De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se le notifica a las personas que en el anexo se mencionan la propuesta de resolución de espacios naturales por infracción a la Ley 4/1989, de 27 de marzo, de la conservación de los espacios naturales y de la flora y fauna silvestre.
A los efectos previstos en el artículo 19 del Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, los denunciados en plazo de 15 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta notificación, podrán examinar el expediente en el Servicio de Medio Ambiente Natural, sito en c/ Benito Corbal, 47-5ª planta, y presentar ante el instructor las alegaciones que se consideren convenientes.
Pontevedra, 14 de mayo de 1997.
P.A.
Pilar Pita Ponte
Instructora
ANEXO
Expediente: C-21/1996.
Denunciado: José María Besada Rosales.
Último domicilio conocido: Casas, 11-B-Ardán-Marín.
Hecho denunciado: practicar el deporte cinegético de la caza con procedimientos prohibidos para la captura de animales, empleando reclamos de especies vivas, (pájaros cantores), así como redes, el día 8 de diciembre de 1996, término municipal de O Grove.
Precepto infringido: Art. 38 de la Ley 4/1989, en relación con el R.D. 1095/1989.
Precepto sancionador: 38 de la Ley 4/1989, de la conservación de los espacios naturales y de la flora y fauna silvestre.
Sanción: 20.000 ptas.
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