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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 42 Miércoles, 1 de marzo de 2017 Pág. 10437

III. Otras disposiciones

Consellería del Mar

RESOLUCIÓN de 15 de febrero de 2017, de la Dirección General de Desarrollo Pesquero, por la que se convocan exámenes ordinarios teóricos y prácticos para la obtención de las titulaciones que habilitan para el gobierno de las embarcaciones de recreo y motos náuticas en la Comunidad Autónoma de Galicia.

De conformidad con lo establecido en la Orden da Consellería de Pesca y Asuntos Marítimos de 8 de enero de 2009, por la que se establecen las condiciones y se regulan los requisitos para la obtención de los títulos que habilitan para el gobierno de las embarcaciones de recreo en la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG núm. 11, de 16 de enero) y el Real decreto 259/2002, de 8 de marzo, por el que se actualizan las medidas de seguridad en la utilización de las motos náuticas (BOE núm. 61, de 12 de marzo), y en el Real decreto 875/2014, de 10 de octubre, por el que se regulan las titulaciones náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo (BOE núm. 247, de 11 de octubre), esta dirección general en el uso de las facultades que le confiere el Decreto 168/2015, de 13 de noviembre, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consellería del Mar (DOG núm. 221, de 19 de noviembre) resuelve convocar los exámenes teóricos y prácticos ordinarios para la obtención de los títulos que habilitan para el gobierno de las embarcaciones de recreo de patrón/patrona para navegación básica, patrón/patrona de embarcaciones de recreo, patrón/patrona de yate, capitán/capitana de yate, patrón/patrona de moto náutica A y patrón/patrona de moto náutica B, conforme a las siguientes normas:

1. Objeto.

El objeto de esta resolución es establecer los requisitos para acceder a las pruebas ordinarias teóricas y prácticas, así como fijar las fechas y los lugares de realización de las citadas pruebas para obtener los títulos que habilitan para el gobierno de las embarcaciones de recreo y motos náuticas en la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2017.

2. Normas generales.

Los exámenes teóricos y prácticos los realizarán los tribunales que se constituyan de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Orden de 28 de noviembre de 2007, por la que se regula la composición de los tribunales para la obtención de titulaciones marítimo pesqueras y náutico deportivas (DOG núm. 243, de 18 de diciembre).

3. Edad mínima.

El título de patrón/patrona para navegación básica pueden obtenerlo los/las menores de edad que tengan cumplidos los 16 años de edad en el momento de realización de las pruebas, siempre que acrediten, mediante la presentación por escrito del consentimiento de sus padres, madres o tutores/as legales y superen los requisitos teóricos y prácticos exigidos en el Real decreto 875/2014, de 10 de octubre.

Para obtener cualquiera de las otras titulaciones náuticas de recreo los/las interesados/as deberán tener cumplidos los 18 años de edad en el momento en que se realicen las pruebas para la obtención de estos títulos.

4. Solicitudes y documentación complementaria necesaria para presentarse a los exámenes teórico y prácticos.

Los/las candidatos/as solicitarán su admisión al examen teórico o práctico mediante una solicitud dirigida al centro oficial de enseñanza pesquera donde realizará el examen y que figura como anexo I (procedimiento PE616C).

Las personas interesadas deben presentar con la solicitud la siguiente documentación para poder presentarse a los exámenes teórico y prácticos:

a) Reconocimiento psicotécnico, en caso de que sea necesario, de acuerdo con lo dispuesto en el anexo VIII del Real decreto 875/2014, de 10 de octubre.

No será necesario presentar el reconocimiento psicotécnico si transcurrió un período menor de dos años desde la fecha de obtención o renovación de cualquier título, o desde la realización de cualquier otro examen de titulaciones náuticas de recreo.

b) Consentimiento de sus padres, madres o tutores/as legales para los menores de edad que tengan cumplidos los 16 años de edad, en el momento de realización de las pruebas para obtener el título de patrón/patrona para navegación básica.

c) Acreditar el pago de las tasas.

Según lo establecido en la Ley 6/2003, de 9 de diciembre, de tasas, precios y exacciones reguladoras de la Comunidad Autónoma de Galicia (BOE núm. 12, de 14 de enero de 2004) y la Ley 1/2017, de 8 de febrero, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2017 (DOG núm. 28, de 9 de febrero) las tasas por los derechos de examen de las distintas titulaciones de recreo son las siguientes:

c.1. Exámenes teóricos:

– Patrón/patrona para navegación básica: 29,74 €.

– Patrón/patrona de embarcaciones de recreo: 38,29 €.

