Expediente: IN407A 2024/293-1.
Solicitante: UFD Distribución Electricidad, S.A.
Denominación: Reglamentación LMTA VDC707 apoyos AQ01QVD4//32-30 y AQ13O5WA//32-31.
Ayuntamiento: Fene.
1. Características técnicas:
Sustitución de 2 apoyos (AQ1305WA//32-31 y AQ01QVD4//32-32) en la línea eléctrica de media tensión aérea, a 15 kV, con una longitud de 104 m (LA 56 por proyectar) y 154 m (LA-56 por retensar), con el origen en el apoyo existente de hormigón con matrícula APXB3AKQ//32-29 de la línea VDC707 Cabanas 7, conductor tipo LA-56 mm² Al, y final en el apoyo existente de hormigón con matrícula AQ244IE9//32-32 de la misma línea.
2. Legislación de aplicación:
– Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).
– Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público (BOE núm. 236, de 2 de octubre).
– Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico (BOE núm. 310, de 27 de diciembre).
– Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica (BOE núm. 310, de 27 de diciembre).
– Resolución de 19 de febrero de 2014 por la que se aprueba el procedimiento de autorización administrativa de construcción, de acuerdo con lo previsto en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico (DOG núm. 54, de 19 de marzo).
– Ley de 16 de diciembre de 1954, sobre expropiación forzosa (BOE núm. 351, de 17 de diciembre).
– Decreto de 26 de abril de 1957 por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de expropiación forzosa (BOE núm. 160, de 20 de junio).
La relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados que se considera de necesaria expropiación figura en el anexo que acompaña a este acuerdo.
La declaración de utilidad pública, según el artículo 56 de la Ley 24/2013, del sector eléctrico, llevará implícita, en su caso, la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación, a efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.
La documentación estará a disposición de las personas interesadas en las dependencias de la Sección de Energía del Departamento Territorial de la Consellería de Economía e Industria de A Coruña (calle Vicente Ferrer, núm. 2, 2ª planta, 15071 A Coruña), de 9.00 a 14.00 horas, de lunes a viernes, así como en el tablón de anuncios del Ayuntamiento. Además, se podrá consultar en el Portal de transparencia y Gobierno abierto de esta consellería:
https://economia.xunta.gal/transparencia/informacion-publica/en-tramitacion/instalacions-electricas-distribucion-e-transporte
Esto se hace público para conocimiento general y particular de las personas propietarias de las fincas que figuran en la relación anexa a este acuerdo, así como de las personas titulares de derechos reales o intereses económicos sobre los bienes afectados que se hubieran omitido. Podrán examinar la documentación técnica y, en su caso, presentar las alegaciones u observaciones que consideren oportunas en el plazo de treinta (30) días, a contar a partir del día siguiente al de la última publicación de este acuerdo.
A Coruña, 23 de septiembre de 2025
Isidoro Martínez Arca
Director territorial de A Coruña
