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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 229 Miercoles, 26 de noviembre de 1997 Pág. 11.351

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE POLÍTICA TERRITORIAL, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA

CÉDULA de 21 de octubre de 1997, del Servicio Provincial de Transportes de A Coruña, por la que se notifican expedientes sancionadores incoados por infracción de la normativa vigente en materia de transportes terrestres devueltas por el servicio de correos por resultar desconocidos los destinatarios de las mismas (expediente XC-00658-O-97 y catorce más).

Por la presente cédula se notifica a los denunciados, cuyas señas y últimos domicilios conocidos se señalan en el anexo, las notificaciones sancionadoras, dictadas por el jefe del Servicio Provincial de Transportes de A Coruña, facultado por el Decreto 70/1993, de 10 de marzo (DOG del 26 de marzo), recaídas en los expedientes que se citan en el anexo.

Haciéndoles saber el derecho que los asiste para interponer alegaciones, ante el Servicio Provincial de Transportes, en el plazo de quince días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente cédula.

Y para que conste y sirva de notificación, a los denunciados de domicilios desconocidos, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE nº 285, del 27 de noviembre), expido, firmo y sello la presente cédula en A Coruña, 21 de octubre de 1997.

Gonzalo López González

Jefe del Servicio Provincial de Transportes

de A Coruña

ANEXO

-Expediente

-Matrícula

-Denunciante

-Denunciado

-Último domicilio conocido

-Hecho denunciado

-Fecha-Hora-Carretera-p.k.

-Precepto

infringido

-Precepto

sancionador

-Sanción

propuesta

XC-00658-O-97

C-6042-AW

G.C. Tráfico

Jorge Avelino Leis Porras

Edif. Martinete (Birloque),

B 2 carretera

15008 A Coruña

Circular realizando un servicio público de transporte de mercancías careciendo de tarjeta de transporte del año en curso.

13-5-1997; 12.20; C-540; 7

199 b) del R.D. 1211/1990143 Ley 16/1987, 201 R.D. 1211/19905.000

XC-00659-O-97

O-2856-AB

G.C. Tráfico

José Manuel Cortés García

Avd. Hércules, 108-110

15002 A Coruña

Circular transportando productos lácteos amparado por tarjeta de transporte del año 1994.

11-6-1997; 9; N-651; 16,100

199 b) del R.D. 1211/1990143 Ley 16/1987, 201 R.D. 1211/19905.000

XC-00668-O-97

C-8612-AP

G.C. Tráfico

Discalvo, S.L.

Rúa do Cobelo Amio, 67

15703 Santiago de Compostela (A Coruña)

Circular transportando carga útil (productos lácteos) careciendo de la tarjeta de transporte del año en curso y anteriores así como llevando el certificado especial para el transporte de mercancías perecederas caducado en abril de 1997.

30-5-1997; 14.55; N-550; 67

Artículo 103 de la Ley 16/1987 y artículo 158 del R.D. 1211/1990, artículo 7 del Real decreto 2312/1985, de 24 de septiembre, normas de homologación, ensayo e inspección de vehículos destinados al transporte de mercancías perecederas (BOE nº 298, del 13 de diciembre)143 Ley 16/1987, 201 R.D. 1211/1990.50.000

XC-00698-O-97

PO-7942-AU

G.C. Tráfico

Teixeira Flor, S.L.

O Viso, 110

36810 Redondela

(Pontevedra)

Circular transportando flores realizando venta ambulante por diversas poblaciones careciendo de tarjeta de transporte. Ostenta distintivos MPC nacional.

28-5-1997; 18; C-500; 25,800

O.M. 25 de octubre de 1990 (BOE del 30), artículo 103 de la Ley 16/1987 y artículo 158 del R.D. 1211/1990143 Ley 16/1987, 201 R.D. 1211/199075.000

XC-00722-O-97

PO-7942-AU

G.C. Tráfico

Teixeira Flor, S.L.

O Viso, 110

36810 Redondela

(Pontevedra)

Circular transportando flores, careciendo de la tarjeta de transporte. Presenta tarjeta valedera hasta 1995. Ostenta distintivos MPC nacional privado.

3-7-1997; 8.15; N-651; 10,900

O.M. 25 de octubre de 1990 (BOE del 30), artículo 103 de la Ley 16/1987 y artículo 158 del R.D. 1211/1990143 Ley 16/1987, 201 R.D. 1211/199075.000

XC-00809-O-97

OR-5828-K

G.C. Tráfico

Excav. y Ttes. Carballal, S.L.

Carballal, s/n

32356 Petín (Ourense)

Circular realizando un servicio público de transporte de mercancías, con un vehículo destinado al uso privado; cuyo conductor no tiene relación laboral con el titular del vehículo. El vehículo ostenta distintivos de radio de acción nacional, y está autorizado sólo para ámbito territorial Galicia.

