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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 77 Viernes, 24 de abril de 2015 Pág. 15656

III. Otras disposiciones

Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

ORDEN de 22 de abril de 2015 por la que se adaptan e incorporan a la sede electrónica de la Xunta de Galicia los procedimientos administrativos de plazo abierto de la Consellería del Medio Rural y del Mar.

Con fecha 27 de febrero de 2014 el Consello de la Xunta de Galicia aprobó el Plan de agilización administrativa 2014/16 (Plan Achega) con el objetivo de conseguir una Administración más ágil, eficiente y próxima en sus relaciones con la ciudadanía.

Este plan recoge una serie de medidas concretas destinadas a revisar en el período 2014/16 los procedimientos administrativos que la Administración gallega pone a disposición de los ciudadanos en la Guía de procedimientos y servicios, para mejorarlos, simplificarlos y posibilitar su presentación electrónica, como garantía del principio de celeridad que la Administración gallega asume dentro de sus compromisos de actuación.

Como primera actuación contenida en el Plan Achega, el 2 de mayo de 2014 (DOG núm. 83) se publicó el Decreto 48/2014, de 30 de abril, por el que se autoriza al vicepresidente y conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia para adaptar e incorporar a la sede electrónica los procedimientos administrativos de la Xunta de Galicia.

En este decreto se estableció, además, que mediante orden del vicepresidente y conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia se adaptarán los procedimientos administrativos, previamente revisados y simplificados, a lo dispuesto en las guías para la habilitación de procedimientos aprobadas por el Consello de la Xunta de 25 de abril de 2013, actualizadas con posterioridad y, en su caso, se habilitará su presentación electrónica en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

Esta medida fue configurada como una línea prioritaria de actuación por el Gobierno gallego puesto que existen procedimientos administrativos estáticos o de plazo abierto para la presentación de solicitudes que, por estar regulados en normas anteriores a la puesta en funcionamiento de la sede electrónica de la Xunta de Galicia (Orden de 15 de septiembre de 2011, DOG núm. 138, de 23 de septiembre) aún recogen la presentación exclusivamente presencial por parte de sus destinatarios. Además, también se requería determinada documentación que la legislación vigente ya no permite solicitar y a la que la Administración gallega ya puede acceder directamente mediante la plataforma de interoperabilidad administrativa.

Así, y en primer lugar, se procedió a la adaptación e incorporación a la sede electrónica de la Xunta de Galicia de los procedimientos administrativos de plazo abierto de la Presidencia y de la Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia a través de la Orden de 2 de julio de 2014 (DOG núm. 132, de 14 de julio).

A continuación, y siguiendo la planificación establecida, se llevó a cabo la revisión de todos los procedimientos de plazo abierto correspondientes a la Consellería del Medio Rural y del Mar por parte de los grupos de trabajo constituidos al efecto.

En concreto, fueron revisados 145 trámites o procedimientos, lo que dio como resultado lo siguiente:

– 32 procedimientos fueron dados de baja por ser obsoletos o por no ser utilizados.

– 3 procedimientos fueron habilitados electrónicamente a través de su reglamentación específica.

– 1 procedimiento se mantiene como presencial por impedimentos tecnológicos al requerir una doble firma que aún no admite la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

– 109 procedimientos fueron preparados para admitir su disponibilidad electrónica a través de la presente orden. Además, hay que destacar que 15 de estos procedimientos son nuevos y derivan de otros seis trámites que fueron desglosados con la finalidad de clarificar y facilitar su uso y tramitación por los ciudadanos.

Así pues, a partir de la entrada en vigor de esta orden, un total de 109 procedimientos nuevos estarán disponibles electrónicamente, lo que contribuirá a seguir profundizando en el impulso de unas relaciones más ágiles, simples y fluidas entre la Xunta de Galicia y el conjunto de los ciudadanos.

A la vista de lo expuesto y en uso de las facultades que me confiere el artículo 34 y 38 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, de normas reguladoras de la Xunta y de su Presidencia, y de conformidad con lo establecido en el Decreto 48/2014, de 30 de abril,

DISPONGO:

Artículo 1. Objeto

La presente orden tiene por objeto adaptar y habilitar la presentación electrónica de solicitudes de los procedimientos administrativos de plazo abierto de la Consellería del Medio Rural y del Mar que figuran en el anexo de esta orden.

Asimismo, para dichos procedimientos se suprime la exigencia de la documentación que de acuerdo con la legislación vigente no se puede solicitar para su tramitación o a la que la Administración gallega puede acceder directamente mediante la plataforma de interoperabilidad administrativa.

