DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 2 Lunes, 5 de enero de 2026 Pág. 437

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Puertos de Galicia

CÉDULA de 15 de diciembre de 2025 por la que se notifica el acuerdo de inicio del procedimiento administrativo sancionador del expediente 12-48-25-282 y dos más.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 44 y 46 de la Ley 39/2015, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (en adelante, LPAC), se notifica a los denunciados cuyos datos personales se mencionan en los anexos, mediante la publicación en el Boletín Oficial del Estado, el acuerdo de inicio del procedimiento administrativo sancionador por presunta infracción de la Ley 6/2017, de 12 de diciembre, de puertos de Galicia, en relación con el Reglamento de servicio y policía de los puertos, aprobado por la Orden ministerial de 12 de junio de 1976, por no ser posible la notificación en el domicilio.

Asimismo, este anuncio se publicará en el Diario Oficial de Galicia, si bien la eficacia del acto notificado quedará supeditada a su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

El órgano competente para la resolución del expediente es el director del ente público, de acuerdo con la tipificación y cuantía de la sanción, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 144.1.a) de la Ley 6/2017, de puertos de Galicia.

La instrucción del expediente recae en el jefe de la División Jurídica de Puertos de Galicia, con domicilio a estos efectos en la plaza de Europa, 5-A 6º; polígono de As Fontiñas, 15707 Santiago de Compostela, siendo su régimen de abstención y recusación el consignado en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.

De acuerdo con el artículo 64.2.f) de la LPAC, disponen de un plazo de quince (15) días, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente acuerdo, para formular alegaciones y, en su caso, proponer prueba ante el instructor, concretando los medios de los que pretendan valerse y citando el número de expediente.

Asimismo, y con anterioridad al trámite de audiencia, se podrán formular alegaciones y aportar los documentos que se estimen convenientes.

De no efectuarse alegaciones en el plazo antes mencionado, estos acuerdos, por aplicación de lo establecido en el artículo 62.2.f) de la LPAC, serán considerados propuestas de resolución.

De reconocer voluntariamente su responsabilidad, se resolverán los procedimientos con la imposición de la sanción que proceda.

Podrá procederse al pago voluntario de la multa con una reducción del 30 por ciento sobre el importe de la sanción propuesta, mediante ingreso en cualquier oficina de las entidades de depósito colaboradoras (Banco Sabadell, BBVA y Abanca), utilizando el modelo de impreso que se facilitará en los servicios centrales de Puertos de Galicia y presentándolo en cualquier entidad bancaria; el pago reducido comporta la renuncia a formular alegaciones, la terminación del procedimiento sin necesidad de dictar resolución y la imposibilidad de interposición de recurso en vía administrativa.

Por otra parte, disponen de un plazo máximo de diez (10) días, a contar desde la publicación del presente acuerdo, para identificar, en el caso de que no hubiesen sido ustedes, a los/las conductores/as del vehículo en la fecha y hora de la denuncia, indicando su nombre, apellidos y documento nacional de identidad, así como el domicilio a efectos de notificaciones. Ustedes responderán personalmente cuando no sea posible dicha notificación por alguna causa que les sea imputable e igualmente cuando se oculte información o la facilitada sea falsa o deliberadamente incorrecta.

Santiago de Compostela, 15 de diciembre de 2025

Juan Sanmartín Ferreiro
Director general de Puertos de Galicia

ANEXO

Expediente

Matrícula

Denunciante

DNI denunciado

Hecho denunciado

Fecha-hora-puerto

Precepto infringido

Precepto sancionador

Sanción propuesta

Sanc. 12 48-25-282

9378-GPK

Pafif

52933143T

Estacionamiento prohibido

15.11.2025

13.08 horas

Ribeira

(A Coruña)

Artículo 131.t) de la Ley 6/2017, de puertos de Galicia (LPG)

Artículo 137 de la LPG

90 €

Sanc. 13-20-25-85

3782-GGB

Guardamuelles

36072976Y

Estacionamiento prohibido

3.9.2025

12.21 horas

Cangas

(Pontevedra)

Artículo 131.t) de la Ley 6/2017, de puertos de Galicia (LPG)

Artículo 137 de la LPG

90 €

Sanc. 13-21-25-33

0485-LRL

Guardamuelles

77400604S

Estacionamiento prohibido

23.9.2025

16.00 horas

Moaña

(Pontevedra)

Artículo 131.t) de la Ley 6/2017, de puertos de Galicia (LPG)

Artículo 137 de la LPG

90 €