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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 81 Lunes, 29 de abril de 2019 Pág. 20833

III. Otras disposiciones

Consellería de Política Social

EXTRACTO de la Orden de 26 de abril de 2019 por la que se establecen las bases para la concesión de subvenciones destinadas al programa de movilidad transnacional juvenil Galeuropa dirigido a las personas inscritas en el Sistema nacional de garantía juvenil con cargo al Programa operativo de empleo juvenil, y se procede a su convocatoria para el año 2019.

BDNS (Identif.): 452053.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Beneficiarios/as

BS324A. Personas jóvenes individualmente, inscritas en el Sistema nacional de garantía juvenil (en adelante, SNGJ) y que figuren como beneficiarios, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia.

BS324B. Entidades sin ánimo de lucro con sede permanente o domicilio social en Galicia que desarrollen actividades en el campo de la juventud.

BS324C. Ayuntamientos, agrupaciones de ayuntamientos o mancomunidades de la Comunidad Autónoma de Galicia válidamente constituidas, así como las entidades resultantes de la fusión de municipios a que se refiere la Ley 5/1997, de 22 de julio, de Administración local de Galicia.

Segundo. Objeto

El objeto es la concesión de subvenciones para proyectos de movilidad transnacional dirigidas a la juventud inscrita en el SNGJ en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia, no ocupada ni integrada en los sistemas de educación o formación, para la realización de prácticas formativas no laborales en entidades/empresas públicas o privadas en países europeos, durante un período mínimo de 2 meses y máximo de 3, con un mínimo de 100 horas formativas mensuales.

El período de realización de las prácticas formativas no laborales en las empresas o entidades finalizará en todo caso el 30 de noviembre de 2019.

Tercero. Bases reguladoras y convocatoria

Orden de 26 de abril de 2019 por la que se establecen las bases para la concesión de subvenciones destinadas al programa de movilidad transnacional juvenil Galeuropa dirigido a las personas inscritas en el Sistema nacional de garantía juvenil con cargo al Programa operativo de empleo juvenil, y se procede a su convocatoria para el año 2019.

Cuarto. Cuantía

La cuantía global de la convocatoria es de 1.945.311,00 euros, cofinanciada en un 91,89 % por la Iniciativa de Empleo Juvenil y el Fondo Social Europeo.

La distribución de créditos es la siguiente:

BS324A: 653.819,00 € con cargo a la aplicación 13.05.313A.480.0

BS324B: 941.492,00 € con cargo a la aplicación 13.05.313A.481.0

BS324C: 350.000,00 € con cargo a la aplicación 13.05.313A.460.0

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

Un mes, que se contará a partir del día siguiente al de la publicación de la orden de convocatoria en el Diario Oficial de Galicia. Se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación.

Sexto. Otros datos

Todas las entidades y personas a las cuales se les conceda la subvención recibirán un anticipo del 80 % sobre el total de la cantidad concedida, si así lo solicitan.

La concesión de la subvención se tramita en régimen de concurrencia competitiva y se efectúa, en cada procedimiento, por orden de puntuación hasta agotar el crédito presupuestario.

Las subvenciones están sujetas al régimen de costes simplificados basados en costes unitarios. En la convocatoria se establecen unas tablas con importes que varían en función del país de destino, del número y de la duración de las movilidades, así como del número de personas que participen en los proyectos. Los conceptos subvencionables son:

– En el procedimiento BS324A, gastos para la realización de las prácticas formativas no laborales, incluye costes de alojamiento y manutención de las personas participantes, viaje al país de destino, transporte local y seguros de accidentes y responsabilidad civil, así como el seguro médico y subvenciones para el apoyo lingüístico.

– En los procedimientos BS324B y BS324C, además de los gastos para la realización de las prácticas formativas no laborales (costes de alojamiento y manutención, viaje al país de destino, transporte local y seguros de accidentes y responsabilidad civil, así como el seguro médico de los/as jóvenes participantes), se establecen otros gastos de apoyo a la organización y ejecución de la movilidad que comprende apoyo a aspectos organizativos (que incluyen gastos como la convocatoria, la selección, el apoyo lingüístico y la preparación sociocultural de participantes) y gastos de ejecución de los proyectos (apoyo para los viajes de mentores de la entidad de envío y apoyo para los gastos de la entidad de acogida).

El plazo para justificar las acciones subvencionadas será el 9 de diciembre de 2019.

Santiago de Compostela, 26 de abril de 2019

Fabiola García Martínez
Conselleira de Política Social