La Xunta destinará casi 200.000 euros a pagar los intereses de préstamos a particulares para la rehabilitación de viviendas

El Diario Oficial de Galicia publica la convocatoria para 2021 de las ayudas, dirigidas a los particulares o a las comunidades de propietarios

El importe máximo del crédito exento de intereses al que se puede optar es de 60.000 euros, concedidos por entidades financieras con una serie de condiciones ventajosas
 

Santiago de Compostela, 18 de marzo de 2021

La Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda destinará un total de 199.048,20 euros a la subsidiación de los intereses correspondientes a los préstamos que se concedan este año para rehabilitar edificios y viviendas. El Diario Oficial de Galicia publica hoy la Resolución por la que se convocan las ayudas financieras del programa de préstamos cualificados para la rehabilitación de inmuebles de carácter residencial. Se trata de una medida incluida en el Pacto social por la vivienda.

Hace falta recordar que estos créditos van dirigidos a particulares y comunidades de propietarios que buscan financiación para ejecutar obras de rehabilitación en edificios y viviendas (adecuación estructural y constructiva, mejora de las condiciones de habitabilidad y de la eficiencia energética, adecuación a la normativa sobre accesibilidad y cuestiones de acabado general) y son concedidos por entidades financieras que tienen un convenio con el Instituto Galego da Vivenda e Solo para ofrecer a los solicitantes una serie de condiciones ventajosas.

Así, los préstamos pueden formalizarse con garantía hipotecaria (avalada por uno bien) o personal, y están totalmente exentos de comisiones. Además, los intereses ofrecidos por las entidades bancarias son mejores que los que se encuentran actualmente en el mercado, con tipos que pueden ser fijos o variables, tal y como se indica en el siguiente cuadro:

 
Garantía
Tipo fijo
Tipo variable
Inicial
(24 meses)
Resto

Persona física

Hipotecaria
1,90
1,75

Euríbor a 1 año 1,25

Persona física

Personal
5,25
5,25

Euríbor a 1 año 4

Comunidad de propietarios

Personal
5,00
-

Euríbor 4%

Asimismo, la concesión del préstamo por parte de las entidades podrá ir acompañada de una ayuda de la Xunta consistente en la subsidiación de los intereses correspondientes, siempre que el solicitante cumpla ciertos requisitos. Así, estas ayudas van dirigidas exclusivamente a personas físicas, ya sean propietarias o tengan cualquier otro título que acredite la posesión del inmueble, y siempre que sus ingresos no superen en 5,5 veces el Indicador público de rentas de efectos múltiples (IPREM).

El porcentaje de la subsidiación de los intereses y su duración podrá llegar hasta el 100% durante un máximo de cuatro años, pero dependerá de cada beneficiario. De este modo, cuando los ingresos de la unidad de convivencia del solicitante sean menores o iguales a 4 veces el IPREM, la Xunta asumirá el 100% de los intereses por 48 meses; mientras que si son mayores de 4 y menores de 5,5 veces el IPREM, cubrirá el 80% de los intereses durante 36 meses.

Las comunidades de propietarios también podrán acceder a los préstamos cualificados, pero no a las ayudas para pagar los intereses. Igualmente podrán acogerse al programa, a título individual, las personas que formen parte de estas comunidades y participen en las actuaciones.

Entidades financieras colaboradoras y requisitos

Abanca, Caja Rural Gallega, CaixaBank y Banco Sabadell son las entidades que ofrecen actualmente este tipo de créditos para las personas físicas, mientras que Abanca, Caja Rural Gallega y Deustche Bank mantienen un convenio con el IGVS para los préstamos la comunidades. La concesión, en todo caso, estará sujeta a la evaluación de los riesgos por parte de las entidades financieras. Además, para acceder a los préstamos cualificados, los ingresos de la unidad de convivencia del solicitante no podrán ser superiores a 6,5 veces el IPREM.

En cuanto al plazo de amortización, en el caso de propietarios particulares podrá establecerse entre seis meses y 15 años. Cuando los préstamos los soliciten directamente comunidades vecinales, el plazo de amortización quedará establecido en un máximo de 10 años.

En el caso de los préstamos concedidos con garantía hipotecaria, el importe límite será de 60.000 euros, mientras que para los que se otorguen con garantía personal, la cuantía máxima quedará establecida en 30.000 euros.

Cuando la solicitud parta directamente de una comunidad de propietarios, la cuantía total concedida por el banco no podrá exceder del menor de los siguientes importes: la totalidad del presupuesto protegible (es decir, la suma de todas las actuaciones que se pueden financiar con el préstamo) o bien 10.000 euros por cada vivienda integrante de dicha comunidad.

Hace falta recordar que en las convocatorias de este programa de los años 2017, 2018, 2019 y 2020 se concedieron 119 préstamos subsidiados en total. Habida cuenta la partida disponible para la convocatoria de este año y haciendo una estimación aproximada, se calcula que en 2021 podrían llegar a concederse hasta 90 ayudas a otros tantos beneficiarios del programa.

Imágenes relacionadas