Por Decreto 142/1996, de 17 de abril, de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales, se aprobó la agrupación voluntaria de los ayuntamientos de Castro de Rei y Cospeito, de la provincia de Lugo, para sostenimiento en común de la plaza de secretaría.
Siendo necesario clasificar los puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional correspondientes a dicha agrupación, esta Consellería de la Presidencia y Administración Pública, de conformidad con lo previsto en el artículo 159 del Real decreto legislativo 781/1996, de 18 de abril, en los artículos 2 y 9 del Real decreto 1732/1994, de 29 de julio, y en uso de las facultades que le atribuye el artículo 13.2.17 de la Ley 4/1988, de 26 de mayo, de la función pública de Galicia,
DISPONE:
Clasificar el puesto de trabajo de secretaría de la agrupación de los ayuntamientos de Castro de Rei y Cospeito, provincia de Lugo, conforme se especifica en el anexo que se acompaña a la presente orden.
Contra la presente resolución, que es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, conforme a lo dispuesto en el artículo 58 de la Ley reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa de 27 de diciembre de 1956, tras comunicarlo a esta consellería, según lo
previsto en el artículo 110.3º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Santiago de Compostela, 6 de junio de 1996.
Dositeo Rodríguez Rodríguez
Conselleiro de la Presidencia y Administración Pública
ANEXO
Corporación: agrupación de los ayuntamientos de Castro de Rei y Cospeito.
-Puesto de trabajo: secretaría.
Clase: segunda.
Subescala: secretaría.
Categoría: entrada.
9605697