DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 11 Lunes, 19 de enero de 2026 Pág. 4631

III. Otras disposiciones

Consellería de Política Social e Igualdad

EXTRACTO de la Orden de 18 de diciembre de 2025 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas al fomento de la contratación de mujeres que sufren violencia de género en el ámbito de colaboración con las entidades locales gallegas, en el marco del Pacto del Estado contra la violencia de género, y se convocan para el año 2026 (código de procedimiento SI461A).

BDNS (Identif.): 881351.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones:

https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/881351

Primero. Entidades beneficiarias

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones previstas en esta orden los ayuntamientos gallegos, mediante solicitud individual o mediante solicitud conjunta de agrupación o asociación de ayuntamientos, mancomunidades de ayuntamientos de Galicia y consorcios locales de Galicia, constituidos exclusivamente por ayuntamientos, así como las entidades resultantes de una fusión municipal.

Segundo. Objeto

Esta orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras y convocar, para el año 2026, las subvenciones destinadas a financiar la contratación por parte de las entidades locales gallegas de mujeres que sufren violencia de género, para la realización de obras o servicios de interés general o social, hasta un máximo de 12 mensualidades, para mejorar y facilitar su inserción laboral.

Tercero. Bases reguladoras

Orden de 18 de diciembre de 2025 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas al fomento de la contratación de mujeres que sufren violencia de género en el ámbito de colaboración con las entidades locales gallegas, en el marco del Pacto del Estado contra la violencia de género, y se convocan para el año 2026 (código de procedimiento SI461A).

Cuarto. Importe

1. A las subvenciones objeto de esta convocatoria se destina un crédito por un importe total de dos millones quinientos mil euros (2.500.000,00 €), que se imputarán a la aplicación presupuestaria 08.06.313D.460.1 (código de proyecto 2018 00112).

Dicha partida presupuestaria se financia con fondos finalistas del Estado, que los presupuestos generales del Estado destinan al desarrollo o ampliación de las medidas recogidas en el Pacto de Estado contra la violencia de género.

2. El importe máximo inicial del crédito destinado a las subvenciones objeto de esta convocatoria podrá ser ampliado en función de las solicitudes y de las disponibilidades presupuestarias, en los supuestos y en las condiciones previstas en los artículos 31.2 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y en el artículo 30.2 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia. El incremento del importe queda condicionado a la declaración de disponibilidad del crédito y, en su caso, tras la aprobación de la modificación presupuestaria que proceda.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de un (1) mes, dicho plazo comenzará a computar transcurridos 5 días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación de la orden en el Diario Oficial de Galicia. En caso de que el día de inicio del plazo sea inhábil, es necesario indicar que el plazo comenzará el día hábil siguiente, con una hora de inicio no antes de las 9.00 y la hora de fin de plazo será hasta las 20.00 horas.

Santiago de Compostela, 18 de diciembre de 2025

Fabiola García Martínez
Conselleira de Política Social e Igualdad