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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 157 Lunes, 14 de agosto de 2000 Pág. 11.927

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALES

DECRETO 208/2000, de 21 de julio, por el que se aprueba el escudo heráldico del Ayuntamiento de O Corgo (Lugo).

El Ayuntamiento de O Corgo (Lugo) consideró conveniente adoptar unas armas o blasón propio en el que, con la simbología adecuada y conforme a las tradicionales pautas de presentación de los emblemas heráldicos, se represente y perpetúe su propia pecu

liaridad. Para ello, y de acuerdo con las facultades que le confieren las disposiciones legales vigentes, elevó el informe histórico-heráldico, con su correspondiente blasonamiento y representación gráfica, para su aprobación definitiva.

La competencia exclusiva en materia de adopción, modificación o rehabilitación de los emblemas heráldicos y banderas de los ayuntamientos y de otras entidades locales, le corresponde á la Comunidad Autónoma gallega, según lo dispuesto por el artículo 27.2º del Estatuto de autonomía de Galicia.

El expediente se tramitó conforme a las normas del procedimiento establecidas en la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, Ley 5/1997, de 22 de julio, de Administración local de Galicia, en el Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las corporaciones locales, aprobado por el R.D. 2568/1986, de 28 de noviembre, y en el Decreto 369/1998, de 10 de diciembre, por el que se regula la composición y funciones de la Comisión de Heráldica de la Xunta de Galicia.

Visto el informe favorable, de fecha 14 de julio de 2000, emitido por la Comisión de Heráldica de la Xunta de Galicia, a propuesta del Ayuntamiento de O Corgo (Lugo), según el que se recogen tres alusiones concretas y suficientemente representativas de la realidad física y del propio pasado histórico de las tierras que hoy conforman el municipio. Así ocurre, con el ondado de azur y plata, que hace referencia al propio topónimo, y con la banda brochante, que recuerda el paso de la 4ª vía romana, que conducía a Lugo, y del propio camino real. Esta banda brochante se carga, por otra parte, con cuatro torres heráldicas, que sirven para recordar las numerosas casas fuertes y pazos que a lo largo de los siglos se han levantado dentro del término municipal, conservándose en la actualidad un buen número de valiosos testimonios.

En su virtud, y a propuesta del conselleiro de Justicia, Interior y Relaciones Laborales y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día veintiuno de julio de dos mil,

DISPONGO:

Artículo único.-Aprobar el escudo heráldico del Ayuntamiento de O Corgo (Lugo), que quedará organizado del siguiente modo: ondado de azur (azul) y plata (blanco), con una banda brochante de gules (rojo), cargada de cuatro torres de oro (amarillo). Al timbre, corona real cerrada.

Santiago de Compostela, veintiuno de julio de dos mil.

Manuel Fraga Iribarne

Presidente

Antonio Pillado Montero

Conselleiro de Justicia, Interior y Relaciones Laborales