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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 204 Jueves, 26 de octubre de 2017 Pág. 49854

III. Otras disposiciones

Agencia Gallega de Innovación

RESOLUCIÓN de 17 de octubre de 2017 por la que se actualizan los anteriores anuncios de las resoluciones de 25 de febrero y de 28 de junio de 2016 por las que se invita a las empresas para que manifiesten su interés en acceder a una línea de ayudas para realizar en Galicia proyectos de investigación industrial y de desarrollo experimental dentro de la iniciativa Industria 4.0-captación de inversiones en el período 2016-2020.

La Constitución española, en su artículo 44.2, obliga a los poderes públicos a promover la ciencia y la investigación científica y técnica en beneficio del interés general. Además, establece en el artículo 149.1.15 que el fomento y la coordinación de la investigación científica y técnica son competencia exclusiva del Estado.

Por su parte, el Estatuto de autonomía de Galicia recoge en su artículo 27.19 que corresponde a la Comunidad Autónoma gallega la competencia de fomento de la cultura y de la investigación en Galicia, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 149.2 de la Constitución.

El Decreto 50/2012, de 12 de enero, por el que se crea la Agencia Gallega de Innovación y se aprueban sus estatutos, establece que la Agencia Gallega de Innovación tiene como finalidad fomentar y vertebrar las políticas de innovación en las administraciones públicas gallegas y el apoyo e impulso del crecimiento y de la competitividad de las empresas gallegas a través de la implementación de estrategias y programas de innovación eficientes.

La Estrategia Europa 2020 (EE2020), instrumento de financiación de la I+D+i en la UE desde el año 2014, define el marco general de actuación de las políticas europeas fijando unos determinados modelos tendentes a conseguir un desarrollo inteligente, sostenible e integrador. A su vez, dicha estrategia fija un determinado nivel de gasto a conseguir en I+D en 2020: el 3 %, incluyendo además como objetivo incrementar la contribución privada para lograr alcanzarlo.

Encaminada a su consecución, la UE definió la iniciativa emblemática «Unión por la innovación» potenciando una innovación enfocada a resultados que genere impacto en la economía europea. La Unión por la innovación favorece una nueva orientación basada en la asociación de los actores regionales, nacionales y europeos implicados en toda la cadena de desarrollo de la innovación.

En este contexto, la fabricación avanzada está incluida entre las prioridades de las estrategias europeas y estatales para mejorar la competitividad y el posicionamiento mundial de la industria europea y, como tal, se encuentra recogida en el programa H2020, instrumento de financiación de la I+D+i en la UE desde el año 2014.

A nivel nacional, la Estrategia Industria conectada 4.0 prevé, como generadores de importantes oportunidades y retos que la industria debería aprovechar, los nuevos desarrollos tecnológicos, la hiperconecttividad y la globalización de la economía; aspectos estos que permitirían a la industria evolucionar y posicionarse como un sector fuerte, competitivo y de referencia internacional.

La Estrategia de especialización inteligente de Galicia 2014-2020 (RIS3 Galicia), que fue aprobada por el Consello de la Xunta de Galicia en su reunión de 7 de noviembre de 2013, define el marco para las políticas de investigación e innovación en Galicia para el período 2014-2020 estructurándose alrededor de tres retos que orientarán la definición detallada de la estrategia de actuación, y asociando a cada uno de estos retos unas prioridades y líneas de acción específicas alineadas con los objetivos y con los principales programas de innovación a nivel regional, nacional y europeo, como es el caso de las respectivas agendas digitales o el programa Horizonte 2020.

El segundo de estos retos de la RIS3 Galicia es conseguir un nuevo modelo industrial sustentado en la competitividad y en el conocimiento y aumentar la intensidad tecnológica de la estructura industrial de Galicia a través de la hibridación y las tecnologías facilitadoras esenciales. Para conseguir una industria inteligente en Galicia para 2020 es necesario renovar el tejido productivo gallego en línea con las tendencias internacionales de Fábrica del futuro e Industria 4.0 encuadradas en la llamada «cuarta revolución industrial». Las tecnologías al amparo de estas tendencias internacionales junto con el uso intensivo de las tecnologías facilitadoras (TFE) son esenciales para obtener ese nuevo modelo industrial sustentado en la competitividad y en el conocimiento a través del cual fijar actividad y empleo de alto valor añadido en Galicia. Se pretende, de esta forma, fomentar la innovación en los modelos productivos de los principales sectores industriales gallegos para conseguir una mejora de su productividad de forma sostenible como garantía de su competitividad a nivel internacional.

