DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 10 Viernes, 16 de enero de 2026 Pág. 3694

III. Otras disposiciones

Instituto Gallego de Promoción Económica

EXTRACTO de la Resolución de 30 de diciembre de 2025 por la que se da publicidad del acuerdo del Consejo de Dirección que aprueba las bases reguladoras del marco de apoyo al acceso al crédito de las pequeñas y medianas empresas, instrumentadas mediante convenio con las sociedades de garantía recíproca y las entidades de crédito adheridas (financiación Igape-pymes) para los años 2026, 2027 y 2028, y se procede a su convocatoria en régimen de concurrencia no competitiva (código de procedimiento IG535A).

BDNS (Identif.): 880455.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones:

https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/880455

https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/880548 (minimis pesca)

https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/880579 (minimis agrícola)

Los códigos asignados por la BDNS corresponden a un mismo texto de convocatoria.

Primero. Personas beneficiarias

Serán beneficiarias las pequeñas y medianas empresas, según la definición establecida por la Comisión Europea en el anexo I del Reglamento (UE) 651/2014 (DOUE L 187, de 26 de junio) de la Comisión, de 17 de junio, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado UE, físicas o jurídicas, que cumplan los requisitos siguientes:

a) Realicen una iniciativa empresarial en un centro de trabajo objeto de la actuación a financiar y emplazado en la Comunidad Autónoma de Galicia.

b) Cumplan los requisitos y condiciones establecidos para la correspondiente línea de financiación, que se detallan en el anexo I de las bases reguladoras.

También podrán tener la condición de personas beneficiarias las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, las comunidades de bienes, las sociedades civiles o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, cumplan los requisitos del anterior punto 1.

Segundo. Objeto

Las ayudas se conceden en régimen de concurrencia no competitiva y su objetivo es regular las condiciones y el procedimiento de tramitación del marco de apoyo al acceso al crédito de las pequeñas y medianas empresas, instrumentadas mediante convenio entre el Instituto Gallego de Promoción Económica (Igape), las sociedades de garantía recíproca (SGR) y las entidades de crédito adheridas, que se desglosa en las líneas de financiación específicas detalladas en el anexo I de las bases reguladoras.

Tercero. Bases reguladoras

Resolución de 30 de diciembre de 2025 por la que se da publicidad del acuerdo del Consejo de Dirección que aprueba las bases reguladoras del marco de apoyo al acceso al crédito de las pequeñas y medianas empresas, instrumentadas mediante convenio con las sociedades de garantía recíproca y las entidades de crédito adheridas (financiación Igape-pymes) para los años 2026, 2027 y 2028, y se porcede a su convocatoria en régimen de concurrencia no competitiva (código de procedimiento IG535A).

Cuarto. Importe

Los créditos disponibles para la concesión en esta convocatoria se abonarán con cargo a las siguientes aplicaciones presupuestarias por un importe de 19.000.000 €, con la siguiente distribución plurianual, previa existencia de crédito adecuado y suficiente:

Partida presupuestaria 09.A1.741A.8900: 3.750.000 € en el año 2026.

Partida presupuestaria 09.A1.741A.7700: 300.000 € en el año 2026, 9.450.000 € en el año 2027 y 5.500.000 € en el año 2028.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de las solicitudes de la ayuda comenzará a computar el sexto día hábil posterior al de la publicación de la resolución de convocatoria en el Diario Oficial de Galicia a las 9.00 horas y finalizará el 30 de septiembre de 2026 a las 14.00 horas, excepto que antes de esa fecha se produzca el agotamiento del crédito.

Santiago de Compostela, 30 de diciembre de 2025

Ainhoa Mallo Martínez
Gerenta del Instituto Gallego de Promoción Económica