Al no ser posible notificar a la interesada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se acuerda la notificación de la resolución por la que se pone fin al procedimiento disciplinario instruido a la auxiliar contratada administrativa con destino en el IFP Fernando Blanco de Cee (A Coruña), Elena Amalia Mayán Caamaño, declarándola incursa en una falta disciplinaria muy grave, de las previstas en el artículo 3 del Reglamento de régimen disciplinario de los funcionarios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia, y acuerda sancionarla con la suspensión de funciones durante tres años, sobre la base de lo dispuesto en el capítulo IV del mismo reglamento, deduciendo de esta sanción los efectos de la suspensión provisional de funciones acordada en su día y haciéndole saber el derecho que la asiste para interponer recurso
contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución.
Santiago de Compostela, 11 de octubre de 1996.
Máximo García Serrano
Secretario general de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria
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