– Patrón/patrona de yate: 53,64 €.

– Capitán/capitana de yate: 65,09 €.

– Patrón/patrona de moto náutica A o B: 28,89 €.

c.2. Exámenes prácticos:

– Patrón/patrona para navegación básica: 74,33 €.

– Patrón/patrona de embarcaciones de recreo: 74,33 €.

– Patrón/patrona de yate: 111,50 €.

– Capitán/capitana de yate: 111,50 €.

– Patrón/patrona de moto náutica A o B: 83 €.

d) Los/las candidatos/as que se presenten al examen teórico o práctico de seguridad y navegación de capitán/capitana de yate o patrón/patrona de yate deberán presentar copia de estar en posesión del título anterior, si fue expedido fuera de la Comunidad Autónoma de Galicia.

e) Los/las candidatos/as que se presenten al examen teórico complementario del patrón/patrona de embarcaciones de recreo, deben presentar también con la solicitud una copia de estar en posesión del título o del certificado de examen de patrón/patrona para navegación básica, obtenido de acuerdo a lo especificado en el Real decreto 875/2014, de 10 de octubre.

De presentar el certificado de examen tiene que estar expedido por la Comunidad Autónoma de Galicia y solamente tendrán derecho a examinarse en las dos siguientes convocatorias consecutivas ordinarias. A este efecto, las convocatorias extraordinarias serán computadas como ordinarias.

f) Los/las candidatos/as que se presenten al examen de capitán/capitana de yate o patrón/patrona de yate y hayan superado uno de los módulos que conforman el examen teórico de acuerdo al regulado en el Real decreto 875/2014, de 10 de octubre, deberán presentar copia del certificado de examen expedido por la Comunidad Autónoma de Galicia y solamente tendrán derecho a examinarse en las dos siguientes convocatorias consecutivas ordinarias. A este efecto, las convocatorias extraordinarias serán computadas como ordinarias.

No será necesario presentar los documentos que ya habían sido presentados anteriormente siempre que la persona interesada expresara su consentimiento para que sean consultados u obtenidos esos documentos. Para estos efectos, la persona interesada deberá indicar en que momento y ante que órgano administrativo presentó los citados documentos.

En los supuestos de imposibilidad material de obtener el documento, el órgano competente podrá requerirle a la persona interesada su presentación o, en su defecto, la acreditación por otros medios de los requisitos a los que se refiere el documento, con anterioridad al planteamiento de la propuesta de resolución.

La documentación complementaria se presentará preferiblemente por vía electrónica. Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, la Administración podrá requerir la presentación del documento original para el cotejo de la copia electrónica presentada.

Opcionalmente, las personas interesadas podrán presentar la documentación complementaria presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente si se dispone de él.

5. Comprobación de datos.

Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos elaborados por las administraciones públicas:

– Consulta del DNI o NIE del/de la solicitante.

En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo en el cuadro correspondiente habilitado en el formulario de inicio y presentar los documentos.

Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilitara la obtención de los citados datos se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.

6. Presentación de solicitudes.

Las solicitudes se presentarán preferiblemente por vía electrónica a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal

Opcionalmente, se podrán presentar las solicitudes presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

Para la presentación de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidas por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).

La sede electrónica de la Xunta de Galicia tiene a la disposición de las personas interesadas una serie de modelos normalizados para facilitar la realización de trámites administrativos después de la presentación de las solicitudes de inicio. Estos modelos se presentarán por medios electrónicos accediendo a la carpeta del ciudadano de la persona interesada disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia. Cuando las personas interesadas no resulten obligadas a la presentación electrónica de las solicitudes también podrán presentarlos presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

Una vez finalizado el plazo de matrícula de cada convocatoria que aparece indicado en el anexo II, se hará pública el listado provisional de las personas admitidas y excluidas en el portal web de formación de la Consellería del Mar http://mar.xunta.gal/gl/o-mar/investigacion-e-formacion/formacion/informacion-do-alumnado y en los tablones de anuncios de cada centro oficial de enseñanza pesquero, dando un plazo de 10 días hábiles para que las personas excluidas puedan emendar las deficiencias, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

7. Protección de datos.

De conformidad con la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, los datos personales recogidos en la tramitación de esta disposición, cuyo tratamiento y publicación se autoriza por las personas interesadas mediante la presentación de las solicitudes, serán incluidos en un fichero denominado «Titulaciones», cuyo objeto es gestionar el presente procedimiento, así como informar a las personas interesadas sobre su desarrollo. El órgano responsable de este fichero es la Secretaría General Técnica de la Consellería del Mar. Los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición se podrán ejercer ante la Secretaría General Técnica mediante el envío de una comunicación a la siguiente dirección: San Caetano, s/n, 15781 Santiago de Compostela, o a través de un correo electrónico a la sxt.mar@xunta.gal

8. Fechas y lugares de examen.

Las fechas de los exámenes teóricos y prácticos, así como los lugares donde se realizarán aparecen indicados en el anexo II.

