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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 112 Miércoles, 14 de junio de 2017 Pág. 29041

III. Otras disposiciones

Agencia para la Modernización Tecnológica de Galicia

RESOLUCIÓN de 6 de junio de 2017 por la que se efectúa una convocatoria para la obtención de la certificación gallega de competencias digitales en ofimática, tras el seguimiento de un curso de preparación en la modalidad de teleformación.

De acuerdo con el previsto en la Orden de 29 de abril de 2014, por lo que se habilita y autoriza a la Red de centros para la modernización tecnológica de Galicia (red CeMIT) para la formación y evaluación de los contenidos formativos que componen el Plan formativo ofimático de Galicia, y dentro de las actuaciones y objetivos del Plan de inclusión digital de Galicia, se anuncia la convocatoria de un curso de preparación para la obtención de la certificación gallega de competencias digitales en ofimática, que se desarrollará de acuerdo con las siguientes bases:

Primera. Objeto

Obtener la certificación gallega de competencias digitales en ofimática, regulada por el Decreto 218/2011, de 17 de noviembre (DOG núm. 229, de 30 de noviembre), tras la adquisición, mediante un curso de preparación en la modalidad de teleformación, de las capacidades que constituyen el Plan formativo ofimático de Galicia y su posterior evaluación a través de la correspondiente prueba presencial.

Segunda. Destinatarios

Personas mayores de 16 años o que los cumplan antes del final del plazo de inscripción.

Tercera. Organización del curso

1. Número de plazas: 180.

2. Duración: 12 semanas (190 horas lectivas).

3. Modalidad: teleformación titorizada a través de la plataforma EMA de la red CeMIT.

4. Fechas de realización: de 4 de septiembre al 26 de noviembre de 2017.

Cuarta. Contenido

1. En el curso se desarrollarán los siguientes temas:

• Sistema operativo, búsqueda de la información: internet/intranet y correo electrónico (30 horas).

• Aplicaciones informáticas de tratamiento de textos. LibreOffice Writer (30 horas).

• Aplicaciones informáticas de hojas de cálculo. LibreOffice Calc (50 horas).

• Aplicaciones informáticas de bases de datos relacionais. LibreOffice Base (50 horas).

• Aplicaciones informáticas para presentaciones: gráficas de información. LibreOffice Impress (30 horas).

2. El temario para la evaluación será el descrito en el módulo formativo MF0233_2 «Ofimática» (190 horas), asociado a la unidad de competencia UC0233_2 Manejar aplicaciones ofimáticas en la gestión de la información y la documentación, del Catálogo nacional de cualificaciones. Las capacidades y criterios de evaluación de dicho módulo formativo pueden consultarse en el Real decreto 558/2011, de 20 de abril, por lo que se complementa el Catálogo nacional de cualificaciones profesionales, mediante el establecimiento de dos cualificaciones profesionales correspondientes a la familia profesional de Administración y Gestión (BOE núm. 109, de 7 de mayo).

Quinta. Solicitudes de participación

1. Las personas que deseen participar en el curso convocado en esta resolución deberán inscribirse a través de internet en la página web de CeMIT (http://cemit.xunta.gal), hasta las 14:00 horas de la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

2. Con carácter previo a la inscripción es necesario darse de alta como usuario/a de la red CeMIT. En esta alta previa es imprescindible facilitar una cuenta personal de correo electrónico.

3. El plazo para la inscripción será de cinco (5) días hábiles a partir del siguiente de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

4. Una vez que finalice el plazo de inscripción y aplicados los criterios de selección que se recogen en la base Sexta, se publicará la relación provisional de personas admitidas en la página web de la red CeMIT (http://cemit.xunta.gal), así como un número adecuado de reservas.

Sexta. Criterios de selección

1. Las 180 plazas disponibles se asignarán correlativamente por orden alfabético entre las personas preinscritas en tiempo y forma aplicando el resultado de un sorteo público que se realizará una vez finalice el plazo de inscripción, y cuyo lugar y fecha de realización se publicitará en la página web de CeMIT (http://cemit.xunta.gal).

2. En el sorteo se extraerán dos letras del abecedario que determinarán, correlativamente, la primera y segunda letra del primero apellido. Las dos extracciones se llevarán a cabo con todas las letras.

3. El orden de prelación comenzará por la persona solicitante cuyo primer apellido comience con las dos letras extraídas, y, si no hubiera ninguna, se continuará por la siguiente persona solicitante por orden alfabética pasando de «ZZ» a «AA».

4. En caso de coincidencia en el primer apellido entre varias personas solicitantes, se acudirá como criterio de desempate al segundo apellido y nombre, por orden alfabético. Cuando los apellidos vayan precedidos de preposiciones, conjunciones o artículos, éstos no serán tenidos en cuenta.

5. Los resultados de este sorteo, así como los listados de personas admitidas provisionalmente con pleno derecho la matriculación y en lista de espera, serán publicados en la web de la red CeMIT para su consulta pública (http://cemit.xunta.gal).

Séptima. Fase de matriculación

1. Las personas admitidas provisionalmente recibirán un correo electrónico confirmatorio con las instrucciones necesarias para proceder a su matriculación.

2. Las personas con pleno derecho a la matriculación deberán abonar en el plazo de cinco (5) días hábiles desde la fecha de publicación de los listados provisionales la tasa correspondiente a los derechos de examen, siendo excluidos aquellos aspirantes que no abonen la citada tasa.

3. Una vez finalizado el plazo para que las personas admitidas provisionalmente abonen los derechos de examen, y en el caso de existir plazas libres, se llamará de la lista de espera hasta cubrir todas las vacantes. Las personas admitidas por este turno deberán abonar la tasa correspondiente a los derechos de examen en el plazo de cinco (5) días hábiles desde la fecha de dicho llamamiento.

