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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 48 Jueves, 07 de marzo de 1996 Pág. 1.954

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALES

RESOLUCIÓN de 21 de febrero de 1996, de la Delegación Provincial de Ourense, por la que se dispone la inscripción y la publicación del acuerdo adoptado por la comisión paritaria del convenio colectivo del sector de la construcción de Ourense.

Visto el texto del acuerdo adoptado por la comisión paritaria del convenio colectivo del sector de la construcción (código nº 3200155) de Ourense, (convenio publicado en el BOP nº 125, del 3 de junio de 1995, DOG nº 114, del 15 de junio de 1995), con entrada

en esta delegación provincial, suscrito el día 13 de febrero de 1996, y para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 14 en relación con el artículo 13 del referido texto legal, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2º y 3º de la Ley 8/1980, de 10 de marzo, del Estatuto de los trabajadores, texto refundido aprobado por Real decreto 1/1995, de 24 de marzo, Real decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo y Real decreto 2412/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de trabajo.

Esta delegación provincial,

ACUERDA:

Primero.-Ordenar la inscripción de dicho acuerdo en el libro registro de esta delegación provincial, con notificación a la comisión paritaria del convenio colectivo mencionado.

Segundo.-Ordenar su depósito en el Servicio de Relaciones Laborales, Unidad de Mediación, Arbitraje y Conciliación de esta delegación.

Tercero.-Disponer su publicación en el Diario Oficial de Galicia y el BOP.

Ourense, 21 de febrero de 1996.

Manuel López Casas

Delegado provincial de Ourense

Asistentes:

Por la ACO:

Cesáreo Fernández Ríos

José Antonio Pérez Fernández

Por las centrales sindicales:

José Antonio Fernández Iglesias (CIG)

Miguel Pazo Paramos (CIG)

Orencio González García (CIG)

Anxo Vázquez Penedo (CIG)

Anxo Pérez Carballo (CIG)

Emilio A. Relova Quinteiro (UGT)

Armando dos Santos Teixeira (UGT)

Constantino González Pérez (UGT)

Juan Miguel Muñoz Álvarez (UGT)

Rafael López de la Torre (CC.OO)

En Ourense, siendo las 17 horas del día martes 13 de febrero de 1996, se reúnen en los locales de la ACO los reseñados al margen, previamente convocados al efecto, actuando como presidente Juan Miguel Muñoz Álvarez y como secretario Cesáreo Fernández Ríos, y adoptando, por unanimidad los siguientes acuerdos:

Primero.-Reconocer como IPC oficial del año 1995 el 4,3%.

Segundo.-Proceder, de conformidad con el artículo 14 (cláusula de garantía salarial) en relación con el artículo 13 (incrementos económicos) del convenio provincial de la construcción del pasado año 1995, a fijar el porcentaje de revisión en el 0,5%, diferencia entre el IPC oficial (4,3%) y el 3,8% pactado en el mencionado artículo 14.

Tercero.-Actualizar la tabla salarial, aplicando el incremento del 0,5% (4% anual), aprobandola. Dicha tabla, que formará parte integrante de la presente acta, consta recogida en el anexo I.

Los atrasos de convenio serán abonados por las empresas con la nomina de marzo de 1996.

Cuarto.-Presentar en la Delegación Provincial de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales de la Xunta de Galicia la presente acta y su

anexo, con sus respectivas copias, y para su registro, depósito y publicación en los boletines y diarios oficiales.

Y no habiendo más asuntos que tratar, siendo las 18 horas, se levanta la sesión, previa aprobación, por unanimidad, de todos los acuerdos, y la propia redacción del acta, y una vez firmada por los señores presidente y secretario.

Rubricado

Convenio Colectivo Provincial de Ourense de Construcción. Ajuste salarial sobre el IPC (incremento 0,5%)

MensualPagas extrasAnualHoras

NivelCategoríasSueldo

base

Plus

asistencia

Plus

transporte

Total mesJulioNavidadVacacionesextras

IITitulado superior94.52222.5121.055118.089112.566112.566112.5661.007
IIITitulado medio, jefe 1ª Admtvo.94.10422.0971.046117.247112.238112.238112.2381.007
IVJefe de personal, Ayte. de obra, encargado general93.64621.6341.036116.316111.874111.874111.8741.007
VJefe Adtvo. de 2ª, delineante superior, jefe de compras, encargado taller93.22221.2201.028115.470111.545111.545111.5451.007
VIOficial de 1ª Adtvo., delineante de 1ª, encargado de obra92.76720.7591.019114.545111.184111.184111.1841.007
VIIOficial 2ª Adtvo., delineante de 2ª, práctico topografía de 2ª, capataz91.09619.087989111.172109.868109.868109.868958
VIIIAuxiliar Adtvo. o técnico, oficial de 1ª de oficio89.83617.830964108.630108.907108.907108.907929
IXListero Ayte. topografía, oficial de 2ª de oficio, conserje88.54116.532944106.017107.858107.858107.858894
XVigilante, enfermero, almacenero, guarda jurado, ayudantes de oficios87.24615.237919103.402106.839106.839106.839844
XIPeones especializados85.95313.942896100.791104.665104.665104.665811
XIIPeones ordinarios84.61612.60687798.099103.616103.616103.616780
XIIITrabajadores de 17 años54.1054.91353159.54956.01956.01956.019
XIVTrabajadores menores de 17 años49.1462.97447152.59151.29351.29351.293

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