Conforme a lo previsto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), se notifica a la persona que se relaciona en el anexo la resolución dictada por la persona titular de la Subdirección General de Inspección del Transporte en el expediente sancionador PO-02616-S-2024, instruido por infracción de la normativa sobre transporte terrestre, al resultar infructuosa su notificación postal. La eficacia de esta notificación queda supeditada a su publicación en el tablón edictal único del Boletín Oficial del Estado.
El texto íntegro de la resolución que se notifica, junto con el resto de la documentación del expediente, se encuentra a disposición de la persona interesada en la Subdirección General de Inspección del Transporte.
Se comunica que contra dicha resolución, que no es definitiva en la vía administrativa, cabe recurso de alzada ante la directora general de Movilidad de la Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado.
La sanción impuesta fue abonada anticipadamente con una reducción de su importe conforme a lo previsto en el artículo 146.3 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de ordenación de los transportes terrestres.
Santiago de Compostela, 12 de mayo de 2025
Marta Vázquez Sanjurjo
Subdirectora general de Inspección del Transporte
ANEXO
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Expediente Matrícula |
DNI/CIF de la persona sancionada |
Infracción cometida Fecha-hora-carretera-p.k. |
Precepto calificador |
Precepto sancionador |
Sanción impuesta |
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PO-02616-S-2024 2577-CCB |
36177316H |
Atenuante-Realizar transporte público de mercancías en vehículo ligero, careciendo de título habilitante. 30.5.2024; 12.30 |
Artículo 141.25 en relación con el artículo 140.1 de la LOTT |
Artículo 143.1.k) en relación con el apartado f) de la LOTT |
801 euros |
