Expediente: IN407A 2026/032-1.
Solicitante/promotor: UFD Distribución Electricidad, S.A.
Denominación: instalación de telecontrol en la LMT CES-706 en el apoyo proyectado ASURF95W//60 (Vilasantar).
Término municipal: Vilasantar.
1. Características técnicas:
• Instalación de un reconectador telecontrolado en el apoyo con matrícula ASURF95W//60 de la CES-706 (expte. 26894) de 15 kV en sustitución del actual XS con matrícula 15HXJ2.
• Sustitución del apoyo actual por C-2000/14 en amarre con cruceta H-35. Retensado del vano adyacente al apoyo sustituido en LA-80.
• Sustitución del vano existente entre los apoyos ATVBPY7M//59 y ASURF95W//60 por nuevo conductor en LA-110, con una longitud de 166 m.
2. Legislación de aplicación:
• Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).
• Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público (BOE núm. 236, de 2 de octubre).
• Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico (BOE núm. 310, de 27 de diciembre).
• Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica (BOE núm. 310, de 27 de diciembre).
• Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, del 26 de febrero).
• Resolución de 19 de febrero de 2014 por la que se aprueba el procedimiento de autorización administrativa de construcción, de acuerdo con lo previsto en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico (DOG núm. 54, de 19 de marzo).
• Ley de 16 de diciembre de 1954, sobre expropiación forzosa (BOE núm. 351, de 17 de diciembre).
• Decreto de 26 de abril de 1957 por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de expropiación forzosa (BOE núm. 160, de 20 de junio).
La relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados que se considera de necesaria expropiación figura en el anexo que acompaña a este acuerdo.
La declaración de utilidad pública, según el artículo 56 de la Ley 24/2013, del sector eléctrico, llevará implícita, en todo caso, la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación, a efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.
La documentación estará a disposición de las personas interesadas en las dependencias de la Sección de Energía del Departamento Territorial de la Consellería de Economía e Industria de A Coruña (calle Vicente Ferrer, núm. 2, 2ª planta, 15071 A Coruña), de 9.00 a 14.00 horas, de lunes a viernes, así como en el tablón de anuncios del ayuntamiento. Además, se podrá consultar en el Portal de transparencia y gobierno abierto de esta consellería:
https://economia.xunta.gal/transparencia/informacion-publica/en-tramitacion/instalacions-electricas-distribucion-e-transporte
Esto se hace público para conocimiento general y particular de las personas propietarias de las fincas que figuran en la relación anexa a este acuerdo, así como de las personas titulares de derechos reales o intereses económicos sobre los bienes afectados que se hayan omitido. Podrán examinar la documentación técnica y, en su caso, presentar las alegaciones u observaciones que estimen oportunas en el plazo de treinta (30) días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación de este acuerdo.
A Coruña, 28 de abril de 2026
Isidoro Martínez Arca
Director territorial de A Coruña
ANEXO
Relación de bienes y derechos afectados. Término municipal de Vilasantar
|
Núm. de parcela |
Paraje Referencia catastral |
Cultivo |
Titular |
Afección de suelo en pleno dominio |
Ocupación temporal |
|
|
Apoyo núm. |
m2 |
m2 |
||||
|
1 |
Miñota 15091A007003800000HM |
Matorral |
Ángeles Paz |
ASURF95W//60 |
2.0 |
406 |
