Expediente: IN407A 2025/234-1.
Promotora: UFD Distribución Electricidad, S.A.
Denominación del proyecto: LMT, CT, y RBT Quintadoniga-Curtis.
Ayuntamiento: Curtis.
Hechos:
1. El día 6.11.2025, la empresa promotora solicitó la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción del proyecto de ejecución de la instalación de distribución eléctrica indicada, al objeto de mejorar la calidad del suministro eléctrico en los lugares de Quintadoniga, O Pereiral, Penedo Rendal y Fradegas.
Conforme establece el artículo 123 del Real decreto 1955/2000, presentan el proyecto que incluye memoria, planos y presupuesto, conforme establece el artículo 123 del Real decreto 1955/2000, que comprende los siguientes documentos:
– Proyecto de ejecución denominado LMT, CT, y RBT Quintadoniga-Curtis, firmado por Javier Fernández Pazos, ingeniero técnico industrial eléctrico, nº de colegiado 502 de Ourense, el 29.10.2025.
– Anexo I, firmado por Javier Fernández Pazos, ingeniero técnico industrial eléctrico, nº de colegiado 502 de Ourense, el 10.3.2026.
2. El proyecto no se sometió al trámite de información pública, de acuerdo con el artículo 50 de la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, de 26 de febrero)
3. Conforme al artículo 127 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se solicitó el informe preceptivo a las distintas entidades afectadas: Consellería del Medio Rural, Bioetanol Galicia, S.A., Patrimonio Cultural, Ayuntamiento de Curtis y Nedgia, S.A. La empresa promotora manifestó su conformidad con los informes emitidos en el plazo otorgado a tal efecto.
4. El día 20.5.2026 se emitió el informe técnico.
Consideraciones legales y técnicas:
Primera. El director territorial es competente para resolver este expediente, al amparo de lo dispuesto en el Decreto 9/2017, de 12 de enero, por el que se establecen los órganos competentes para la resolución de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG nº 22, de 1 de febrero), y en el Decreto 140/2024, de 20 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Economía e Industria (DOG nº 101, de 27 de mayo).
Segunda. Legislación de aplicación
• Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.
• Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.
• Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09.
• Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23.
• Real decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión.
• Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, de 26 de febrero).
Tercera. Características técnicas
Las instalaciones objeto de este expediente están situadas nos lugares de Quintadoniga, O Pereiral, Penedo Rendal y Fradegas, en el ayuntamiento de Curtis, y sus características técnicas son las siguientes:
• Entroque con la red existente que se realizará en la instalación LMT SDG708 (expte. IN407A 2016/2038-1) en las cercanías del apoyo con matrícula AXILL3SC//7, que se substituirá por un apoyo tipo C-2000-14 instalándose un reconectador y un paso aéreo-subterráneo para enlazar con la LMTS.
• Línea eléctrica de media tensión subterránea, a 15 kV, con una longitud de 970 m, con el origen en el apoyo proyectado en la LMTA SDG708, conductor tipo RHZ1-2OL 12/20 kV 1×150 mm2 Al, y final en el centro de transformación proyectado.
• Centro de transformación prefabricado, tipo rural, de 160 kVA, con relación de transformación 15000/400 V.
Cuarta. En el expediente consta un informe favorable de los servicios técnicos de este departamento territorial.
De acuerdo con todo lo expuesto,
RESUELVO:
A) Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción a la instalación de distribución eléctrica indicada.
B) La instalación se ejecutará en el plazo de dos años, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.
C) Para la puesta en funcionamiento de la instalación autorizada, deberá presentar ante este departamento territorial una solicitud a la cual acompañará la siguiente documentación:
• Las declaraciones de conformidad relativas al material o equipo, y las certificaciones u homologaciones, si procede.
• Un certificado del/de la director/a del montaje en el que se garantizará el cumplimiento de las especificaciones del proyecto y de las prescripciones complementarias, si las hubiere, así como de las reglamentaciones y normas idóneas para el montaje de la instalación y puesta a punto.
• Planimetría as built de la instalación eléctrica en formato shape.
D) Esta aprobación se otorga sin perjuicio de otras que sean de aplicación según la legislación vigente, en especial en lo relativo la ordenación del territorio y al medio ambiente.
El incumplimiento de las condiciones y requisitos establecidos en esta resolución o la variación sustancial de los presupuestos que determinaron su otorgamiento podrán dar lugar a su revocación, previa audiencia al interesado, según lo establecido en el artículo 53.10 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.
Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la conselleira de Economía e Industria, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación, según lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), sin perjuicio de que las personas interesadas puedan interponer cualquier otro recurso que consideren pertinente.
Mediante este documento se notifica a los interesados esta resolución, según lo exigido en el artículo 40.1 de la mencionada Ley 39/2015.
A Coruña, 22 de mayo de 2026
Isidoro Martínez Arca
Director territorial de A Coruña
