Expediente: IN407A 2026/064-1.
Solicitante/promotora: UFD Distribución Electricidad, S.A.
Denominación: Nuevo CT, LMTS, RBT en el lugar a Arnela.
Término municipal: Porto do Son.
1. Características técnicas:
• Centro de transformación compacto maniobra exterior 2L1P, con una potencia de 250 kVA, y una relación de transformación 20.000/400 V.
• Línea eléctrica de media tensión subterránea (actuación nº 1), a 20 kV, conductor RHZ1-2OL 12/20 kV 1×240 mm² Al, con origen en PAS proyectado en el apoyo existente nº 9 H0RUF4J de la LMT PDS804 (expte. 19432) y final en el CT proyectado, con una longitud de 0,070 km.
• Línea eléctrica de media tensión subterránea (actuación nº 2), a 20 kV, conductor RHZ1-2OL 12/20 kV 1×240 mm² Al, con origen en el CT proyectado y final en el PAS proyectado en el apoyo existente nº 9 H0RUF4J de la LMT PDS804 (expte. 19432), con una longitud de 0,070 km.
2. Legislación de aplicación:
• Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).
• Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público (BOE núm. 236, de 2 de octubre).
• Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico (BOE núm. 310, de 27 de diciembre)
• Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica (BOE núm. 310, de 27 de diciembre).
• Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, de 26 de febrero).
• Resolución de 19 de febrero de 2014 por la que se aprueba el procedimiento de autorización administrativa de construcción, de acuerdo con lo previsto en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico (DOG núm. 54, de 19 de marzo de 2014).
• Ley de 16 de diciembre de 1954, sobre expropiación forzosa (BOE núm. 351, de 17 de diciembre).
• Decreto de 26 de abril de 1957 por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de expropiación forzosa (BOE núm. 160, de 20 de junio).
La relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados que se considera de necesaria expropiación figura en el anexo que acompaña a este acuerdo.
La declaración de utilidad pública, según el artículo 56 de la Ley 24/2013, del sector eléctrico, llevará implícita, en todo caso, la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación, a efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.
La documentación estará a disposición de las personas interesadas en las dependencias de la Sección de Energía del Departamento Territorial de la Consellería de Economía e Industria de A Coruña (calle Vicente Ferrer, núm. 2, 2ª planta, 15071 A Coruña), de 9.00 a 14.00 horas, de lunes a viernes, así como en el tablón de anuncios del ayuntamiento. Además, se podrá consultar en el Portal de transparencia y Gobierno abierto de esta consellería:
https://economia.xunta.gal/transparencia/informacion-publica/en-tramitacion/instalacions-electricas-distribucion-e-transporte
Esto se hace público para conocimiento general y particular de las personas propietarias de las fincas que figuran en la relación anexa a este acuerdo, así como de las personas titulares de derechos reales o intereses económicos sobre los bienes afectados que se hayan omitido. Podrán examinar la documentación técnica y, en su caso, presentar las alegaciones u observaciones que estimen oportunas en el plazo de treinta (30) días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación de este acuerdo.
A Coruña, 12 de marzo de 2026
Isidoro Martínez Arca
Director territorial de A Coruña
