Mediante la Resolución de 30 de junio de 2026, de la Dirección General de Empleo Público y Administración de Personal (DOG núm. 124, de 6 de julio), se aprobaron las listas provisionales de personas admitidas y excluidas en el proceso selectivo, mediante el sistema de oposición, para el ingreso, por el turno de acceso libre, en el cuerpo administrativo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, subgrupo C1, convocado por la Resolución de 19 de noviembre de 2025 (DOG núm. 228, de 25 de noviembre).
Una vez transcurrido el plazo para la presentación de reclamaciones sobre dichas listas, de conformidad con el artículo 12 del Reglamento de selección de personal de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia, y con la base I.4.2 de las que rigen el proceso selectivo, esta dirección general
RESUELVE:
Aprobar las listas definitivas de personas admitidas y excluidas en el proceso selectivo, mediante el sistema de oposición, para el ingreso, por el turno de acceso libre, en el cuerpo administrativo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, subgrupo C1.
Las personas aspirantes podrán consultar el estado de las solicitudes de inscripción presentadas y la situación como admitidas o excluidas en fides.xunta.gal
El listado definitivo completo de personas aspirantes admitidas y excluidas, con indicación de la causa determinante de su exclusión, se podrá consultar en el portal web corporativo funcionpublica.xunta.gal
La Administración devolverá el importe ingresado en concepto de derechos de examen a aquellas personas aspirantes excluidas de manera definitiva, o bien que no figuren en ninguno de los listados, que así lo soliciten en el plazo de dos (2) meses a partir del día siguiente al de la publicación en el DOG de las listas definitivas de personas admitidas y excluidas.
Para ello será necesaria la presentación de un escrito dirigido a la Dirección General de Empleo Público y Administración de Personal en que soliciten la devolución y que deberá incluir un número de cuenta bancaria en la aplicación Fides en el apartado Expediente > Datos personales. La presentación de este escrito fuera de plazo o la no inclusión de los datos bancarios en la aplicación Fides supondrá la pérdida del derecho a la devolución del importe ingresado.
No procederá la devolución del importe abonado en concepto de derechos de examen en los supuestos de renuncia a participar en el proceso de las personas solicitantes admitidas provisional o definitivamente.
Contra esta resolución se podrá interponer recurso potestativo de reposición, ante el conselleiro de Hacienda y Administración Pública, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, de conformidad con el establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, o bien se podrá interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses contados desde la misma fecha, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, en relación con el artículo 10.1 del mismo texto legal.
Santiago de Compostela, 31 de agosto de 2026
Nuria Aguilar Vázquez
Directora general de Empleo Público y Administración de Personal
