Aprobadas inicialmente por el Pleno de la Corporación Municipal, en sesión extraordinaria celebrada el día 22 de febrero de 1977, las normas subsidiarias de planeamiento del Ayuntamiento de O Pereiro de Aguiar, se someten a información pública durante el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la última publicación de este edicto en el Diario Oficial de Galicia, en el BOP de Ourense y en el diario La Región, durante el cual podrán ser examinadas en el ayuntamiento y formular las alegaciones que se consideren pertinentes, conforme establece el artículo 114 del Real decreto legislativo 1/1992, de 26 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de régimen del suelo y ordenación urbana. Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 102 de la citada ley, se acuerda la suspensión de concesión de licencias urbanísticas en todo el término municipal, exceptuándose de dicha suspensión aquellas que, cumpliendo con la normativa vigente, no
incumplan lo que se ha aprobado inicialmente. El período de suspensión se hará efectivo hasta la aprobación definitiva de las mencionadas normas, sin que dicho plazo pueda superar los dos años.
O Pereiro de Aguiar, 24 de febrero de 1997.
Eliseo Fernández Gómez
Alcalde

