La Xunta publica en el portal de transparencia el proyecto de decreto de estructura de las áreas sanitarias del servicio gallego de salud que potencia la atención primaria y comunitaria y la enfermería
Todas las áreas sanitarias contarán con una Dirección de Atención Primaria y Comunitaria que dependerá directamente de la Gerencia
Se refuerza, además, el papel de la enfermería, cuya dirección, Enfermería y Cuidados, pasará también a depender de forma directa de la Gerencia
Para incrementar las funciones de coordinación de las Gerencias de las siete áreas, se crea la figura de la Vicegerencia en cada una de ellas, sustituyendo a las actuales direcciones asistenciales
La modificación del decreto incluye la creación formal del Centro de Protonterapia de Galicia como unidad asistencial de alta especialización que prestará sus servicios al conjunto del sistema sanitario público gallego
Con la publicación en el Portal de Transparencia y Gobierno Abierto se abre un plazo de quince días hábiles para la aportación de sugerencias
Santiago de Compostela, 5 de agosto de 2026
La Xunta publica hoy en el Portal de Transparencia y Gobierno Abierto el proyecto de Decreto por el que se modifica el Decreto 134/2019, de 19 de octubre, por el que se regulan las áreas sanitarias y los distritos sanitarios del sistema público de salud de Galicia, con la finalidad principal de potenciar la atención primaria y el papel de la enfermería.
En concreto, la Consellería de Sanidad propone que todas las áreas sanitarias cuenten con una Dirección de Atención Primaria que pasará a denominarse de Atención Primaria y Comunitaria y a depender directamente de la Gerencia de cada área.
Entre las competencias de la nueva Dirección de Atención Primaria y Comunitaria estará gestionar la demanda de servicios sanitarios en este ámbito, garantizando el desarrollo de las actuaciones de promoción de la salud y prevención de la enfermedad y fomentando la capacidad de resolución de este nivel asistencial, en coordinación con los jefes de servicio de las unidades de atención primaria. También supervisará la organización de las agendas y realizará su seguimiento para una correcta gestión de las prestaciones.
Además, con el objetivo de potenciar la enfermería, la dirección de esta especialidad, que se denominará Dirección de Enfermería y Cuidados, pasará también a depender de forma directa de la Gerencia del área sanitario correspondiente. Entre sus funciones, el texto recoge la de impulsar la continuidad de los cuidados, la coordinación entre niveles asistenciales, la gestión de casos y la participación de la enfermería en los programas transversales de salud, especialmente en los ámbitos de la cronicidad, prevención, promoción de la salud, seguridad del paciente, atención comunitaria, vacunación e inmunización.
Así pues, el nuevo texto añade, además de las funciones de la dirección de Enfermería y Cuidados, las de la Direcciones de Procesos de Soporte, que no figuraban en el decreto anterior.
Concretamente, la Dirección de Procesos de Soporte tendrá, entre sus funciones la de controlar y evaluar la actividad asistencial, así como desarrollar planes para la reducción de las listas de espera; analizar los indicadores de actividad y la adecuación y funcionamiento de los dispositivos asistenciales; analizar y controlar los recursos asistenciales necesarios para garantizar la oferta asistencial; coordinar evaluar y realizar el seguimiento de la prestación farmacéutica; y cualquier otra función que le sea encomendada o delegada por la Gerencia.
De este modo todos los puestos de nivel de dirección en el ámbito asistencial y de la gestión, dependientes de la Gerencia, contarán con un ámbito funcional de la estructura directiva regulado en este decreto.
Además, y con el fin de incrementar las funciones de coordinación de las Gerencias de las siete áreas, se crea la figura de la Vicegerencia en cada una de ellas, como órgano específico de apoyo a la persona titular de la Gerencia, toda vez que en el nuevo texto se prescinde de la Dirección Asistencial.
Centro de Protonterapia de Galicia
Ante la próxima ampliación de la cartera de servicios de la sanidad pública con la inclusión de la protonterapia, la modificación del decreto incluye la creación del Centro de Protonterapia de Galicia como unidad asistencial de alta especialización y con un puesto directivo específico.
Ejercerá las funciones de administrar tratamientos oncológicos de alta precisión mediante la utilización de manojos de protones y de contribuir al avance de la oncología radioterápica mediante la realización de ensayos clínicos e investigación traslacional en radiobiología y física médica para evaluar la eficacia de la protonterapia en diferentes tipos de tumores.
El centro prestará servicios para el conjunto de Galicia y para servicios de salud de otras comunidades autónomas y el norte de Portugal, de conformidad con los compromisos adquiridos en distintas colaboraciones para la implantación de la protonterapia en el sistema nacional y salud.
Seguirá los criterios de planificación y directrices de actuación que determine a Consellería de Sanidad a través de la Gerencia del Servicio Gallego de Salud y, atendiendo a su situación, a un lado del Hospital Clínico de Santiago, se integrará orgánicamente en la estructura del área sanitario de Santiago de Compostela y Barbanza.