BDNS (Identif.): 338244.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones:
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Entidades beneficiarias
Grupo I. Geotermia.
Entidades beneficiarias |
Administración local |
Pequeñas y medianas empresas, sus agrupaciones y asociaciones |
Ayudas a personas físicas y entidades sin ánimo de lucro |
Grupo II. Aerotermia.
Entidades beneficiarias |
Pequeñas y medianas empresas, sus agrupaciones y asociaciones |
Personas físicas y entidades sin ánimo de lucro |
Grupo III. Solar térmica.
Entidades beneficiarias |
Pequeñas y medianas empresas, sus agrupaciones y asociaciones |
Personas físicas y entidades sin ánimo de lucro |
Grupo IV. Aerotermia y solar térmica (Administración).
Entidades beneficiarias |
Administración pública autonómica y local |
Segundo. Objeto
1. Aprobar las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a las zonas rurales, para la creación, mejora y ampliación de pequeñas infraestructuras para proyectos de energías renovables, cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del PDR de Galicia 2014-2020, para el ejercicio 2017, que se adjuntan a esta resolución como anexo I.
2. Aprobar los formularios para la gestión de la convocatoria del año 2017 que se adjuntan a esta resolución como anexos II a VI.
3. Convocar para el año 2017, en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 19.1 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, las subvenciones dirigidas a mejorar los servicios básicos y renovación de la población en las zonas rurales para proyectos de energías renovables.
Tercero. Bases reguladoras y convocatoria
Resolución de 14 de marzo de 2017 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para la creación, mejora y ampliación de pequeñas infraestructuras para proyectos de energías renovables, cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del PDR de Galicia 2014-2020, y se anuncia la convocatoria para el año 2017.
Cuarto. Cuantía
La dotación máxima para financiar esta convocatoria es de 1.380.000 €, que se distribuirá de la siguiente manera:
MEDIDA 7.2 Creación, mejora y expansión de infraestructuras a pequeña escala, incluyendo energía renovable y ahorro energético |
Anualidad 2017 |
Aplicación presupuestaria |
Geotermia |
780.000 € |
|
Ayudas a ayuntamientos |
100.000 |
09.A2.733A.760.2 |
Ayudas a empresas |
280.000 |
09.A2.733A.770.2 |
Ayudas a personas físicas e instituciones sin ánimo de lucro |
400.000 |
09.A2.733A.782.0 |
Aerotermia y solar térmica: |
600.000 € |
|
Ayudas a la Administración general de la Comunidad Autónoma |
50.000 |
09.A2.733A.714.1 |
Ayudas a ayuntamientos |
100.000 |
09.A2.733A.760.3 |
Ayudas a empresas |
250.000 |
09.A2.733A.770.3 |
Ayudas a personas físicas e instituciones sin ánimo de lucro |
200.000 |
09.A2.733A.782.1 |
Total |
1.380.000 € |
2. Este crédito está financiado con fondos del Programa de desarrollo rural de Galicia 2014-2020, que asciende a 1.380.000 €, de los cuales el 75 % procede del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco de la medida 7, Actuaciones dirigidas a la mejora de los servicios básicos y renovación de la población en las zonas rurales, y de la submedida 2 Creación, mejora y expansión de infraestructuras a pequeña escala, incluyendo energía renovable y ahorro energético, el 7,50 % procede de los presupuestos generales del Estado y el 17,50 %, de los presupuestos de la Comunidad Autónoma.
4. El crédito máximo, según el tipo de beneficiario y tecnología, será el siguiente:
Grupo I: Geotermia.
Entidades beneficiarias |
Presupuesto |
Administración local |
100.000 € |
Pequeñas y medianas empresas, sus agrupaciones y asociaciones |
280.000 € |
Ayudas a personas físicas y entidades sin ánimo de lucro |
400.000 € |
Total |
780.000 € |
Grupo II. Aerotermia.
Entidades beneficiarias |
Presupuesto |
Pequeñas y medianas empresas, sus agrupaciones y asociaciones |
175.000 € |
Personas físicas y entidades sin ánimo de lucro |
150.000 € |
Total |
325.000 € |
Grupo III. Solar térmica.
Entidades beneficiarias |
Presupuesto |
Pequeñas y medianas empresas, sus agrupaciones y asociaciones |
75.000 € |
Personas físicas y entidades sin ánimo de lucro |
50.000 € |
Total |
125.000 € |
Grupo IV. Aerotermia y solar térmica (Administración).
Entidades beneficiarias |
Presupuesto |
Administración pública autonómica y local |
150.000 € |
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
Las solicitudes se presentarán conforme al modelo del anexo II de esta resolución, junto con la documentación que se indica en las bases reguladoras. El plazo para presentar las solicitudes será de un (1) mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de las presentes bases en el Diario Oficial de Galicia.
Se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación. Si el último día del plazo fuese inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.
Santiago de Compostela, 14 de marzo de 2017
Ángel Bernardo Tahoces
Director del Instituto Energético de Galicia