En la sesión que tuvo lugar el día 18 de junio de 2025, el tribunal nombrado por la Resolución de 29 de mayo de 2024 (DOG núm. 108, de 5 de junio), para calificar el proceso selectivo extraordinario de estabilización derivado de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, para el ingreso, por el turno de acceso libre y mediante el sistema de concurso, en las categorías 7, 20, 21, 24, 25, 31, 32, 33, 34, 37 y 39 del grupo IV de personal laboral de la Xunta de Galicia, convocado por la Resolución de 22 de diciembre de 2022, modificada por la Resolución de 20 de enero de 2023 (DOG núm. 15, de 23 de enero) y por la Resolución de 6 de febrero de 2023(DOG núm. 26, de 7 de febrero) (corrección de errores en el DOG núm. 64, de 31 de marzo, y en el DOG núm. 87, de 8 de mayo)
ACORDÓ:
Primero. Mediante la Resolución de 23 de octubre de 2024 (DOG núm. 206, de 24 de octubre), este tribunal acordó elevar a la persona titular de la Dirección General de Empleo Público y Administración de Personal a listado de las personas aspirantes que superaron el proceso selectivo extraordinario de estabilización derivado de la Ley 20/2021, para el ingreso, por el turno de acceso libre y mediante el sistema de concurso, en la categoría 39 (auxiliar de autopsia) del grupo IV de personal laboral de la Xunta de Galicia.
Con fecha 16 de junio de 2025, la Dirección General de Empleo Público y Administración de Personal le requiere a este tribunal que proponga a una nueva persona aspirante, ya que la propuesta con el número 6, Juana Núñez Pérez, DNI ***6678**, no presentó la documentación exigida y, por tanto, perdió su derecho para adquirir la condición de personal laboral fijo en la categoría 39 (auxiliar de autopsia) del grupo IV de personal laboral de la Xunta de Galicia.
La base III.4 de la convocatoria señala: «La orden de prelación de las personas aspirantes vendrá dada por la suma de la puntuación en la fase de concurso. No podrá superar el proceso selectivo un número superior de personas al de plazas convocadas. Para poder superar el proceso selectivo, será necesario alcanzar una puntuación mínima de treinta (30) puntos».
No obstante, para asegurar la cobertura de las vacantes, de producirse renuncias de las personas seleccionadas antes de su nombramiento o toma de posesión, el órgano convocante podrá requerir una relación complementaria de las personas que sigan por puntuación a las propuestas. Por todo ello, este tribunal acuerda modificar la relación de aspirantes que superaron el proceso selectivo extraordinario de estabilización derivado de la Ley 20/2021, para el ingreso, por el turno de acceso libre y mediante el sistema de concurso, en la categoría 39 (auxiliar de autopsia) del grupo IV de personal laboral de la Xunta de Galicia, por orden de las puntuaciones obtenidas en el concurso y con indicación de su documento nacional de identidad (con las limitaciones previstas en la normativa en materia de protección de datos de carácter personal).
Segundo. De conformidad con lo dispuesto en la base V.2 de la convocatoria y de acuerdo con el Informe de 9 de octubre de 2024, de la Dirección General de Empleo Público y Administración de Personal, sobre la aplicación a los procesos selectivos de estabilización de la Ley 20/2021, de la tramitación de urgencia, conforme al artículo 33.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y la disposición adicional séptima de la Ley 5/2022, de 21 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público de la Comunidad Autónoma de Galicia, las personas aspirantes que superaron los procesos selectivos dispondrán de un plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el DOG, para presentar los documentos previstos en la dicha base, en caso de que no fuesen presentados o validados previamente.
Tercero. Elevar esta relación complementaria a la persona titular de la Dirección General de la Empleo Público y Administración de Personal a los efectos de que las personas afectadas sean propuestas para su nombramiento como personal laboral fijo.
Cuarto. Contra este acuerdo se podrá interponer recurso de alzada ante la persona titular de la consellería competente en materia de función pública, en los términos previstos en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Santiago de Compostela, 18 de junio de 2025
Javier Fraga Vázquez
Presidente del tribunal
ANEXO
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Número de orden |
DNI |
Apellidos y nombre |
Turno |
Puntuación |
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6 |
***4296** |
Vázquez García, David |
Libre |
51,9 |
