De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (LRJPAC), se publica el emplazamiento para acreditación de representación en el expediente del recurso de reposición interpuesto por María del Mar Blanco Roca y escrito complementario al recurso presentado por Enrique Prego Fajardo, en nombre y representación de María del Mar Blanco Roca, contra la Resolución de 22 de octubre de 2013 de la directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, en el expediente de referencia, en relación con las obras consistentes en construcción de vivienda unifamiliar, dos edificaciones auxiliares y una solera en el lugar de Penencia, Doniños, en el término municipal de Ferrol, provincia de A Coruña.
Una vez comprobada la documentación aportada y constatada la ausencia de acreditación de la representación que dice tener Enrique Prego Fajardo para actuar en nombre y representación de María del Mar Blanco Roca, se le requiere para que, de conformidad con el artículo 32.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (LRJPAC), subsane la falta de acreditación de representación por cualquier medio válido en derecho, en un plazo de diez días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula, con indicación de que si transcurrido dicho plazo no lo hubiese hecho, se le tendrá por desistido de su recurso, con las consecuencias que de ello se deriven (artículo 71.1 de la Ley 30/1992).
Para que conste y le sirva de notificación al citado interesado, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la LRJPAC, expido y firmo esta cédula.
Santiago de Compostela, 10 de marzo de 2014
María Martínez Allegue
Directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística