El Pleno Municipal, en sesión celebrada el día 28 de enero de 1997, adoptó el siguiente acuerdo, en ejercicio de la competencia delegada por el artículo 2 de la Ley 7/1995, de 29 de junio, de delegación y distribución de competencias en materia de urbanismo.
1. Aprobar, con carácter definitivo, una modificación puntual del PGOU de este municipio que afecta al ámbito de las unidades de actuación 13 y 14 y que tiene por objeto:
a) La modificación del lindero nordeste de la U.A. 14 reduciendo el ámbito superficial de la misma con objeto de producir un límite normal al eje del vial y que, en consecuencia, supone un incremento superficial del 340 m de la U.A. 13.
b) Introducir la posibilidad de modificar las alineaciones exteriores o interiores en la fachada sur para mantener una fachada uniforme en la alineación interior del patio de manzana, a través de estudio de detalle.
(Se ha introducido una modificación en el documento con relación al aprobado con carácter inicial, al objeto de evitar problemas de interpretación, que consiste en eliminar toda referencia al sistema de actuación).
2. Publicar el acuerdo de aprobación definitiva en el Diario Oficial de Galicia y comunicar el mismo, con traslado del expediente tramitado y dos ejemplares diligenciados del documento aprobado, a la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda, quedando condicionada su eficacia y entrada en vigor al cumplimiento de estos trámites.
3. Determinar, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6 de la Ley 7/1995 citada, que el acuerdo adoptado pone fin a la vía administrativa, siendo directamente recurrible ante la jurisdicción contencioso-administrativa.
Culleredo, 31 de enero de 1997.
Julio Sancristán de Diego
Alcalde
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