Orientados a la implementación de esta segunda prioridad en el marco de la RIS3 se definen varios instrumentos de apoyo agrupados dentro del programa Innova en Galicia. Este programa tiene por objetivo que la inversión pública sea un elemento tractor en la movilización y atracción de capital privado para los procesos de innovación gallegos, ya que unas de las principales debilidades del Sistema gallego de innovación es la baja tasa de financiación del sector privado.

La iniciativa industria 4.0-captación de inversiones y el programa Industrias del futuro 4.0, a través del cual se materializó la primera de sus convocatorias, forman parte de este programa Innova en Galicia de la RIS3 junto con otras iniciativas como la Civil UAV Initiative o el Programa de unidades mixtas, todas con un elevado potencial movilizador de la inversión privada para dar respuesta a los retos del futuro a través de alianzas estratégicas con empresas tractoras.

El citado programa Industrias del futuro 4.0 es una apuesta ambiciosa por la innovación como estrategia de desarrollo y se define, igual que la iniciativa de Industria 4.0-captación de inversiones, de manera coordinada con el resto de políticas gallegas en materia de desarrollo industrial en sintonía con la RIS3 Galicia, como sería el caso de la Agenda de competitividad industrial de Galicia: Industria 4.0 y del Plan estratégico de Galicia como herramienta de planificación estratégica que unifica todas las estrategias anteriores. El plan contempla la puesta en marcha de medidas aceleradoras del proceso de transformación del tejido industrial en un tejido avanzado, inteligente y alineado con las tendencias internacionales de la Fábrica inteligente y de la Industria 4.0.

Habida cuenta lo anteriormente expuesto, la Agencia Gallega de Innovación, por Resolución de 25 de febrero de 2016 (DOG núm. 43, de 3 de marzo), procedió a invitar a las grandes empresas para que manifestaran su interés para desarrollar proyectos estratégicos para los intereses industriales gallegos y con un impacto socioeconómico fuerte y de largo rendimiento con una cuantía mínima de 50.000.000 € .

Posteriormente, por Resolución de 28 de junio de 2016, de la Agencia Gallega de Innovación (DOG núm. 126, de 5 de julio), se actualiza el anterior anuncio perfeccionándose algunas de sus características para, sin abandonar los objetivos iniciales de la iniciativa, conseguir una mayor eficiencia y eficacia de los fondos permitiendo el apoyo de proyectos de menor tamaño (20 millones de euros) siempre que presentaran sinergias y complementariedades orientadas a la optimización de la financiación a través de la colaboración entre agentes de I+D+i. En este segundo anuncio se incluyó la posibilidad de participación de organismos de investigación.

A la vista de las manifestaciones de interés recibidas tras la publicación de los citados anuncios, la Agencia Gallega de Innovación, por Resolución de 29 de junio de 2016 (DOG núm. 133, de 14 de julio), estableció, para la anualidad 2016, las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas para el programa Industrias del futuro 4.0, primera convocatoria de la Iniciativa.

Fruto del diálogo abierto hasta el momento con el tejido empresarial a través de los respectivos anuncios y a la vista de las solicitudes presentadas a la primera convocatoria del programa Industrias del futuro 4.0, resulta conveniente actualizar algunas de las características del anuncio en vigor y realizar una nueva invitación a las empresas que potencialmente puedan estar interesadas en este nuevo contexto para trabajar en la definición de nuevas convocatorias de ayudas del programa.

Esta nueva actualización está orientada a la adaptación del apoyo público a los distintos requerimientos de los sectores tractores gallegos. Resultado del diálogo con el tejido empresarial al amparo de esta iniciativa se concluyó que, solamente a través de un enfoque más abierto que permita la adaptación a las especificidades de cada uno de los sectores, se podrá conseguir una idónea integración de la Industria 4.0 en las principales cadenas de valor gallegas. De este modo se reveló cómo necesario:

a) Ampliar el alcance del apoyo público: incluyendo, en el caso de las pymes, la financiación de proyectos de innovación en materia de procesos y organización, así como la inclusión como potenciales beneficiarios las pequeñas empresas.

b) Simplificar algunas de las características de los proyectos objetivo: para aumentar la versatilidad de la iniciativa y asegurar con ello su impacto en la economía gallega.

El objetivo es seguir avanzando en la optimización de la captación de inversión privada para el desarrollo de procesos y productos innovadores que mejoren la competitividad de Galicia, siempre continuando con el apoyo a proyectos estratégicos con un fuerte impacto socioeconómico gracias a su elevada capacidad tractora del tejido industrial gallego pero adaptando, cada vez de una manera más eficiente, las características del apoyo público utilizado como instrumento impulsor.