Artículo 2. Presentación de solicitudes

Las solicitudes deberán presentarse preferiblemente por vía electrónica a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.es, de acuerdo con lo establecido en los artículos 27 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso de los ciudadanos a los servicios públicos, y 24 del Decreto 198/2010, de 2 de diciembre, por el que se regula el desarrollo de la Administración electrónica en la Xunta de Galicia y en las entidades de ella dependientes. Para la presentación de las solicitudes será necesario el documento nacional de identidad electrónico o cualquiera de los certificados electrónicos reconocidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

Alternativamente, también se podrán presentar las solicitudes en soporte papel en cualquiera de los lugares y registros establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, utilizando el formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

Artículo 3. Documentación

1. La documentación complementaria, que figura en el anexo de solicitud de cada procedimiento, podrá presentarse electrónicamente utilizando cualquier procedimiento de copia digitalizada del documento original. En este caso, las copias digitalizadas presentadas garantizarán la fidelidad con original bajo la responsabilidad de la persona solicitante o representante. La Administración podrá requerir la exhibición del documento original para el cotejo de la copia electrónica presentada según lo dispuesto en los artículos 35.2 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso de los ciudadanos a los servicios públicos, y 22.3 del Decreto 198/2010, de 2 de diciembre, por el que se regula el desarrollo de la Administración electrónica en la Xunta de Galicia y en las entidades de ella dependientes.

2. La documentación complementaria también podrá presentarse en formato papel en cualquiera de los lugares y registros establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

3. Las copias de los documentos gozarán de la misma validez y eficacia que sus originales siempre que exista constancia de que sean auténticas.

4. Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud, la persona interesada o representante deberá mencionar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de expediente y el número o código único de registro.

5. En el caso de que alguno de los documentos que a presentar por la persona solicitante o representante, de forma electrónica, supere los tamaños límites establecidos o tenga un formato no admitido por la sede electrónica, se permitirá la presentación de forma presencial dentro de los plazos previstos. Para ello, y junto con el documento que se presenta, la persona interesada deberá mencionar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de expediente y el número o código único de registro. En la sede electrónica de la Xunta de Galicia se publicará la relación de formatos, protocolos y tamaño máximo admitido de la documentación complementaria para cada procedimiento.

Artículo 4. Información del estado de la tramitación

La información personalizada sobre el estado de tramitación del procedimiento, la relación de los actos de trámite realizados, la indicación de su contenido así como la fecha en la que fueron dictados, estará a disposición en la carpeta del ciudadano, con independencia del cauce de presentación de solicitudes, en cumplimiento del artículo 23 del Decreto 198/2010, de 2 de diciembre, por el que se regula el desarrollo de la Administración electrónica en la Xunta de Galicia y en las entidades de ella dependientes.

Artículo 5. Protección de datos de carácter personal

De conformidad con la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, los datos personales recogidos en la tramitación de estos procedimientos, cuyo tratamiento y publicación autorizan las personas interesadas mediante la presentación de las solicitudes, serán incluidos en un fichero dado de alta en la Agencia de Protección de Datos cuyo objeto es gestionar el presente procedimiento, así como para informar a las personas interesadas sobre su desarrollo.

Disposición adicional única

Con el objetivo de mantener adaptados a la normativa vigente los formularios de los procedimientos administrativos de plazo abierto que figuran en el anexo de la presente orden, podrán ser actualizados en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, sin necesidad de publicarlos nuevamente en el DOG, siempre que la modificación o actualización no suponga una modificación sustancial. Por consiguiente, para la presentación de las solicitudes será necesario utilizar los formularios normalizados, disponibles en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, donde estarán permanentemente actualizados y accesibles para las personas interesadas.

Disposición final única

Esta orden entrará en vigor a los veinte (20) días naturales de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 22 de abril de 2015

Alfonso Rueda Valenzuela
Vicepresidente y conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

ANEXO

Código

Denominación

MR203A

Autorización para impartir cursos de manipulador aplicador de productos fitosanitarios

MR203B

Carné de usuario profesional de productos fitosanitarios

MR205A

Autorización y registro de entidades que imparten cursos de formación en materia de bienestar animal

MR324A

Registro de Sociedades Agrarias de Transformación

MR330C

Inscripción de entidades colaboradoras de la Consellería del Medio Rural para la realización de actividades de formación continua y transferencia de tecnología en materia agraria

