María Mercedes Santos García, secretaria judicial de refuerzo del Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento demanda 532/2009, seguido en este juzgado, se ha dictado sentencia cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:
«En A Coruña a veinte de febrero de dos mil doce.
Vistos por Montserrat Matos Salgado, magistrada jueza sustituta del Juzgado de lo Social número 2 (refuerzo) de A Coruña y su partido, los presentes autos de juicio número 532/2009 seguidos a instancia de Josefa Fraguio Vázquez, representada por su letrado Sr. Pousa Merens, contra la empresa La Chalota, S.L. y José Torres González, en rebeldía procesal, y el Fogasa, que no comparece; la litis versa sobre reclamación de salarios.
Fallo que, estimando íntegramente la demanda formulada por Josefa Fraguio Vázquez, representada por su letrado Sr. Pousa Merens, contra la empresa La Chalota, S.L. y José Torres González en rebeldía procesal, y el Fogasa, que no comparece, debo condenar y condeno a la demandada a abonar a la actora la suma de 4.961,75 euros, incrementada con los intereses moratorios pertinentes. Asimismo, debo absolver y absuelvo al Fogasa sin perjuicio de la responsabilidad subsidiaria derivada del artículo 33 ET.
Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia, que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia, pasados los cuales se declarará firme y se procederá a su archivo. Adviértase igualmente al recurrente que no sea trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social, o causahabiente suyos, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 300 euros (artículo 229 Ley 36/2011, de 11 de octubre, reguladora de la jurisdicción social) en la cuenta abierta en la entidad Banesto a nombre de este juzgado».
Y para que sirva de notificación en legal forma a la empresa La Chalota, S.L. y José Torres González, en ignorado paradero, expido este edicto para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.
A Coruña, 14 de marzo de 2012.
La secretaria judicial