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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 81 Viernes, 27 de abril de 2012 Pág. 15502

III. Otras disposiciones

Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras

RESOLUCIÓN de 20 de marzo de 2012, de la Secretaría General de Ordenación del Territorio y Urbanismo, sobre aprobación definitiva del expediente de delimitación del suelo del núcleo rural de Marei, en la parroquia de Santa María de Marei, ayuntamiento de O Corgo (Lugo).

I. Antecedentes.

Se remiten por el Ayuntamiento de O Corgo tres ejemplares de una segunda versión de esta delimitación, a los efectos de resolver sobre su aprobación definitiva, conforme a la disposición adicional segunda.2 de la Ley 9/2002, de 30 de diciembre, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia.

El Ayuntamiento de O Corgo carece de instrumento de planeamiento general, rigiéndose por las normas de aplicación directa de la LOUG y, en lo que no se opone a estas, por las normas complementarias y subsidiarias de planeamiento provincial.

El 25 de marzo de 2011 esta Secretaría General de Ordenación del Territorio y Urbanismo había dictado resolución de no aprobación de otro proyecto de delimitación del mismo núcleo, indicando una serie de deficiencias a corregir a los efectos de resolver nuevamente sobre su aprobación.

Respecto de la tramitación administrativa, cabe señalar lo siguiente:

Consta el Decreto de 11 de mayo de 2011 de aprobación inicial de la delimitación.

Se cumplió con el trámite de información pública mediante anuncios en el DOG n.º 118, de 21 de junio de 2011 y en los periódicos El Progreso (10.6.2011) y La Voz de Galicia (11.6.2011) de Lugo. No se presentó alegación alguna, según certificación municipal de 18.10.2011.

Consta acuerdo de aprobación provisional de la delimitación adoptado por el Pleno de 30.9.2011.

Según lo indicado, se constata que el expediente cumple, respecto de la documentación y tramitación administrativa, las determinaciones del apartado 2 de la disposición adicional segunda de la LOUG.

II. Contenido.

Se propone la delimitación del asentamiento poblacional de Marei como núcleo rural complejo, con una superficie de 49.467 m2, dentro de la cual se diferencia un área de núcleo rural histórico tradicional -T1- de 33.442 m2 y otra de núcleo rural común -C1- de 16.025 m2. El asentamiento está próximo a la carretera provincial 16-07 y, conforme al proyecto, contiene 16 viviendas.

El proyecto fija condiciones de uso y de edificación y define el trazado del viario existente. No identifica otros terrenos destinados a dotaciones públicas ni elementos de valor cultural o natural.

El asentamiento delimitado cuenta con topónimo reconocido en el Nomenclátor de entidades de población de la provincia de Lugo (Decreto 6/2000), así como en el Censo de Población y Viviendas del Instituto Nacional de Estadística.

III. Observaciones.

1. El nuevo proyecto reduce en unos 2.300 m2 la superficie del núcleo delimitada en el proyecto anterior, disminuyendo aproximadamente 4.900 m2 la superficie del NRC y aumentando unos 2.600 la del NRHT. Además de las modificaciones derivadas de la resolución de la Secretaría General de Ordenación del Territorio y Urbanismo, se introducen en la delimitación terrenos de suelo de núcleo común.

2. Con los cambios que ahora se presentan se da cumplimiento a lo requerido en la Resolución de la Secretaría General de Ordenación del Territorio y Urbanismo de 25 de marzo de 2011.

De acuerdo con el punto 2 de la disposición adicional segunda de la LOUG y con el artículo 12.1.b) del Decreto 316/2009, de 4 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras, la competencia para resolver sobre la aprobación definitiva de los expedientes de delimitación de suelo de núcleos rurales le corresponde a la secretaria general de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

IV. Resolución.

Visto cuanto antecede,

RESUELVO:

Aprobar el proyecto de delimitación del suelo de núcleo rural de Marei, en la parroquia de Santa María de Marei, en el ayuntamiento de O Corgo, por las consideraciones y en los términos anteriormente expuestos.

Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la CMATI, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución, sin perjuicio de que las personas interesadas puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro que estimen procedente (artículos 48, 58, 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero). Si el interesado es una Administración pública, no cabrá interponer recurso en vía administrativa, pudiendo interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación, sin perjuicio del planteamiento, en su caso, del requerimiento previo en igual plazo (artículo 44 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa).

Notifíquese al Ayuntamiento y publíquese en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 20 de marzo de 2012.

María Encarnación Rivas Díaz
Secretaria general de Ordenación del Territorio y Urbanismo

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