MR330D

Autorización para impartición de actividades de formación continua y transferencia de tecnología agraria

MR347A

Inscripción en el Registro de Entidades con Servicios de Aconsejamiento o Gestión de Galicia

MR360B

Autorización para el visado de los documentos de acompañamiento R(CE) 436/2009

MR360C

Declaración para la realización de determinadas prácticas enológicas R(CE) 606/2009

MR360D

Inscripción en el Registro de Embotelladores

MR408B

Inscripción en el Registro de Explotaciones Agrarias de Galicia (Reaga)

MR430A

Registro de Productores de Semillas y Plantas de Vivero

MR433A

Aprobación del modelo de pasaporte fitosanitario

MR433B

Declaración anual de cultivos

MR437A

Inscripción en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola (ROMA)

MR437B

Baja en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola (ROMA)

MR442A

Registro Oficial de Productores, Comerciantes e Importadores de Vegetales

MR461A

Reconocimiento de productores de producción integrada (Apria)

MR461B

Registro de Operadores de Producción Integrada

MR461C

Autorización de entidades de certificación

MR461D

Autorización para el empleo de la identificación de garantía de la Comunidad Autónoma de Galicia

MR501A

Inscripción en el Registro de Explotaciones Avícolas no Comerciales

MR501C

Reconocimiento e inscripción en el Registro Gallego de Asociaciones de Criadores para la Gestión de los Libros Genealógicos de Razas Ganaderas Autóctonas de Galicia

MR502A

Registro de Operadores Comerciales de Ganado

MR504A

Registro de Transportistas y Vehículos para Transporte de Animales Vivos

MR505A

Autorización del veterinario para expedición de autorizaciones de traslado de animales

MR509A

Reconocimiento y registro de agrupaciones de defensa sanitaria ganaderas

MR510A

Reconocimiento de la persona veterinaria responsable o colaborador/a de los programas sanitarios de la ADSG

MR511A

Modificación del Programa sanitario de las agrupaciones de defensa sanitaria ganaderas

MR512A

Mantenimiento del reconocimiento y registro de agrupaciones de defensa sanitaria ganaderas

MR513A

Fusiones de agrupaciones de defensa sanitaria ganaderas

MR514A

Integración de explotaciones pertenecientes a un ayuntamiento diferente de aquel donde una ADSG esté reconocida

MR515A

Declaración censal anual de explotaciones ganaderas. Equino

MR515B

Declaración censal anual de explotaciones ganaderas. Porcino

MR515C

Declaración censal anual de explotaciones ganaderas. Cunícola

MR515D

Declaración censal anual de explotaciones ganaderas. Avícola

MR515E

Declaración censal anual de explotaciones ganaderas. Apicultura

MR515F

Declaración censal anual de explotaciones ganaderas. Granjas de peletería

MR515G

Declaración censal anual de explotaciones ganaderas. Piscicultura

MR515H

Declaración censal anual de explotaciones ganaderas. Pequeños rumiantes

MR516A

Autorización y registro de explotación apícola

MR516C

Programas sanitarios excepcionales y de investigación o experimentación en apicultura

MR516D

Asentamientos apícolas en trashumancia

MR516E

Asentamientos apícolas

MR543A

Censo de productores de cultivos relacionados con la peste del organismo nocivo tuta absoluta (Meyrick)

MR560A

Autorización de entidades que imparten cursos de capacitación de personal que trabaja con animales para experimentación y otros fines científicos, incluida la docencia

MR560B

Inscripción en el registro de los centros de cría, suministradores y usuarios de animales de experimentación

MR561A

Autorización de laboratorios de autocontrol de salmonelas en las explotaciones ganaderas

MR561B

Renovación de la autorización de laboratorios de autocontrol de salmonelas en las explotaciones ganaderas

MR608A

Autorización de materiales de base para la producción de materiales forestales de reproducción para su comercialización con destino a la silvicultura

MR610A

Autorización para la utilización del fuego en la eliminación de restos de aprovechamientos forestales o silvícolas en zonas de especial riesgo de incendios forestales (ZER)

MR615A

Autorización de uso de maquinaria no forestal ni agrícola en las zonas próximas a los montes

MR621A

Inscripción en el Registro Oficial de Proveedores de Material Forestal de Reproducción de Galicia

MR621B

Inscripción en el Registro de Campos de Plantas Madre de Galicia

MR621C

Notificación de obtención de material forestal de reproducción para propagación vegetativa ulterior

