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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 40 Lunes, 27 de febrero de 2017 Pág. 9869

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO (4125/2016).

Yo, María Isabel Freire Corzo, letrada de la Administración de justicia de la Sección número 1 de la Sala Segunda de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber que en el procedimiento de recurso de suplicación 4125/2016 de esta sección, seguido a instancia de Gustavo Antonio Martínez Fernández, Eladio López Graña y Noelia Vázquez Piñeiro contra el Fogasa, Indika Auditoría e Inspección, S.L. y Axoca Grupo de Inspección y Control de Seguridad Industrial, S.L., sobre incidentes de ejecución, se ha dictado resolución cuya parte dispositiva es del tenor literal que sigue:

«Fallamos:

Que, desestimando el recurso de suplicación interpuesto por los actores-ejecutantes Noelia Vázquez Piñeiro, Gustavo Antonio Martínez Fernández y Eladio López Graña, contra el auto del Juzgado de lo Social número 2 de Ferrol, de fecha 5 de mayo de 2016, que denegó la extensión de la presente ejecución contra la empresa Indika, Auditoría e Inspección, S.L., debemos confirmar y confirmamos la referida resolución.

Notifíquese esta resolución a las partes y a la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, a los que se hará saber que contra la misma sólo cabe recurso de casación para la unificación de doctrina, que se preparará por escrito ante esta sala de lo social, dentro de los diez días siguientes a la notificación de esta sentencia, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 218 y siguientes de la Ley reguladora de la jurisdicción social. Y una vez firme, expídase certificación para constancia en el rollo que se archivará en este tribunal, incorporándose al correspondiente libro de sentencias, previa devolución de los autos al Juzgado de lo Social de procedencia.

Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos».

Y para que sirva de notificación en legal forma a la entidad Axoca Grupo de Inspección y Control, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo en el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 26 de enero de 2017

La letrada de la Administración de justicia