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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 107 Jueves, 6 de junio de 2013 Pág. 20973

VI. Anuncios

b) Administración local

Ayuntamiento de Ames

ANUNCIO de aprobación definitiva del Plan especial de dotaciones de la ciudad deportiva del Real Aeroclub de Santiago en el ayuntamiento de Ames.

Por acuerdo del Pleno de fecha 25 de abril de 2013, en sesión ordinaria, se aprobó definitivamente el Plan especial de dotaciones de la ciudad deportiva del Real Aeroclub de Santiago en el ayuntamiento de Ames, lo que se publica a los efectos del artículo 92.2 de la Ley 9/2002, de 30 de diciembre, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia.

«Punto sexto. Aprobación definitiva del Plan especial de dotaciones de la ciudad deportiva del Real Aeroclub de Santiago en el ayuntamiento de Ames.

Terminadas las intervenciones, el Pleno de la corporación por mayoría absoluta, con la abstención de los miembros del grupo municipal socialista (6) y de las/os concejalas/es no adscritas/os Olalla Alvite del Río, María Pilar Candocia Pita, Susana Mallo Redondo y Xosé Anxo Doval Rey, y el voto favorable del resto de los miembros de la corporación municipal (11), adoptó los siguientes acuerdos:

Primero. Aprobar definitivamente el Plan especial de dotaciones de la ciudad deportiva del Real Aero Club de Santiago, redactado por los arquitectos Manuel Carbajo Capeáns y Celso Barrios Ceide.

Segundo. Publicar el presente acuerdo de aprobación definitiva en el Diario Oficial de Galicia, así como el documento que contenga la normativa y las ordenanzas en el Boletín Oficial de la provincia.

Tercero. Dar traslado del presente acuerdo de aprobación definitiva a la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras, junto con dos copias autenticadas del Plan especial aprobado definitivamente, con todos los planos y documentos que lo integran debidamente diligenciados por la secretaría de la corporación.

Cuarto. Notificar el presente acuerdo de aprobación definitiva a los interesados en el procedimiento, con notificación expresa de que en contra de la aprobación definitiva no cabrá recurso en vía administrativa, por tratarse de una disposición de carácter general, pudiendo interponerse recurso contencioso-administrativo.

Quinto. Facultar al alcalde, Santiago Vicente Amor Barreiro, para cuantas actuaciones de trámite sean precisas para la mejor ejecución de lo acordado».

Contra el presente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 107.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, con sede en A Coruña, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de Galicia, de conformidad con lo previsto en el artículo 46 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Ames, 7 de mayo de 2013

Santiago V. Amor Barreiro
Alcalde