MR621D

Notificación previa de recogida de frutos, semillas, plantas y partes de plantas

MR621E

Notificación posterior a la recogida de frutos, semillas, plantas y partes de plantas

MR621F

Notificación previa a la extracción y acondicionamiento de semillas

MR621G

Notificación posterior a la extracción y acondicionamiento de semillas

MR621H

Declaración de sembrado/propagación vegetativa

MR621I

Notificación de producción de planta

MR621J

Notificación de mezcla de lotes

MR621K

Declaración anual de materiales forestales de reproducción

MR631A

Registro oficial de empresas autorizadas para la recepción de productos forestales provenientes de las zonas demarcadas

MR673A

Registro de Sociedades de Fomento Forestal

PE101A

Autorizaciones de construcción y modernización de buques pesqueros

PE401A

Permiso de explotación para embarcación

PE401B

Permiso de explotación a pie (general, percebe o poliquetos)

PE401C

Traslado del permiso de explotación para embarcación

PE401D

Permiso de explotación para el marisqueo a pie con utilización de una embarcación auxiliar

PE401E

Transmisión del permiso de explotación de embarcaciones

PE401F

Modalidad de marisqueo de percebe en el permiso de explotación para embarcación

PE401G

Cambio de puerto base

PE402B

Inscripción en el censo de embarcaciones autorizadas en la reserva marina Os Miñarzos

PE402C

Inscripción en el censo de embarcaciones autorizadas en la reserva marina Ría de Cedeira

PE403F

Autorización para la expedición de documentos por medio de talonarios

PE403G

Marca de calidad PescadeRías, de onde se non?

PE404A

Concesión del permiso de inmersión de especies marinas

PE405B

Autorización para inmersión y concursos o campeonatos de pesca marítima de recreo

PE501A

Autorización administrativa para la explotación de bancos naturales en dominio público

PE502D

Concesiones temporales de carácter experimental en zona marítima

PE503A

Permiso de actividad para las instalaciones de establecimientos de acuicultura en la parte litoral e interior de la zona terrestre, o para su modificación sustancial en la parte litoral

PE503B

Autorización para la ampliación o remodelación de establecimientos de acuicultura en la zona terrestre, que no afecten al dominio público o al volumen de la edificación

PE504A

Prórroga de establecimientos de cultivos marinos y auxiliares

PE504E

Prórroga de las concesiones experimentales

PE505A

Autorización para cambios de sistema en viveros de cultivos marinos

PE506A

Autorizaciones para cambios de localización de viveros

PE506B

Permuta de puntos de fondeo entre viveros de cultivos marinos

PE507A

Autorización para cambios de dominio de establecimientos de cultivos marinos y auxiliares-transmisión inter vivos del permiso

PE507B

Autorización para cambios de dominio de establecimientos de cultivos marinos y auxiliares-transmisión mortis causa del permiso

PE507E

Autorización para cambios de dominio mortis causa de viveros experimentales

PE508A

Autorizaciones para cambios de especies en los viveros

PE510A

Autorizaciones para ampliaciones de especies autorizadas en establecimientos de acuicultura ubicados en la zona terrestre y marítimo-terrestre

PE512A

Traslado de moluscos entre viveros de la misma provincia

PE512B

Traslado de moluscos entre viveros ubicados en distinta provincia

PE515A

Autorización extracción de semilla de mejillón por los concesionarios de los viveros

PE515B

Habilitación para la extracción de semilla de mejillón mediante acuerdo entre concesionarios de viveros o sus asociaciones y las cofradías de pescadores o agrupaciones de mariscadores

PE616A

Tarjeta de identidad marítima náutica de recreo

PE621A

Autorización de intervención subacuática

PE621B

Tarjeta de buceo profesional

PE621C

Certificado de especialidad de buceo profesional

PE621D

Libro diario de buceo profesional

PE621E

Curso para la expedición de la tarjeta de buceo profesional

PE621F

Curso para la expedición de la certificación profesional para extracción de recursos específicos con técnicas de buceo

PE621G

Tarjeta de la certificación profesional para extracción de recursos específicos con técnicas de buceo

PE624A

Registro de buques de pesca y otros recursos marinos vivos; auxiliares de pesca, de explotaciones de acuicultura y artefactos dedicados al cultivo o estabulación de especies marinas

PE627A

Autorización de venta de productos pesqueros que no sean objeto de primera venta en lonja

PE713A

Permiso de inmersión de organismos en los centros de acuicultura de aguas continentales

PE715B

Anotación en el Registro de Centros de Acuicultura