DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 138 Viernes, 24 de julio de 2026 Pág. 41232

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Política Social e Igualdad

ANUNCIO de 6 de julio de 2026, de la Dirección General de Familia, Infancia y Dinamización Demográfica, por el que se notifica el acto administrativo relativo al expediente BS403B 2026-00004418.

En virtud de lo dispuesto en los artículos 44 y 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, después de intentar en tiempo y forma la práctica de la notificación del acto que se relaciona en el anexo sin que fuera posible por causas no imputables a la Administración, y toda vez que la publicación de su contenido íntegro puede lesionar derechos e intereses legítimos, se notifica a través de este anuncio el requerimiento de subsanación y mejora de la solicitud que inicia el procedimiento, al amparo de la Orden de 21 de enero de 2026 por la que se establecen las bases por las que se regirá la concesión de la ayuda económica, a través de la Tarjeta Benvida, en los supuestos de gestación, nacimiento, adopción, guarda con fines adoptivos o acogimiento familiar permanente en el año 2026, y se procede a su convocatoria (código de procedimiento BS403B), publicada en el Diario Oficial de Galicia núm. 24, de 5 de febrero de 2026.

A través de este anuncio se emplaza a la persona interesada que figura en dicho anexo, por sí misma o a través de la persona que la represente legalmente, para que comparezca en el plazo máximo de diez (10) días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado, en el Servicio de Conciliación Familiar de la Dirección General de Familia, Infancia y Dinamización Demográfica (Edificio Administrativo San Caetano, 8º B, 15781 Santiago de Compostela), de 9.00 a 14.00 horas, de lunes a viernes, donde tiene a su disposición el expediente para conocer el contenido íntegro del acto que se notifica y efectuar la subsanación y mejora de la solicitud, de conformidad con lo establecido en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Si la persona interesada no comparece en dicho plazo, la notificación se entenderá producida el día del vencimiento del plazo señalado para comparecer.

Asimismo, este anuncio será publicado en el Diario Oficial de Galicia, aunque la notificación quedará supeditada a su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Se le advierte que, de no hacer la subsanación en el plazo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente al de la notificación del requerimiento, practicada por comparecencia, se considerará que desiste de la solicitud, previa resolución que se dictará en los términos previstos en los artículos 21 y 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Santiago de Compostela, 6 de julio de 2026

Jacobo Rey Sastre
Director general de Familia, Infancia y Dinamización Demográfica

ANEXO

Núm. de expediente

Persona interesada

DNI/NIE/pasaporte

Acto que se notifica y fecha

BS403B-2026-00004418

123890191

Requerimiento de subsanación
de la solicitud de 12.5.2026