Mediante la Resolución de esta dirección general, de 11 de mayo de 2023 (Diario Oficial de Galicia núm. 98, de 25 de mayo), se realizó la convocatoria del proceso selectivo, por el sistema de concurso, para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de médico/a de urgencias hospitalarias. Este proceso selectivo fue convocado en ejecución de la Ley 2/2022, de 6 de octubre, de medidas extraordinarias dirigidas a impulsar la provisión de puestos de difícil cobertura de determinado personal estatutario con título de especialista en ciencias de la salud del Servicio Gallego de Salud.
Asimismo, en las resoluciones de esta dirección general, de 26 de diciembre de 2025 (Diario Oficial de Galicia núm. 4, de 8 de enero de 2026), de 20 de marzo de 2026 (Diario Oficial de Galicia núm. 63, de 7 de abril), y de 25 de mayo de 2026 (Diario Oficial de Galicia núm. 105, de 8 de junio), se publicaron los nombramientos como personal estatutario fijo y la adjudicación de destino definitivo de las personas aspirantes seleccionadas en ese proceso selectivo.
La base 10.3 de la resolución de la convocatoria establece que «la no incorporación al servicio activo en el destino adjudicado y en el plazo establecido, sin causa justificada, sobrevenida a la solicitud de participación en el concurso o de fuerza mayor, impedirá la perfección del nombramiento y la adquisición de la condición de personal estatutario fijo del/de la aspirante, y quedarán sin efecto todas sus actuaciones en el proceso. En este supuesto, el órgano convocante seleccionará y nombrará personal estatutario fijo de la categoría a nuevos/as aspirantes, en el número que corresponda y por el orden de prelación que resulte de la lista definitiva de la categoría entre aquellos aspirantes que eligieron los destinos no adjudicados, con independencia del turno de acceso del aspirante que no se haya incorporado al servicio activo».
Realizado el proceso de elección de destino de la categoría de médico/a de urgencias hospitalarias, tras la resolución de nombramiento de 25 de mayo de 2026, resulta una (1) plaza vacante, y al amparo de la Resolución de 11 de mayo de 2023, esta dirección general, como órgano convocante del proceso,
RESUELVE:
Primero. Con la finalidad de asegurar la cobertura de las plazas convocadas en este proceso selectivo, y según lo establecido en la base 10.3 de la resolución de convocatoria, se realizó la oferta de las plazas que resultaron vacantes en la categoría de médico/a de urgencias hospitalarias a las personas aspirantes incluidas inmediatamente a continuación por el orden de prelación que resultó de la lista definitiva, con independencia del turno de acceso.
De acuerdo con la convocatoria, quedaron sin efecto todas las actuaciones de las personas aspirantes seleccionadas que, en el plazo y conforme al procedimiento establecido, no seleccionaron los destinos que se ofertaron por el orden de prelación que consideraron, no resultaron adjudicatarias de ningún destino por el que optaron o renunciaron a dicha elección.
También se recoge en la base novena que las personas aspirantes que, dentro del plazo fijado, no presentaran la documentación o del examen de ella se dedujera que carecen de alguno de los requisitos para participar en este proceso selectivo, no podrán ser nombradas personal estatutario fijo y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hayan incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
Las actuaciones de estas personas aspirantes en el concurso quedan anuladas y decaen en todos los derechos derivados de su participación.
Segundo. Nombrar personal estatutario fijo del Servicio Gallego de Salud en la categoría de médico/a de urgencias hospitalarias a la persona aspirante que se incluye en el anexo I de esta resolución.
Adjudicar a esta persona aspirante, con carácter de destino definitivo, la plaza que figura en el referido anexo I.
Tercero. Declarar finalizado el proceso selectivo, por el sistema de concurso, para el ingreso en la categoría de médico/a de urgencias hospitalarias, convocado por la Resolución de 11 de mayo de 2023.
Cuarto. Este concurso de méritos se tramitó en ejecución de la Ley 2/2022, de 6 de octubre, de medidas extraordinarias dirigidas a impulsar la provisión de puestos de difícil cobertura de determinado personal estatutario, y dicha ley, como figura en su parte expositiva, incluye en su artículo 2 unas garantías para que el personal seleccionado «se incorpore y permanezca varios años en el desempeño efectivo de los puestos adjudicados».
Por lo tanto, en cumplimiento de lo que dispone ese artículo 2 y la convocatoria de este concurso de méritos:
a) Los/las aspirantes nombrados/as dispondrán del plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia, para incorporarse de modo efectivo y permanente al servicio activo en el destino elegido y adjudicado.
La falta de incorporación al destino en esas condiciones y plazo, sin causa justificada, sobrevenida a la solicitud de participación en el concurso o de fuerza mayor, impedirá la perfección del nombramiento y la adquisición de la condición de personal estatutario fijo del/de la aspirante, y quedarán sin efecto todas sus actuaciones en el proceso.
b) Posteriormente, podrán participar en los concursos de traslados de la categoría de médico/a de urgencias hospitalarias, o en los sistemas de promoción interna o provisión de plazas de otra categoría, cuando cumplan los requisitos comunes de esos procedimientos y acrediten dos años de permanencia en la situación de servicio activo en el centro elegido y adjudicado como destino en esta resolución.
Aquellos/as seleccionados/as en este proceso que tomen posesión como médico/a de urgencias hospitalarias serán excluidos/as de los procesos de selección temporal en los que estén inscritos/as en el Servicio Gallego de Salud.
Quinto. De conformidad con la disposición adicional segunda del Decreto 70/2017, de 13 de julio, por el que se regula la formación en igualdad y la prevención y lucha contra la violencia de género del personal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia, como condición para el perfeccionamiento del nombramiento que se expida, las personas aspirantes seleccionadas deberán realizar, con carácter obligatorio, y en un plazo no superior a los seis meses contados desde la fecha de publicación del correspondiente nombramiento como personal estatutario fijo en el Diario Oficial de Galicia, las actividades formativas para la obtención del nivel básico de conocimiento en materia de igualdad de género y prevención y lucha contra la violencia de género que recoge el artículo 157 de la Ley 7/2023, de 30 de noviembre, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres de Galicia.
No tendrán que realizar esta actividad formativa las personas aspirantes seleccionadas que la hubiesen realizado con anterioridad, si consta registrada en Fides/expedient-e y fue debidamente validada.
Sexto. Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición, ante esta dirección, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o se podrá impugnar directamente, en la jurisdicción contencioso-administrativa, en los términos de la Ley 29/1998, de 13 de julio.
Santiago de Compostela, 31 de julio de 2026
María del Mar Pousa Cobas
Directora general de Recursos Humanos
