Medio Rural publica el aviso fitosanitario para reforzar la lucha contra el insecto vector de la flavescencia dorada de la vid
La Xunta recuerda el deber de aplicar tratamientos fitosanitarios autorizados contra el insecto Scaphoideus Titanus, causante de la flavescencia dorada y nocivo para las vides
Estos tratamientos son obligatorios en la zona demarcada y se recomiendan en las zonas vitícolas limítrofes, para reducir la población del vector y evitar su dispersión
Se realizarán tres aplicaciones y deberán hacerse en función de las condiciones meteorológicas y respetando las indicaciones de uso recogidas en cada caso
Santiago de Compostela, 20 de junio de 2026
La Consellería do Medio Rural publicó el aviso fitosanitario, debido al inicio de los tratamientos para combatir el Scaphoideus Titanus, un insecto vector de la flavescencia dorada de la vid. Con esto, la Xunta de Galicia recuerda la obligación de aplicar tratamientos fitosanitarios autorizados contra este organismo nocivo para los cultivos vinícolas.
Desde el mes de mayo, la Consellería do Medio Rural está realizando un seguimiento de la evolución de este insecto, en el marco del Plan de control y erradicación de esta enfermedad en Galicia. En la actualidad, las ninfas se encuentran en su estado más avanzado de desarrollo, por lo que se considera el momento más adecuado para la aplicación de los tratamientos insecticidas. En esta línea, se establece el inicio de los tratamientos fitosanitarios, que son obligatorios en la zona demarcada y recomendados en las zonas vitícolas limítrofes, con el objetivo de reducir la población del vector y evitar su dispersión.
En la página web de la Consellería puede consultarse la relación de materias activas y formulados autorizados para estos tratamientos fitosanitarios, así como las parroquias incluidas en la zona tampón, en las que también es obligatorio el tratamiento. Se realizarán un total de tres aplicaciones; la primera entre el 19 y el 26 de junio; la segunda 15 días después de la primera; y la tercera un mes después de la segunda aplicación. Los tratamientos deberán realizarse en función de las condiciones climatológicas y respetando las indicaciones de uso recogidas en la ficha de registro de los productos, especialmente en lo relativo a los intervalos de seguridad y al número máximo de aplicaciones autorizadas.
Normativa de aplicación
El 2 de febrero de 2023 se publicó la resolución por la que se declaró la presencia de la flavescencia dorada en Galicia, en la que se definió la zona demarcada y se establecieron las medidas urgentes para su erradicación y control. Posteriormente, en noviembre del mismo año, se amplió la zona demarcada y se fijaron las medidas obligatorias.
El 30 de abril de 2025 se publicó el Decreto 29/2025, de 7 de abril, por el que se califica de utilidad pública la erradicación del organismo de cuarentena de la flavescencia dorada de la vid (Grapevine flavescence dorée phytoplasma) en Galicia y se establecen las medidas para evitar su propagación.
Las zonas demarcadas se han ido ampliando progresivamente en los últimos años. La última ampliación se publicó el 8 de junio de 2026, mediante la Resolución de 25 de mayo de 2026, de la Dirección Xeral de Gandaría, Agricultura e Industrias Agroalimentarias, por la que se amplían las zonas demarcadas de la plaga de cuarentena de la flavescencia dorada de la vid y se mantienen las medidas urgentes para su erradicación y control.
Enlace a la página web de la Consellería con toda la información al respecto:
https://mediorural.xunta.gal/es/temas/agricultura/sanidad-vegetal/organismos-nocivos-de-cuarentena