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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 47 Lunes, 10 de marzo de 1997 Pág. 2.167

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE NIGRÁN

CONVOCATORIA.

Se convocan pruebas selectivas para proveer las plazas que se indican de conformidad con las bases generales aprobadas por el Ayuntamiento en Pleno el 26 de enero de 1996 (BOP nº 67, del 3 de abril) y las específicas aprobadas por el Ayuntamiento en Pleno el 29 de noviembre de 1996.

Bases específicas de la convocatoria de una plaza de cabo de la policía local.

I. Número y características de las plazas convocadas.

Se convocan pruebas selectivas para cubrir por promoción interna una plaza de cabo de la policía local, perteneciente a la escala de Administración especial, subescala de servicios especiales, clase policía local, categoría cabo, grupo D, nivel 18.

El procedimiento selectivo se regirá, además de por lo dispuesto en las presentes bases, por lo previsto en las bases generales aprobadas por acuerdo plenario de 26 de enero de 1996 y publicadas en el BOP del 3 de abril de 1996, y en el Diario Oficial de Galicia del 25 de abril de 1996.

II. Sistema selectivo: será el de concurso.

Podrán tomar parte en el proceso selectivo los guardias de la policía municipal de Nigrán que hubiesen prestado, al menos, dos años de servicio en dichos puestos, sin perjuicio de que cumplan los demás requisitos recogidos en el artículo 25.5º de la Ley 3/1992, de 23 de marzo, de coordinación de las policías locales de Galicia. A estos efectos se computa el tiempo de servicios prestados como policía municipal interino.

III. Concurso.

Para la calificación del concurso regirá el siguiente baremo de méritos:

a) Experiencia profesional:

-En el puesto de guardia de la policía local: 0,10 puntos por cada mes que exceda de los dos años de servicio.

La puntuación máxima de este apartado no superará los 4 puntos.

b) Títulos o certificaciones de estudios que tengan relación con las funciones a desempeñar.

Se valorarán hasta un máximo de 2 puntos, ponderándose en función del tiempo necesario para su obtención y la mayor o menor relación con las funciones a desempeñar.

c) Cursos relacionados con los cometidos del puesto a que aspira:

-Por cada curso de duración igual o superior a 30 horas: 0,50 puntos.

-Por cada curso de menos de 30 horas: 0,25 puntos.

La puntuación máxima en este apartado no podrá exceder de 2 puntos.

Todos los diplomas, certificados y acreditaciones deberán expresar, necesariamente, la duración del

curso de que se trata en horas lectivas, así como, según los casos, la asistencia o aprovechamiento obtenido por el alumno.

d) Cursos de idioma gallego: hasta 1 punto, a razón de 0,5 puntos por el de iniciación y 0,5 por el de perfeccionamiento.

e) Entrevista curricular, en la que los aspirantes deberán responder a las preguntas que les haga el tribunal calificador relacionadas con su carrera profesional. La puntuación máxima en este apartado no podrá exceder de 4 puntos.

IV. Curso selectivo.

Para obtener la promoción interna será requisito indispensable la superación de un curso selectivo de formación teórico-práctico en la Academia Gallega de Seguridad.

V. Tribunal calificador: composición.

El tribunal calificador estará compuesto de la siguiente forma:

-Presidente: el de la corporación o miembro de esta en que delegue.

-Vocales: un representante de la Xunta de Galicia designado por la consellería competente a propuesta de la Academia Gallega de Seguridad, de entre los profesionales de policía local de Galicia.

Un funcionario de carrera designado por el presidente de la corporación.

Un representante de los sindicatos más representativos en el ayuntamiento.

Un técnico o especialista en la materia.

Todos los vocales deberán poseer la titulación o especialización igual o superior al puesto de trabajo objeto de la convocatoria.

-Secretario: el de la corporación o quien legalmente le sustituya.

Nigrán, 17 de diciembre de 1996.

José Villar Pereira

Alcalde

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