La Xunta pone en valor el protocolo que refuerza la prevención, actuación y seguimiento ante situaciones de violencia en la prestación del Servicio de Ayuda en el Hogar

La gerente del Instituto de Seguridad y Salud Laboral de Galicia (Issga), Adela Quinzá-Torroja, participó hoy en el acto de firma del protocolo para la prevención y actuación ante situaciones de violencia laboral externa en el Servicio de Ayuda en el Hogar

Se incidirá en la formación en habilidades y puesta en valor de las profesionales del SAF, en la evaluación de los riesgos para tomar decisiones desde el inicio, en la comunicación temprana de incidentes o en su posterior registro, resolución, investigación y seguimiento

El Gobierno gallego participó en la elaboración del documento la petición unánime de la mesa de trabajo impulsada por la Fegamp, en la que toman parte también la Xunta, las organizaciones sindicales y empresariales, y el Colegio Oficial de Trabajo Social

Santiago de Compostela, 14 de julio de 2026.

La gerente del Instituto de Seguridad y Salud Laboral de Galicia (Issga), Adela Quinzá-Torroja, participó hoy en el acto de firma del protocolo para la prevención y actuación ante situaciones de violencia laboral externa en el Servicio de Ayuda en el Hogar (SAF), en cuya elaboración participó la Xunta la petición unánime de la mesa de trabajo impulsada por la Fegamp, en la que toman parte también el Gobierno gallego, las organizaciones sindicales y empresariales, y el Colegio Oficial de Trabajo Social. Allí, destacó que se vaya a incidir en la formación en habilidades y puesta en valor de las personas profesionales del SAF, en la evaluación de los riesgos para tomar decisiones desde el inicio, en la comunicación temprana de incidentes o en su posterior registro, resolución, investigación y seguimiento.

Así, el documento recoge recomendaciones y directrices que abarcan desde la prevención hasta la intervención y el seguimiento ante diferentes formas de violencia laboral externa, entendida como comportamientos o amenazas que puedan causar daño físico, psicológico, sexual o económico, incluida la violencia por razón de género y lo acoso sexual. Entre las medidas contempladas, destaca la importancia del entorno de trabajo, de la organización de las tareas, de la seguridad y de la formación específica como ejes fundamentales para minimizar riesgos y mejorar lo desempeño profesional.

En este sentido, se proponen realizar evaluaciones de riesgos, ofrecer información precisa a las personas usuarias y familiares y reforzar el apoyo técnico en los casos más complejos. En lo relativo a la seguridad, se recomienda, entre otras cuestiones, mantener operativo el teléfono móvil durante toda la jornada, prever el acompañamiento temporal cuando las circunstancias lo requieran, fortalecer la coordinación con los servicios sanitarios e incrementar el seguimiento con antecedentes de conflicto.

En el ámbito de la formación, el protocolo subraya la importancia de dotar a las personas trabajadoras de conocimientos y habilidades específicas en materia de prevención de la violencia, comunicación efectiva, resolución de conflictos y control de la tensión.  

Procedimiento de actuación  

En lo referido a las actuaciones frente a situaciones de violencia, el protocolo establece un sistema progresivo que va desde la prevención hasta la respuesta ante agresiones. Incluye pautas para anticipar riesgos, mantener la calma y reconducir conflictos, así como actuaciones específicas cuando la tensión aumenta o se produce una agresión, priorizando siempre la integridad física y emocional de las profesionales y, en ese sentido, con el apoyo inequívoco ante la decisión de paralización de trabajos mientras la situación no revierta.

El documento subraya también la importancia de que los ayuntamientos tengan un registro con un modelo unificado para todas las entidades prestadoras y que se dé seguimiento a todos los incidentes, de manera que puedan ser evaluados por la empresa y, si es preciso, coordinados con las administraciones para adoptar medidas correctoras. En esa línea, se contemplan las visitas e investigaciones pertinentes, así como la revisión de la evaluación de riesgos laborales y de las medidas preventivas de cara a su actualización se fuera necesario, además de la implantación de medidas de protección o para garantizar el retorno al puesto de trabajo.

Hace falta añadir que la primera reunión de seguimiento tendrá lugar a los seis meses de la firma del protocolo. Las siguientes revisiones tendrán carácter anual o vendrán motivadas por cambios normativos o cualquier circunstancia extraordinaria que afecte al documento.

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Fecha de actualización: 14/07/2026