Expediente: IN407A 2024/300-1.
Solicitante/promotora: UFD Distribución Electricidad, S.A.
Denominación: Instalación de telecontrol en la LMT BOI807 en 9RW26BR9//42-A5.
Ayuntamiento: Rianxo.
1. Características técnicas:
Instalación de un reconectador telecontrolado en el apoyo con matrícula 9RW26BR9//42-A5 de la LMTA BOI807.
Como consecuencia de esta actuación se hace necesaria la sustitución del apoyo de hormigón existente 9RW26BR9//42-A5 por un nuevo apoyo tipo celosía C-2000-18 usando una cruceta H35 en amarre, y el retensando de los vanos entre los apoyos 42-A4 y 42-A6, LA-110.
2. Legislación de aplicación:
– Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).
– Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público (BOE núm. 236, de 2 de octubre).
– Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico (BOE núm. 310, de 27 de diciembre).
– Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica (BOE núm. 310, de 27 de diciembre).
– Resolución de 19 de febrero de 2014 por la que se aprueba el procedimiento de autorización administrativa de construcción, de acuerdo con lo previsto en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico (DOG núm. 54, de 19 de marzo).
– Ley de 16 de diciembre de 1954, sobre expropiación forzosa (BOE núm. 351, de 17 de diciembre).
– Decreto de 26 de abril de 1957 por el que se aprueba el reglamento de la Ley de expropiación forzosa (BOE núm. 160, de 20 de junio).
La relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados que se considera de necesaria expropiación figura en el anexo que acompaña a este acuerdo.
La declaración de utilidad pública, según el artículo 56 de la Ley 24/2013, del sector eléctrico, llevará implícita, en todo caso, la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación, a efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.
La documentación estará a disposición de las personas interesadas en las dependencias de la Sección de Energía del Departamento Territorial de la Consellería de Economía e Industria de A Coruña (calle Vicente Ferrer, nº 2, 2ª planta, 15071 A Coruña), de 9.00 a 14.00 horas, de lunes a viernes, así como en el tablón de anuncios del Ayuntamiento. Además, se podrá consultar en el Portal de transparencia y Gobierno abierto de esta consellería:
https://economia.xunta.gal/transparencia/informacion-publica/en-tramitacion/instalacions-electricas-distribucion-e-transporte
Esto se hace público para conocimiento general y particular de las personas propietarias de las fincas que figuran en la relación anexa a este acuerdo, así como de las personas titulares de derechos reales o intereses económicos sobre los bienes afectados que se hubiesen omitido. Podrán examinar la documentación técnica y, en su caso, presentar las alegaciones u observaciones que estimen oportunas, en el plazo de 30 días contado a partir del día siguiente al de la última publicación de este acuerdo.
A Coruña, 21 de enero de 2026
Isidoro Martínez Arca
Director territorial de A Coruña
ANEXO
Relación de bienes y derechos afectados
Ayuntamiento de Rianxo.
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Núm. de parcela |
Paraje y referencia catastral |
Cultivo |
Propietario/a |
Afección de suelo en pleno dominio |
Afección de suelo por servidumbre de paso de energía eléctrica |
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Apoio núm. |
m2 |
ml aér. |
ml subt. |
m2 aér. |
m2 subt. |
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1 |
Cova. Rianxo 15073A071003640000FE |
Rústico/agrario |
Comunidad de Montes Eulalia de Araño |
Proyectado núm. 1 (9RW26BR9//4 2-A5 |
2.0 |
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Abreviaturas:
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ml aér.: longitud de la servidumbre aérea en metros lineales. |
ml subt.: longitud de la servidumbre subterránea en metros lineales. |
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m2 aér.: superficie de servidumbre aérea en m2. |
m2 subt.: superficie de servidumbre subterránea. |
