BDNS (Identif.): 865409.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones:
https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/865409
Primero. Personas beneficiarias
Podrán ser personas beneficiarias de las ayudas las personas físicas mayores de edad y residentes en la Comunidad Autónoma de Galicia.
Segundo. Objeto
El objeto es la convocatoria de la segunda edición del 2025 del Programa de dinamización e incentivación del consumo en los comercios minoristas de la Comunidad Autónoma de Galicia a través de los bonos Activa comercio.
Tercero. Bases reguladoras
Las bases reguladoras son las aprobadas por la Orden de 30 de abril de 2025 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión en el año 2025 de las ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, del programa de dinamización e incentivación del consumo en los comercios minoristas de la Comunidad Autónoma de Galicia a través de los bonos Activa comercio, y se procede a la apertura del plazo para la adhesión de los comercios (código de procedimiento CO301B) (DOG núm. 94, de 19 de mayo).
Cuarto. Importe
1. Para la concesión de estas ayudas se destinarán 2.500.000,00 € con cargo a la aplicación presupuestaria 14.06.751A.480.1 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2025.
2. El presupuesto se podrá incrementar en función de la evolución del programa bonos Activa comercio al objeto de aumentar el número de personas beneficiarias y de acuerdo con la disponibilidad de crédito cuando el aumento venga derivado de una generación, ampliación o incorporación de crédito o de la existencia de remanentes de otras convocatorias financiadas con cargo al mismo crédito o a créditos incluidos en el mismo programa o en programas del mismo servicio.
El incremento del crédito quedará condicionado a la declaración de disponibilidad del crédito como consecuencia de las circunstancias antes señaladas y, en su caso, previa aprobación de la modificación presupuestaria que proceda.
En estos casos se publicará la ampliación de crédito por los mismos medios que esta convocatoria, sin que tal publicidad implique la apertura del plazo para presentar nuevas solicitudes ni el inicio de un nuevo cómputo de plazo para resolver.
Quinto. Fecha de descarga de los bonos
Los bonos estarán disponibles en la web www.bonosactivacomercio.gal para su descarga por las personas usuarias desde el 5 de noviembre de 2025, a las 9.00 horas, hasta que el importe total de los descuentos efectivamente realizados en compraventas alcance los 2.500.000,00 €.
Mediante orden de la Consellería de Empleo, Comercio y Emigración se podrá modifica dicha fecha si razones organizativas o de otra índole así lo aconsejan, de lo que se dará la oportuna publicidad.
Santiago de Compostela, 9 de octubre de 2025
José González Vázquez
Conselleiro de Empleo, Comercio y Emigración
