BDNS (Identif.): 882127.
De conformidad con el previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones:
https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/882127
Primero. Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones, sin perjuicio de reunir los demás requisitos establecidos en estas bases, las personas físicas, jurídicas o pluralidad de personas físicas que sean pyme del sector de transformación de los productos pesqueros y de la acuicultura o ser una entidad asociativa del sector transformador de los productos pesqueros y acuícolas.
Segundo. Finalidad
Esta orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas para inversiones en pyme de transformación de los productos procedentes de la pesca y de la acuicultura, que tendrán como finalidad realizar inversiones que:
1. Fomenten la calidad y valor añadido de los productos.
2. Aumenten la eficiencia energética, reduzcan el impacto en el medio ambiente o mejoren la movilidad sostenible de la distribución de productos de la pesca.
3. Mejoren la seguridad, la higiene, la salud y las condiciones de trabajo.
4. Favorezcan la economía circular mediante: la prevención; la optimización de procesos; la minimización de los residuos (ecodiseño y ecoeficiencia); el aprovechamiento comercial de las capturas no deseadas y subproductos; el uso de descartes para el desarrollo de subproductos; la transformación de capturas de pescado comercial que no se puedan destinar al consumo humano; y la transformación de subproductos obtenidos de las actividades principales de transformación.
5. Fomenten la transformación de productos de la acuicultura ecológica en virtud de los artículos 7 y 8 del Reglamento (CE) nº 2018/848.
6. Fomenten la adaptación de los operadores a los requisitos de cumplimiento y certificación de acuerdo al Reglamento (UE) nº 1151/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, o del Reglamento (UE) nº 2018/848 en lo relativo a productos de acuicultura ecológica.
7. Den lugar a nuevos y mejores productos y procesos, o a sistemas de gestión y organización perfeccionados en materia de transformación de los productos.
Tercero. Bases reguladoras
Orden de 23 de diciembre de 2025 por la que se establecen las bases y se regula el procedimiento, tramitado como expediente anticipado de gasto, para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas para inversiones en pymes de transformación de los productos pesqueros y de acuicultura, cofinanciadas con el Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura (FEMPA), y se convocan para el año 2026.
Cuarto. Importe
Las ayudas se concederán con cargo a la aplicación presupuestaria 16.02.723B.770.6 correspondientes a la Consellería del Mar para 2026. Los importes máximos de las subvenciones que se concedan en dicho ejercicio presupuestario ascenderán a 14.000.000,00 €, distribuidos en las siguientes anualidades:
Anualidad 2026: 5.000.000,00 de euros.
Anualidad 2027: 9.000.000,00 de euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
Un mes contado desde el día siguiente al de la publicación de la orden.
Se entenderá como último día del plazo para la presentación de solicitudes el correspondiente al mismo ordinal del día de su publicación. Si el último día del plazo fuera inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente, y si en el mes de vencimiento no hubiese día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo finaliza el último día del mes.
Santiago de Compostela, 23 de diciembre de 2025
Marta Barreiro Castro
Secretaria general técnica de la Consellería del Mar