A través de la incorporación progresiva de las necesidades de los agentes del Sistema gallego de innovación en el marco de la Industria 4.0 que se van materializando a través del diálogo siempre abierto que supone esta iniciativa, y que ya se tradujo en las actualizaciones de su anuncio, se contribuye a avanzar con seguridad en la consecución del Reto 2 de la RIS3 Galicia al contar con la participación de todos en la definición de sus apoyos. Este reto está orientado a conseguir un nuevo modelo industrial para Galicia, sustentado en la competitividad y en el conocimiento, que permitirá la creación de empleo cualificado y el incremento del peso de la actividad industrial sobre el PIB gallego.

Según lo anterior, el presente anuncio previo tiene por finalidad abrir un plazo para la presentación de manifestaciones de interés, adaptadas a las nuevas condiciones que se formulan en esta resolución, con el objetivo de permitir a la Administración gallega conocer si existen empresas interesadas en participar en una eventual segunda convocatoria del programa Industrias del futuro 4.0, así como trabajar en la definición de sus características concretas. De este modo, se continua avanzando en la definición del mejor apoyo público para propuestas empresariales innovadoras de carácter estratégico, permitiendo además que las empresas planifiquen y periodifiquen adecuadamente sus proyectos e inversiones garantizando siempre la máxima transparencia.

Al igual que los anteriores anuncios, este anuncio se encuadra, por lo tanto, en lo dispuesto en el artículo 5.2 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, que establece lo siguiente «La gestión de las subvenciones a que se refiere esta ley se realizará de acuerdo con los siguientes principios:

a) Publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación.

b) Eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados por la Administración otorgante.

c) Eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos».

La invitación es abierta y se dirige a las empresas con capacidad tractora sobre el tejido industrial gallego independientemente de su tamaño, con un establecimiento permanente legalmente constituido en Galicia, que estén interesadas en realizar proyectos que cumplan las características habida cuenta esta nueva actualización. La participación en esta convocatoria no conlleva por parte de la Administración ningún deber de financiación o aceptación de las propuestas presentadas. Los costes derivados de esta participación serán a cargo de los interesados. Las condiciones y características de las futuras convocatorias de subvenciones que se puedan efectuar al amparo del programa Industrias del futuro 4.0 vendrán dadas por lo que se determine en su día en las correspondientes bases reguladoras.

La participación en este procedimiento, los contactos mantenidos con los participantes o los intercambios de información no podrán dar lugar a infracciones de los principios comunitarios de transparencia, igualdad de trato y no discriminación, ni tener como efecto restringir o limitar la competencia, ni otorgar ventajas o derechos exclusivos. La participación en este procedimiento no otorgará derecho ni preferencia alguna respecto de la convocatoria de subvenciones que pueda celebrarse con posterioridad en el ámbito del objeto de esta resolución.

A efectos de la realización de las manifestaciones de interés se tendrá en cuenta que la intensidad, en su caso, de la eventual ayuda para cada futuro beneficiario, no excederá nunca los límites dispuestos en el Reglamento UE 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del tratado.

Las manifestaciones de interés se ajustarán a las condiciones y a los contenidos recogidos en el anexo de esta resolución.

En virtud de lo anterior,

RESUELVO:

Primero. Anunciar que la Agencia Gallega de Innovación está estudiando la convocatoria de subvenciones, a las pymes y grandes empresas, dirigidas a fomentar la realización en Galicia de proyectos de investigación industrial, o de desarrollo experimental, alineados con las tendencias internacionales de la Fábrica del futuro, Fábrica inteligente y de la Industria 4.0 aplicables a nuevos productos o nuevos procesos y con implicación en el emprendimiento innovador y su capacidad para generar y ayudar a un ecosistema innovador. En el caso de las pymes, podrán también formularse proyectos de innovación en materia de procesos y organización.

Segundo. Con carácter previo a la adopción de la decisión de convocatorias de las ayudas se abre un plazo hasta el año 2020 desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Diario Oficial de Galicia para que los operadores económicos que así lo deseen puedan manifestar sus intenciones de inversión en el desarrollo y explotación de resultados en Galicia de los aludidos proyectos, indicando su importe previsible, sectores involucrados, efectos que se pretenden conseguir y consecuencias para la economía de Galicia.

La dimensión mínima de los proyectos de I+D+i que se contemplan en este anuncio previo debe ser superior a los 4 millones de euros. Los presupuestos de los organismos de investigación en los proyectos no deberán ser inferiores al 20 % del coste del proyecto.