En el caso de no presentarse al examen no dará lugar al cambio o la devolución de la matrícula.

9. Tribunales.

La Dirección General de Desarrollo Pesquero, una vez publicada el listado definitivo de aspirantes a los exámenes en las distintas titulaciones, nombrará los tribunales para la realización de las pruebas, e indicará las horas de los exámenes en el tablón de anuncios del centro de enseñanza y en el portal web de formación de la Consellería del Mar.

10. Desarrollo de las pruebas.

Finalizados los exámenes teóricos, el/la secretario/a del tribunal publicará en el tablón de anuncios del centro de enseñanza y en el portal web de formación de la Consellería del Mar una copia del examen y la hoja con las respuestas correctas, con el fin de que los/las interesados/as puedan comprobar el resultado de su ejercicio.

Realizadas las pruebas de seguridad y navegación del examen práctico el/la presidente/a del tribunal comunicará a los/las interesados/as el resultado de estas con la calificación de apto/a o no apto/a.

Una vez corregidos los exámenes teóricos, el tribunal hará públicas en el tablón de anuncios del centro de enseñanza las listas provisionales de las calificaciones, así como en el portal web de formación de la Consellería del Mar. También publicarán en los mismos sitios los resultados de las pruebas prácticas de seguridad y navegación.

Los/las interesados/as dispondrán de un plazo de 10 días hábiles desde la publicación en el portal web de formación de la Consellería del Mar para formular reclamaciones ante el tribunal contra las calificaciones provisionales.

Una vez resueltas las reclamaciones presentadas, el/la presidente/a del tribunal dictará una resolución con la lista de las personas que superaron las pruebas teóricas y otra con las personas que superaron las pruebas prácticas de seguridad y navegación. Estas resoluciones serán publicadas en el tablón de anuncios del centro y en el portal web de formación de la Consellería del Mar. No obstante, para los actos de trámite individualizados que puedan surgir en el procedimiento, se estará al dispuesto en el artículo siguiente.

11. Notificaciones para actos de trámite individualizados que puedan surgir en el procedimiento.

Las notificaciones de resoluciones y actos administrativos se practicarán preferentemente por medios electrónicos y, en todo caso, cuando las personas interesadas resulten obligadas a recibirlas por esta vía. Las personas interesadas que no estén obligadas a recibir notificaciones electrónicas podrán decidir y comunicar en cualquier momento que las notificaciones sucesivas se practiquen o dejen de practicar por medios electrónicos.

Las notificaciones electrónicas se realizarán mediante el Sistema de notificación electrónica de Galicia-Notifica.gal disponible a través de la sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.gal). Este sistema remitirá a las personas interesadas avisos de la puesta a disposición de las notificaciones a la cuenta de correo y/o teléfono móvil que consten en la solicitud. Estos avisos no tendrán, en ningún caso, efectos de notificación practicada y su falta no impedirá que la notificación sea considerada plenamente válida.

La persona interesada deberá manifestar expresamente la modalidad escogida para la notificación (electrónica o en papel). En el caso de personas interesadas obligadas a recibir notificaciones sólo por medios electrónicos deberán optar en todo caso por la notificación por medios electrónicos, sin que sea válida, ni produzca efectos en el procedimiento, una opción diferente.

Las notificaciones por medios electrónicos se entenderán practicadas en el momento en el que se produzca el acceso a su contenido. Cuando la notificación por medios electrónicos sea de carácter obligatorio, o fuera expresamente elegida por el interesado, se entenderá rechazada cuando transcurrieran diez días naturales desde la puesta a disposición de la notificación sin que se acceda a su contenido.

Si el envío de la notificación electrónica no fuera posible por problemas técnicos, la Administración general y las entidades del sector público autonómico practicarán la notificación por los medios previstos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

12. Requisitos para la obtención de los títulos.

Para obtener el título de recreo correspondiente, además de superar estas pruebas los/las interesados/as deberán reunir los requisitos establecidos en el Real decreto 875/2014, de 10 de octubre, por el que se regulan las titulaciones náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo.

13. Temarios de examen.

Los temarios oficiales de examen para las titulaciones de capitán/capitana de yate, patrón/patrona de yate, patrón/patrona de embarcaciones de recreo, patrón/patrona para navegación básica, son los recogidos en el anexo II del Real decreto 875/2014, de 10 de octubre.