4. Las personas que resulten seleccionadas podrán comunicar su renuncia a participar en el desarrollo de la actividad con por lo menos 48 horas de antelación al inicio de ésta. Dicha renuncia deberá comunicarse por correo electrónico a la dirección formacion-cemit@xunta.gal.

Octava. Tasas de examen

1. Según el anexo 1 de la Ley 6/2003, de 9 de diciembre, de tasas, precios y exacciones reguladoras de la Comunidad Autónoma de Galicia, el importe de la tasa para inscribirse en las pruebas de obtención de la certificación gallega de competencias digitales en ofimática será de diez euros con diez céntimos (10,10 euros).

2. Estarán exentas del pago de dicha tasa las personas con derecho a matriculación incluidas dentro de los supuestos de exenciones recogidos en el artículo 23.10 de la Ley 6/2003 de tasas, precios y exacciones reguladoras de la Comunidad Autónoma de Galicia.

3. El justificante de pago de la tasa correspondiente a los derechos de examen, así como cualquier documentación complementaria en el caso de exención, deberá presentarse electrónicamente en la dirección formacion-cemit@xunta.gal, utilizando cualquier procedimiento de copia digitalizada del documento original. En este caso, las copias digitalizadas presentadas garantizarán la fidelidad con el original bajo la responsabilidad de la persona solicitante. La Administración podrá requerir la exhibición del documento original para la comprobación de la validez de la copia electrónica presentada.

Novena. Pruebas de evaluación presencial

1. Las personas que completen la totalidad del curso de preparación dentro del plazo establecido podrán optar voluntariamente a la prueba de la evaluación final convocada por la Amtega, a través de la red CeMIT, para acreditar las capacidades, las destrezas y los conocimientos globales en ofimática con el fin de obtener la certificación gallega de competencias digitales en ofimática, tal y como se recoge en el artículo 6.1 del Decreto 218/2011, de 17 de noviembre, por el que se regula dicha certificación.

El acceso a los contenidos o el seguimiento de este curso de preparación por teleformación no otorga derecho a la expedición de ningún tipo de certificación.

2. Las pruebas presenciales se celebrarán, una vez finalizado el curso, en Santiago de Compostela y, al menos, en un aula CeMIT de cada provincia, según la disponibilidad y fechas que se establezcan en posterior convocatoria que será publicada en la plataforma de teleformación de la red CeMIT (https://cemit.xunta.gal/ema), junto con las condiciones de realización y demás características de dicha prueba.

3. La no comparencia en el lugar y fecha señalado para la realización de las pruebas supondrá la pérdida de los derechos que se puedan derivar de esta convocatoria, no siendo tenidas en cuenta causas de fuerza mayor o cualquier otra causa para subsanar la no comparecencia.

Décima. Facultades de la Amtega

1. Resolver aquellos incidentes que se puedan producir en el desarrollo y gestión de las pruebas de evaluación. Asimismo, le corresponde proveer cuanto sea necesario para la ejecución y cumplimiento de esta resolución.

2. Modificar el desarrollo y contenido de las pruebas, las fechas y los lugares, así como resolver todas las contingencias que puedan surgir.

3. Expedir la certificación gallega de competencias digitales en ofimática a todas aquellas personas que superen la prueba de evaluación final presencial, según lo dispuesto en el Decreto 218/2011, de 17 de noviembre, que regula la citada certificación.

Undécima. Notificaciones

1. Se notificarán a las personas que superen las pruebas de evaluación su resolución preferentemente por medios electrónicos, pudiendo decidir y comunicar en cualquier momento que las notificaciones sucesivas se practiquen o dejen de practicar por medios electrónicos.

2. Las notificaciones electrónicas se realizarán mediante el Sistema de notificación electrónica de Galicia-Notifica disponible a través de la sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.gal). Este sistema remitirá a las personas interesadas avisos de la puesta la disposición de las notificaciones, mediante un correo electrónico dirigido a la cuenta de correo que conste en la solicitud a efectos de notificación.

3. Las notificaciones por medios electrónicos se entenderán practicadas en el momento en que se produzca el acceso a su contenido. Cuando la notificación por medios electrónicos sea de carácter obligatorio, o fuera expresamente elegida por la persona interesada, se entenderá rechazada cuando transcurrieran diez días naturales desde la puesta a la disposición de la notificación sin que se acceda a su contenido.

4. Si el envío de la notificación electrónica no fuera posible por problemas técnicos, la Administración general y del sector público autonómico de Galicia practicará la notificación por los medios previstos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

Duodécima. Datos de carácter personal

1. De conformidad con la Ley orgánica 15/1999, de 13 diciembre, de protección de datos de carácter personal, los datos personales recogidos en la tramitación de este procedimiento serán incluidos en un fichero con el objeto de gestionar el mismo e informar a las personas interesadas sobre su desarrollo, así como para la emisión del correspondiente certificado. El órgano responsable de este fichero es la Agencia para la Modernización Tecnológica de Galicia.

2. Los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición se podrán ejercer ante la Agencia para la Modernización Tecnológica de Galicia, mediante escrito dirigido a la Agencia para la Modernización Tecnológica de Galicia (Amtega), Centro de Innovación Cultural y Modernización Tecnológica de Galicia, Cidade da Cultura de Galicia, Monte Gaiás s/n, 15781 Santiago de Compostela (A Coruña), adjuntando copia de su DNI o, en su caso, acreditando representación suficiente, o a través de un correo electrónico a: lopd.amtega@xunta.gal.

Santiago de Compostela, 6 de junio de 2017

Mar Pereira Álvarez
Directora de la Agencia para la Modernización Tecnológica de Galicia