Las manifestaciones de interés se dirigirán a la Agencia Gallega de Innovación (plaza de Europa, nº 10-A/6º B, 15707 Santiago de Compostela) y se podrán presentar en cualquiera de los lugares indicados en la legislación de procedimiento administrativo.

Tercero. La participación en este proceso no conlleva por parte de la Administración ningún deber de financiación o aceptación de las propuestas presentadas. Los costes derivados de esta participación serán a cargo de los interesados. Las condiciones y características de las futuras convocatorias de subvenciones que se puedan efectuar vendrán dadas por lo que se determine en su día en las correspondientes bases reguladoras.

Cuarto. La participación en este procedimiento, los contactos mantenidos con los participantes o los intercambios de información no podrán dar lugar a infracciones de los principios comunitarios de transparencia, igualdad de trato y no discriminación, ni tener como efecto restringir o limitar la competencia, ni otorgar ventajas o derechos exclusivos. La participación en este procedimiento no otorgará derecho ni preferencia alguna respeto de la convocatoria de subvenciones que puedan celebrarse con posterioridad en el ámbito del objeto de esta resolución.

Quinto. A efectos de la realización de las manifestaciones de interés se tendrá en cuenta que la intensidad, en su caso, de la eventual ayuda para cada futuro beneficiario, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 25 del Reglamento UE 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio, por lo que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado, no excederá los límites máximos que en él se establecen para los costes subvencionables. No obstante, la intensidad de la ayuda podrá incrementarse en 15 puntos porcentuales si el proyecto implica una colaboración efectiva con uno o varios organismos de investigación y difusión de conocimientos, asumiendo éstos como mínimo el 20 % de los costes subvencionables y teniendo derecho a publicar los resultados de su propia investigación.

Sexto. La Agencia Gallega de innovación estudiará las manifestaciones de interés y proyectos que se presenten a efectos del ejercicio de sus competencias de diseño de futuras convocatorias de ayudas. Se acusará recibo de cada manifestación de interés y se contestará, en un plazo máximo de tres meses desde la presentación de cada manifestación de interés, con una orientación meramente a efectos informativos de la aptitud del proyecto para ser objeto de subvención de acuerdo con la normativa comunitaria y ayudas en esta materia. Durante este período, la Agencia Gallega de Innovación podrá convocar a las empresas interesadas a entrevistas para solicitar aclaraciones del contenido de sus propuestas.

Santiago de Compostela, 17 de octubre de 2017

Patricia Argerey Vilar
Directora de la Agencia Gallega de Innovación

ANEXO
Contenido de la manifestación de interés

Número máximo de páginas excluyendo la portada y el índice: 40.

Tamaño de letra: 11 puntos.

Interlineado: 1,5 líneas.

La manifestación de interés deberá contener los siguientes epígrafes y deberá respetar el orden indicado:

1. Identificación de la empresa y anuncio:

a) Datos de la empresa responsable: razón social, NIF, dirección, persona/s de contacto, teléfono, correo electrónico.

b) Indicar que se trata de una propuesta presentada a la resolución de la Agencia Gallega de Innovación dentro de la Captación de inversiones 4.0.

2. Resumen.

3. Objetivos tecnológicos del proyecto de investigación industrial, de desarrollo experimental o de innovación (éstos sólo para pymes) que se tiene previsto realizar:

a) Establecer de forma explícita y concreta los objetivos del proyecto.

b) Alineamiento con las tendencias internacionales de la Fábrica inteligente y de la Industria 4.0.

4. Descripción técnica y plan de trabajo.

– Si se dispone de ellas se podrá presentar una descripción detallada, alcance y plan de trabajo de las actividades a realizar, organizadas como tareas o hitos y con referencia a los métodos y procedimientos a utilizar.

5. Presupuesto previsto del proyecto.

– Si se dispone de esta información se podrá presentar una cuantificación, descripción y justificación de la necesidad de las distintas partidas de gasto en las que se distribuye el presupuesto del proyecto atendiendo las distintas fases/actividades del proyecto.

6. Explotación de resultados.

a) Identificación del mercado objetivo y previsión de comercialización a nivel nacional e internacional de los resultados del proyecto.

b) Definición de la estrategia de comercialización de los productos y servicios obtenidos.

7. Impacto socioeconómico

a) Justificación de la repercusión del proyecto en la actividad empresarial gallega, contribución al fortalecimiento del tejido empresarial en Galicia. Capacidad de arrastre o movilización de la inversión privada. Plan de reindustrialización e inversiones previstas derivadas de los resultados del proyecto.

b) Impacto del proyecto en términos de mantenimiento y creación de empleo.

c) Implicaciones medioambientales del proyecto.