Los temarios correspondientes para obtener la titulación de patrón/patrona de motonáutica A y B, están recogidos en el anexo I y II del Real decreto 259/2002, de 8 de marzo.

14. Criterios de corrección.

Los criterios de corrección de los exámenes de cada titulación aparecen indicados en el Real decreto 875/2014, de 10 de octubre, y en el anexo III de la Resolución de 16 de enero de 2017, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se convocan para el primer trimestre de 2017, exámenes teóricos ordinarios para la obtención de las titulaciones náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo y motos náuticas.

15. Recursos.

Contra las resoluciones del/de la presidente/a del tribunal los/las interesados/as podrán interponer recurso de alzada ante la conselleira del Mar, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación del listado de las notas definitivas en el portal web de formación de la Consellería del Mar.

Contra la resolución de esta convocatoria podrán los/las interesados/as interponer recurso de alzada ante la conselleira del Mar, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 15 de febrero de 2017

Susana Rodríguez Carballo
Directora general de Desarrollo Pesquero

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ANEXO II

Convocatoria de mayo de 2017.

Matrícula: del 27 de marzo al 18 de abril de 2017, ambos inclusive.

Titulación

Examen teórico

Examen práctico

Centros de enseñanza donde se realizarán los exámenes teóricos y prácticos

Patrón/patrona para navegación básica

22 de mayo

29 de mayo

Instituto Politécnico Marítimo-Pesquero del Atlántico de Vigo (avda. Beiramar, 55, 36202 Vigo. Teléf.: 886 11 08 25/886 11 08 26)

Escuela Oficial Náutico-Pesquera de Ferrol (c/ 19 de febreiro,

30-34, 15405 Ferrol. Teléf.: 881 93 82 12/881 93 82 13)

Escuela Oficial Náutico-Pesquera de Ribeira (c/ dos Estudantes, 7, 15960 Ribeira. Teléf.: 881 86 63 17/881 86 63 24)

Patrón/patrona de embarcaciones de recreo

23 de mayo

29 de mayo

Instituto Politécnico Marítimo-Pesquero del Atlántico de Vigo

Escuela Oficial Náutico-Pesquera de Ferrol

Escuela Oficial Náutico-Pesquera de Ribeira

Patrón/patrona de yate

24 de mayo

29 de mayo

Instituto Politécnico Marítimo-Pesquero del Atlántico de Vigo

Escuela Oficial Náutico-Pesquera de Ferrol

Escuela Oficial Náutico-Pesquera de Ribeira

Capitán/capitana de yate

25 de mayo

29 de mayo

Instituto Politécnico Marítimo-Pesquero del Atlántico de Vigo

Patrón/patrona de moto náutica A o B

29 de mayo

29 de mayo

Instituto Politécnico Marítimo-Pesquero del Atlántico de Vigo

Convocatoria de septiembre de 2017.

Matrícula: del 20 de julio al 10 de agosto de 2017, ambos inclusive.

Titulación

Examen teórico

Examen práctico

Centros de enseñanzas donde se realizarán los exámenes teóricos y prácticos

Patrón/patrona para navegación básica

11 de septiembre

15 de septiembre

Instituto Politécnico Marítimo-Pesquero del Atlántico de Vigo (avda. Beiramar, 55, 36202 Vigo. Teléf.: 886 11 08 25/886 11 08 26)

Escuela Oficial Náutico-Pesquera de Ferrol (c/ 19 de febreiro,

30-34, 15405 Ferrol. Teléf.: 881 93 82 12/881 93 82 13)

Escuela Oficial Náutico-Pesquera de Ribeira (c/ dos Estudantes, 7, 15960 Ribeira. Teléf.: 881 86 63 17/881 86 63 24)

Patrón/patrona de embarcaciones de recreo

12 de septiembre

15 de septiembre

Instituto Politécnico Marítimo-Pesquero del Atlántico de Vigo

Escuela Oficial Náutico-Pesquera de Ferrol

Escuela Oficial Náutico-Pesquera de Ribeira

Patrón/patrona de yate

13 de septiembre

15 de septiembre

Instituto Politécnico Marítimo-Pesquero del Atlántico de Vigo

Escuela Oficial Náutico-Pesquera de Ferrol

Escuela Oficial Náutico-Pesquera de Ribeira

Capitán/capitana de yate

14 de septiembre

15 de septiembre

Instituto Politécnico Marítimo-Pesquero del Atlántico de Vigo