27-8-1997; 9.45; C-542; 19,000

O.M. 25 de octubre de 1990 (BOE del 30), artículo 102.3º de la Ley 16/1987 y artículo 157 del R.D. 1211/1990143 Ley 16/1987, 201 R.D. 1211/1990.265.000

XC-00838-O-97

PO-2848-W

G.C. Tráfico

Adersa Vigo, S.L.

Joaquín Loriga, 33

36203 Vigo (Pontevedra)

Circular realizando transporte público de mercancías careciendo de todo los distintivos en la cabeza tractora.

13-8-1997; 17.45; N-651; 23,900

O.M. 25 de octubre de 1990143 Ley 16/1987, 201 R.D. 1211/199015.000

XC-00842-O-97

C-5767-AP

G.C. Tráfico

Distaralco, S.L.

A Grela, 2ª fase, 67-68

15008 A Coruña

Circular realizando un servicio privado complementario de mercancías, careciendo el vehículo de todo los distintivos indicativos del radio de acción autorizado en su tarjeta de transporte.

15-7-1997; 3.30; N-VI; 586,000

O.M. 25 de octubre de 1990 (BOE del 30)143 Ley 16/1987, 201 R.D. 1211/199015.000

-Expediente

-Matrícula

-Denunciante

-Denunciado

-Último domicilio conocido

-Hecho denunciado

-Fecha-Hora-Carretera-p.k.

-Precepto

infringido

-Precepto

sancionador

-Sanción

propuesta

XC-00843-O-97

PO-1025-AX

G.C. Tráfico

Ariaz, S.L.

Cerdido-Arnois, s/n

36584 A Estrada

(Pontevedra)

Realizar a diario mediante remuneración transporte de tierra en zona de cantera en obras amparándose en tarjeta de transporte servicio privado, no teniendo su titular relación ninguna con el titular de la obra ni como adjudicatario.

12-8-1997; 19.05; AC-430; 0,400

Artículo 90 de la Ley 16/1987 y artículo 41 del R.D. 1211/1990143 Ley 16/1987, 201 R.D. 1211/1990250.000

XC-00846-O-97

C-8867-BL

G.C. Tráfico

Almacenes Fibe, S.L.

San Cristovo das Viñas, 3

15008 A Coruña

Circular realizando un transporte de mercancías, careciendo de todos los distintivos de transporte.

17-7-1997; 17.45; N-651; 16,500

O.M. 25 de octubre de 1990 (BOE del 30)143 Ley 16/1987, 201 R.D. 1211/199015.000

XC-00849-O-97

M-2575-KS

G.C. Tráfico

Estarta y Ecenarro, S.A.

Suc. Ronda de Valencia, 8

28012 Madrid

Circular realizando transporte privado complementario careciendo de tarjeta de transporte. Ostenta distintivos privados complementarios.

6-8-1997; 11.05; N-651; 15,600

Artículo 103 de la Ley 16/1987 y artículo 158 del R.D. 1211/1990143 Ley 16/1987, 201 R.D. 1211/199025.000

XC-00858-O-97

C-9431-E

G.C. Tráfico

Comercial Os Campias, S.L.

Rúa da Cachurra, 31

15830 Negreira (A Coruña)

Transportar pollo fresco, careciendo del certificado de mercancías perecederas para el vehículo que lo transporta.

16-7-1997; 13.20; CP-1909; 15,000

Artículo 7 del Real decreto 2312/1985, de 24 de septiembre, normas de homologación, ensayo e inspección de vehículos destinados al transporte de mercancías perecederas (BOE nº 298, del 13 de diciembre)143 Ley 16/1987, 201 R.D. 1211/199025.000

XC-00880-O-97

C-0168-BH

G.C. Tráfico

José Javier Osoro Gómez

Flores, bloque 3, 3

15008 A Coruña

Circular transportando mercancía en servicio particular complementario de su industria, careciendo de tarjeta de transporte.

1-8-1997; 12.10; N-651; 24,000

199 b) del R.D. 1211/1990143 Ley 16/1987, 201 R.D. 1211/19905.000

XC-00885-O-97

BI-0592-AU

G.C. Tráfico

Transportes Eusebio Izquierdo, S.L.

Avda. General Vigon, 27-2ºD

9005 Burgos

Conductor un vehículo articulado provisto de aparato de control de tacógrafo. Minorando el descanso mínimo de 8 horas interrumpidas por cada 24 horas minoración inferior al 50%.

2-9-1997; 14.25; N-VI; 570

Artículo 7 del R (CE) 3820/1985143 Ley 16/1987, 201 R.D. 1211/199020.000

XC-00890-O-97

C-7260-BP

G.C. Tráfico

Enrique Javier López Vigo

Pedro Carbajal, 1

15406 Ferrol (A Coruña)

Circular con un vehículo obligado al uso del tacógrafo con un descanso de cuatro cuarenta horas en un período de 24 horas.

13-9-1997; 8.10; N-VI; 581

Artículo 8 del R (CE) 3820/1985143 Ley 16/1987, 201 R.D. 1211/1990230.000

97-1807