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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 107 Martes, 9 de junio de 2015 Pág. 22275

III. Otras disposiciones

Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

ORDEN de 22 de mayo de 2015 por la que se declaran de utilidad pública diversas asociaciones inscritas en el Registro Provincial de Asociaciones de Pontevedra.

Por iniciativa de las correspondientes asociaciones, podrán ser declaradas de utilidad pública aquellas que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 32 de la Ley orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del derecho de asociaciones.

El Decreto 157/2008, de 10 de julio, sobre asunción de funciones de la Administración del Estado traspasadas a la Comunidad Autónoma de Galicia, mediante el Real decreto 1080/2008, de 30 de junio, en materia de declaración de utilidad pública de asociaciones, asigna estas funciones a la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, estableciendo que será competente para resolver el procedimiento de declaración de utilidad pública la persona titular de la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, después de la instrucción del procedimiento por el órgano correspondiente.

Previa solicitud de las asociaciones, fueron instruidos los expedientes de conformidad con lo previsto en el Real decreto 1740/2003, de 19 de diciembre, sobre procedimientos relativos a asociaciones de utilidad pública, y en los mismos consta la documentación y los informes previstos en la citada norma.

De conformidad con los informes favorables de declaración de utilidad pública emitidos por el instructor de los expedientes,

RESUELVO:

Primero. Declarar de utilidad pública la Asociación Amizade, inscrita en el Registro Provincial de Asociaciones de Pontevedra con el número 1988/1675-1.

Segundo. Declarar de utilidad pública la Federación de Asociaciones de Minusválidos Físicos de la Provincia de Pontevedra (Cogami), inscrita en el Registro Provincial de Asociaciones de Pontevedra con el número 1989/22-2.

Contra esta orden, que pone fín a la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante la sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, pudiendo interponer previamente recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes, según lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimento administrativo común.

Santiago de Compostela, 22 de mayo de 2015

Alfonso Rueda Valenzuela
Vicepresidente y conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia