De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifican los acuerdos de comprobación de valores y liquidaciones complementarias relativos a los contribuyentes y conceptos cuyos datos y último domicilio conocido se indican y que fueron dictadas por el Servicio de Gestión Tributaria en aplicación del artículo 46-1º del Real decreto legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados.
Contra estas valoraciones se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el Servicio de Gestión Tributaria, o reclamación ante el Tribunal Económico-Administrativo Regional de Galicia, uno y otra en el plazo de quince días hábiles a contar desde el siguiente a esta publicación, sin que puedan simultanearse ambos recursos. Asimismo, podrá solicitarse ante el Servicio de Gestión Tributaria la práctica de la tasación pericial contradictoria también en el plazo de quince días hábiles computados de la misma forma.
En el caso de interponer reclamación económio-administrativa, deberá comunicarse a los efectos de interrumpir el procedimiento administrativo de liquidación sobre el valor comprobado.
Lugo, 24 de junio de 1997.
Gonzalo Luis Vázquez Rivas
Delegado territorial de Lugo
Contribuyente Dirección Cuantía Expediente
Barros Martínez Francisco Javier c/ Concepción Arenal, 23, Ferrol-A Coruña 7000000 8220/95
Nodar Rodríguez Jesús c/ Doiro, 25, Santiago de Compostela 5598536 7991/94
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