Esta orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
En esa misma fecha se actualizará para la ciudadanía la relación de oficinas de registro, existente en la página web institucional.
Santiago de Compostela, 4 de abril de 2025
Diego Calvo Pouso
Conselleiro de Presidencia, Justicia y Deportes
