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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 58 Jueves, 23 de marzo de 2017 Pág. 14015

III. Otras disposiciones

Instituto Energético de Galicia

EXTRACTO de la Resolución de 14 de marzo de 2017 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para la creación, mejora y ampliación de pequeñas infraestructuras para proyectos de energías renovables, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del PDR de Galicia 2014-2020, y se anuncia la convocatoria para el año 2017.

BDNS (Identif.): 338244.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones:

(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Entidades beneficiarias

Grupo I. Geotermia.

Entidades beneficiarias

Administración local

Pequeñas y medianas empresas, sus agrupaciones y asociaciones

Ayudas a personas físicas y entidades sin ánimo de lucro

Grupo II. Aerotermia.

Entidades beneficiarias

Pequeñas y medianas empresas, sus agrupaciones y asociaciones

Personas físicas y entidades sin ánimo de lucro

Grupo III. Solar térmica.

Entidades beneficiarias

Pequeñas y medianas empresas, sus agrupaciones y asociaciones

Personas físicas y entidades sin ánimo de lucro

Grupo IV. Aerotermia y solar térmica (Administración).

Entidades beneficiarias

Administración pública autonómica y local

Segundo. Objeto

1. Aprobar las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a las zonas rurales, para la creación, mejora y ampliación de pequeñas infraestructuras para proyectos de energías renovables, cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del PDR de Galicia 2014-2020, para el ejercicio 2017, que se adjuntan a esta resolución como anexo I.

2. Aprobar los formularios para la gestión de la convocatoria del año 2017 que se adjuntan a esta resolución como anexos II a VI.

3. Convocar para el año 2017, en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 19.1 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, las subvenciones dirigidas a mejorar los servicios básicos y renovación de la población en las zonas rurales para proyectos de energías renovables.

Tercero. Bases reguladoras y convocatoria

Resolución de 14 de marzo de 2017 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para la creación, mejora y ampliación de pequeñas infraestructuras para proyectos de energías renovables, cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del PDR de Galicia 2014-2020, y se anuncia la convocatoria para el año 2017.

Cuarto. Cuantía

La dotación máxima para financiar esta convocatoria es de 1.380.000 €, que se distribuirá de la siguiente manera:

MEDIDA 7.2 Creación, mejora y expansión de infraestructuras a pequeña escala, incluyendo energía renovable y ahorro energético

Anualidad 2017

Aplicación presupuestaria

Geotermia

780.000 €

 

Ayudas a ayuntamientos

100.000

09.A2.733A.760.2

Ayudas a empresas

280.000

09.A2.733A.770.2

Ayudas a personas físicas e instituciones sin ánimo de lucro

400.000

09.A2.733A.782.0

Aerotermia y solar térmica:

600.000 €

 

Ayudas a la Administración general de la Comunidad Autónoma

50.000

09.A2.733A.714.1

Ayudas a ayuntamientos

100.000

09.A2.733A.760.3

Ayudas a empresas

250.000

09.A2.733A.770.3

Ayudas a personas físicas e instituciones sin ánimo de lucro

200.000

09.A2.733A.782.1

Total

1.380.000 €

2. Este crédito está financiado con fondos del Programa de desarrollo rural de Galicia 2014-2020, que asciende a 1.380.000 €, de los cuales el 75 % procede del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco de la medida 7, Actuaciones dirigidas a la mejora de los servicios básicos y renovación de la población en las zonas rurales, y de la submedida 2 Creación, mejora y expansión de infraestructuras a pequeña escala, incluyendo energía renovable y ahorro energético, el 7,50 % procede de los presupuestos generales del Estado y el 17,50 %, de los presupuestos de la Comunidad Autónoma.

4. El crédito máximo, según el tipo de beneficiario y tecnología, será el siguiente:

Grupo I: Geotermia.

Entidades beneficiarias

Presupuesto

Administración local

100.000 €

Pequeñas y medianas empresas, sus agrupaciones y asociaciones

280.000 €

Ayudas a personas físicas y entidades sin ánimo de lucro

400.000 €

Total

780.000 €

Grupo II. Aerotermia.

Entidades beneficiarias

Presupuesto

Pequeñas y medianas empresas, sus agrupaciones y asociaciones

175.000 €

Personas físicas y entidades sin ánimo de lucro

150.000 €

Total

325.000 €

Grupo III. Solar térmica.

Entidades beneficiarias

Presupuesto

Pequeñas y medianas empresas, sus agrupaciones y asociaciones

75.000 €

Personas físicas y entidades sin ánimo de lucro

50.000 €

Total

125.000 €

Grupo IV. Aerotermia y solar térmica (Administración).

Entidades beneficiarias

Presupuesto

Administración pública autonómica y local

150.000 €

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

Las solicitudes se presentarán conforme al modelo del anexo II de esta resolución, junto con la documentación que se indica en las bases reguladoras. El plazo para presentar las solicitudes será de un (1) mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de las presentes bases en el Diario Oficial de Galicia.

Se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación. Si el último día del plazo fuese inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.

Santiago de Compostela, 14 de marzo de 2017

Ángel Bernardo Tahoces
Director del Instituto Energético de Galicia