DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 65 Jueves, 9 de abril de 2026 Pág. 21791

III. Otras disposiciones

Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes

ORDEN de 6 de abril de 2026 por la que se establece la cantidad que es necesario transferir al Consejo Gallego de Procuradores para atender los gastos de funcionamiento e infraestructura de los servicios de representación gratuita del año 2026, sobre el importe certificado el año 2025.

La Ley 1/1996, de 10 de enero, que regula el derecho a la asistencia jurídica gratuita, establece en su artículo 38 que las administraciones públicas competentes en materia de Administración de justicia subvencionarán a los colegios de abogados y procuradores para la implantación y funcionamiento de los servicios de asistencia jurídica gratuita.

Por otro lado, mediante el Real decreto 2166/1994, de 4 de noviembre, se transfirieron a la Comunidad Autónoma de Galicia las funciones en materia de provisión de medios materiales y económicos para el funcionamiento de la Administración de justicia, incluyéndose en la letra B), apartado 1.c) de su anexo, las relativas a la indemnización de las actuaciones correspondientes a la defensa y representación en turno de oficio ante los órganos judiciales con sede en Galicia y las referentes a la asistencia letrada al detenido o preso cuando el lugar de custodia esté situado en territorio de la comunidad autónoma. Estas funciones transferidas fueron asumidas por el Decreto 394/1994, de 29 de diciembre, y asignadas a la Consellería de Justicia, Interior y Administración Local, estando actualmente atribuidas a la Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes.

En uso de sus competencias, la Xunta de Galicia dictó el Decreto 269/2008, de 6 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de asistencia jurídica gratuita de la Comunidad Autónoma de Galicia (modificado por el Decreto 138/2012, de 21 de junio, y por el Decreto 134/2017, de 7 de diciembre), que establece en su artículo 45 que la consellería competente en materia de justicia determinará anualmente las cantidades que deberán percibir los colegios de profesionales para atender a los gastos derivados del funcionamiento e infraestructura colegial que requieren los servicios de asistencia jurídica gratuita, lo que corresponde, por tanto, a la Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes según el Decreto 136/2024, de 20 de mayo, por el que se establece su estructura orgánica.

En virtud de lo expuesto,

DISPONGO:

Artículo único

La cantidad destinada para atender los gastos derivados del funcionamiento operativo de los servicios colegiales de asistencia jurídica gratuita se fija en un 8 % del importe total certificado durante el año 2025 por los colegios de procuradores de la Comunidad Autónoma de Galicia, en concepto de asistencia letrada y defensa gratuitas, lo que supone un total de noventa y dos mil ochocientos setenta y dos euros y ochenta y cuatro céntimos (92.872,84 €).

Disposición final primera

Se autoriza al director general de Justicia a dictar las disposiciones necesarias para el cumplimiento de esta orden.

Disposición final segunda

La presente orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 6 de abril de 2026

Diego Calvo Pouso
Conselleiro de Presidencia, Justicia y Deportes