DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 189 Miércoles, 1 de octubre de 2025 Pág. 52004

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Mar

RESOLUCIÓN de 16 de septiembre de 2025, de la Subdirección General de Coordinación Presupuestaria y Contratación, por la que se requiere la formulación de la hoja de aprecio a una expropiada, dentro del procedimiento de expropiación de los bienes y derechos afectados por el proyecto de construcción de las obras de estabilización de taludes en el puerto de Maniños-Barallobre (A Coruña).

El artículo 28 del vigente Estatuto de autonomía de Galicia establece en su apartado 2 la competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia para el desarrollo legislativo y la ejecución de la legislación del Estado en materia de expropiación forzosa.

El proyecto de las obras que se citan en el encabezamiento fue aprobado el 20 de septiembre de 2024 por la Presidencia de Puertos de Galicia que, de acuerdo con su normativa de creación, tiene en este expediente la condición de beneficiaria con las facultades de impulso del expediente y, a tal efecto, elevó la correspondiente propuesta de expropiación a la Consellería del Mar, que ostenta la condición de Administración expropiante.

La relación de bienes y derechos en la que se concreta la declaración de urgente ocupación, que fue sometida a información pública, aparece recogida y valorada en dicho proyecto.

Mediante el Decreto 9/2025, de 20 de enero, publicado en el DOG número 25, de 6 de febrero, el Consello de la Xunta de Galicia declaró de utilidad pública y urgente ocupación, a los efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos necesarios para la ejecución de las obras de estabilización de taludes en el puerto de Maniños-Barallobre (A Coruña).

En su virtud, tras el levantamiento de las actas previas a la ocupación el pasado 25 de marzo de 2025, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 52 de la vigente Ley de expropiación forzosa de 16 de diciembre de 1954, y 56 y siguientes del reglamento para su aplicación, se firmaron las actas de depósito previo y de ocupación el día 23 de abril de 2025.

Una vez efectiva la consignación del depósito previo a la ocupación en la Caja General de Depósitos de la Consellería Hacienda y Administración Pública, de conformidad con el artículo 24 de la Ley de expropiación forzosa, esta Subdirección General de Coordinación Presupuestaria y Contratación de la Secretaría General Técnica de la Consellería del Mar, designada para actuar como representante de la Administración expropiante, instó a los titulares de la finca a convenir libremente y por mutuo acuerdo el precio de la expropiación, finalizando el plazo de 15 días hábiles desde su notificación, sin recibir esta Administración conformidad sobre el justiprecio propuesto en el caso de la titular dispuesta en la tabla del anexo I.

Se señala que, tras las indagaciones hechas por esta Administración, no consta número de identificación fiscal de esta titular del bien expropiado ni posibles familiares o herederos conocidos.

Esta Administración, conforme a lo dispuesto en el artículo 30 de la Ley de expropiación forzosa, y a efectos de continuar con la tramitación del expediente, requiere a dicha titular formalmente para que, en el plazo de veinte (20) días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación de esta resolución, presente su hoja de aprecio con la valoración que considere adecuada sobre el bien objeto de expropiación.

La hoja de aprecio deberá estar debidamente motivada, con expresión del valor que atribuye al bien y, en su caso, acompañada de los informes, tasaciones o documentos justificativos que estime pertinentes. En caso de no presentarse dicha hoja de aprecio en el plazo señalado, esta Administración procederá conforme a lo establecido en el artículo 30.2 de la Ley de expropiación forzosa, iniciando la tramitación con su propia valoración de oficio.

Se adjunta a la presente resolución como anexo I la parcela y propietaria afectada por la expropiación, así como el respectivo importe total del justiprecio, conforme a la valoración realizada según los datos que se recogen en el proyecto y en el informe complementario de la empresa peritadora contratada por Puertos de Galicia de 6 de septiembre de 2024.

De existir acuerdo para la determinación del justiprecio deberán remitir debidamente firmado, en prueba de conformidad, el modelo remitido en la notificación individual realizada a la titular en su domicilio conocido o remitiendo un modelo debidamente cumplimentado del anexo II, en un plazo máximo de 15 días hábiles a contar desde la notificación efectiva o la publicación de este anuncio, a través de una de las siguientes formas:

– Por correo postal dirigido a la dirección de los servicios centrales de Puertos de Galicia, plaza de Europa, 5-6º, 15707 Santiago de Compostela, A Coruña.

– De forma presencial en registro público dirigido a los servicios centrales de Puertos de Galicia.

– De forma telemática a través de solicitud genérica con código PR004A de la Sede electrónica de la Xunta de Galicia, dirigido a Puertos de Galicia.

En otro caso se continuará con los trámites del expediente ordinario para la fijación del justiprecio, sin perjuicio de que el mutuo acuerdo pueda verificarse en cualquier momento antes de que el Jurado de Expropiación decida sobre el precio.

De acuerdo con el artículo 26 del Reglamento de la Ley de expropiación forzosa de 1957, el acuerdo de adquisición se entenderá como partida alzada por todos los conceptos y el pago del precio libre de toda clase de gastos e impuestos a tenor de lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley de expropiación forzosa de 1954, sin que proceda el pago del premio de afección al que se refiere el artículo 47.

El presente anuncio se notificará individualmente a la interesada identificada y será también objeto de publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 16 de septiembre de 2025

Roberto Corbal González
Subdirector general de Coordinación Presupuestaria y Contratación
de la Secretaría General Técnica de la Consellería del Mar

ANEXO I

Relación de bienes y derechos de necesaria expropiación y cuantía del justiprecio

Identificación parcela

Ref. catastral

Población y municipio

Persona propietaria

Importe total del justiprecio

Sup. catastral terreno y sup. afectada m2

5326895NJ6152N0001RG

Maniños-Barallobre

Fene

Rodríguez Meizoso Adelaida

DNI:

802,62 euros

147,00 m2

ANEXO II

(Cumplimentar cuando sea necesario con los datos del anexo I)

Destinatario

Servicios Centrales Puertos de Galicia

Plaza de Europa, 5A-6º

15705 Santiago de Compostela, A Coruña

Por la presente yo,(nombre y apellidos) ……………………………….………………………… con NIF (número y letra) ……………………………., titular o representante del titular/es de la parcela con referencia catastral ……………………………………………………………….., objeto de la expropiación forzosa para la realización de obras de estabilización de taludes en el puerto de Maniños-Barallobre, acepto de libre y mutuo acuerdo con la Administración expropiante el importe fijado como justiprecio por la cantidad de ………………………….….

Y para que así conste, firmo mi conformidad, en ……………………… a día ……………del mes de ……….……. del año ……………………

(Firme aquí)