DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 95 Lunes, 25 de mayo de 2026 Pág. 30013

III. Otras disposiciones

Consellería de Educación, Ciencia, Universidades y Formación Profesional

ORDEN de 12 de mayo de 2026 por la que se autoriza la baja en el Registro de Escuelas de Música y Danza de la Comunidad Autónoma de Galicia de la Escuela de Música Municipal de Fornelos de Montes (Pontevedra).

Mediante la Orden de 3 de febrero de 2005, publicada en el DOG de 1 de marzo, se autoriza la inclusión de la Escuela de Música Municipal de Fornelos de Montes en el Registro de Escuelas de Música y Danza, de conformidad con la Orden de 11 de marzo de 1993 que regula las condiciones de creación y funcionamiento de las escuelas de música y danza en la Comunidad Autónoma de Galicia.

La Dirección General de Centros y Recursos Humanos inicia el expediente de baja en el Registro de la Escuela de Música Municipal de Fornelos de Montes, por no estar en funcionamiento desde el curso 2019/20.

De conformidad con el Decreto 138/2024, de 20 de mayo, que establece la estructura orgánica de la Consellería de Educación, Ciencia, Universidades y Formación Profesional, le corresponden las competencias y funciones en materia de planificación, regulación y administración de la enseñanza reglada en toda a su extensión.

Por cuanto antecede, a propuesta de la Dirección General de Centros y Recursos Humanos,

DISPONGO:

Artículo único. Baja en el Registro

Autorizar la baja en el Registro de Escuelas de Música y Danza de la Comunidad Autónoma de Galicia de la Escuela de Música Municipal de Fornelos de Montes, código del centro 36024562.

Disposición final primera. Recursos

Contra esta orden, que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán formular recurso potestativo de reposición, ante esta consellería, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, según lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien directamente el recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde la misma fecha, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Disposición final segunda. Entrada en vigor

Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 12 de mayo de 2026

Román Rodríguez González
Conselleiro de Educación, Ciencia,
Universidades y Formación Profesional