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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 45 Viernes, 06 de marzo de 1998 Pág. 2.253

II. AUTORIDADES Y PERSONAL

NOMBRAMIENTOS:

CONSELLERÍA DE EDUCACIÓN Y ORDENACIÓN UNIVERSITARIA

DECRETO 66/1998, de 26 de febrero, por el que se dispone el cese y nombramiento de miembros del Consejo Escolar de Galicia.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 3/1986, de 18 de diciembre, de consejos escolares de Galicia, en el artículo 7 del Decreto 44/1988, de 11 de febrero, por el que se desarrolla dicha ley, y en la disposición transitoria primera del Decreto 87/1992, de 26 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del régimen interno del Consejo Escolar de Galicia y en el que se establece que se tiene que proceder a la renovación por mitades de los consejeros de cada uno de los grupos que integran el consejo, y previa designación por los organismos representativos de los sectores con incidencia en el ámbito educativo, a propuesta del conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria, previa deliberación del Consello de la Xunta de Galieia, en su reunión del día veintiséis de febrero de mil novecientos noventa y ocho,

DISPONGO:

Artículo 1º

Que cesen como miembros del Consejo Escolar de Galicia las siguientes personas:

1. En representación de padres de alumnos propuestos por las confederaciones o federaciones de asociaciones de padres de alumnos, en proporción a su representatividad:

a) Enseñanza pública:

José Luis Mañana Varela (Confapa-Galicia).

José Gulías Varela (Confapa-Galicia).

b) Enseñanza privada:

Manuel Mora y Pita da Veiga (Confederación Cristiá da Asociación de Pais de Alumnos de Galicia).

2. En representación de profesores propuestos por los movimientos de renovación pedagógica de Galicia legalmente reconocidos y en atención a su representatividad:

Manuel Velo Cantes (Coordinadora Gallega de MRPs).

Raúl Gómez Farto (Federación Gallega de MRPs).

3. En representación de personalidades de reconocido prestigio en el campo de la educación, pro

puestos por el conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria:

Juan José Rodríguez-Llander Riesco.

4º. En representación de los profesores en los niveles educativos correspondientes al ámbito de la enseñanza no universitaria de Galicia:

a) Enseñanza pública:

Ana Mª Linares Pérez (Comisiones Obreras).

Jesús Ramón Copa Novo (Federación de Trabajadores de la Enseñanza - Unión General de Trabajadores).

b) Enseñanza privada:

Obdulia Manso Cupeiro (Federación de Trabajadores de la Enseñanza - Unión General de Trabajadores).

5. En representación de las centrales sindicales que, de acuerdo con la legislación vigente, tengan la consideración de más representativas en Galicia:

Xosé G. Barral Sánchez (Comisiones Obreras).

6. En representación del personal de la Administración y servicios de los centros docentes de ámbito no universitario, designados por las centrales sindicales que, de acuerdo con la legislación vigente, tengan la consideración de más representativas de Galicia:

Juan Domínguez Senande (Federación de Trabajadores de la Enseñanza - Unión General de Trabajadores).

7. En representación de alumnos propuestos por las federaciones o confederaciones de asociaciones de alumnos en proporción a su representatividad:

Marcos Maceiras Érias (Comités Abiertos de Estudiantes).

8. En representación de centros privados, designados por las organizaciones empresariales correspondientes en proporción a su representatividad:

Marcelino Fuentes Ramos (Federación de Enseñanza Privada de Galicia).

9. En representación de la Administración educativa designados por el conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria:

Jaime García y García.

Manuel Regueiro Tenreiro.

Ángel González Fernández.

10. En representación de las organizaciones empresariales que, de acuerdo con la legislación vigente, tienen la consideración de más representativas:

Basilio Toyos Alonso.

Artículo 2º

Se nombran miembros del Consejo Escolar de Galicia, en las condiciones determinadas en el articulado de la Ley 3/1986, de 18 de diciembre, de consejos escolares de Galicia, a las siguientes personas:

1. En representación de padres de alumnos propuestos por las confederaciones o federaciones de asociaciones de padres de alumnos, en proporción a su representatividad:

a) Enseñanza pública:

José Luis Mañana Varela (Confapa-Galicia).

José Gulías Varela (Confapa-Galicia).

b) Enseñanza privada:

Manuel Gandoy Rodríguez (Confederación Cristiá da Asociación de Pais de Alumnos de Galicia).

2. En representación de profesores propuestos por los movimientos de renovación pedagógica de Galicia legalmente reconocidos y en atención a su representatividad:

Xerardo Rodríguez Roca (Coordinadora Gallega de MRPs).

Raúl Gómez Parto (Federación Galega de MRPs).

3. En representación de personalidades de reconocido prestigio en el campo de la educación, propuestos por el conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria:

Federico Cifuentes Pérez.

4. En representación de los profesores en los niveles educativos correspondientes al ámbito de la enseñanza no universitaria de Galicia:

a) Enseñanza pública:

Ana Mª Linares Pérez (Comisiones Obreras).

Xesús Ramón Copa Novo (Federación de Trabajadores de la Enseñanza - Unión General de Trabajadores).

b) Enseñanza privada:

Obdulia Manso Cupeiro (Federación de Trabajadores de la Enseñanza- Unión General de Trabajadores).

5. En representación de las centrales sindicales que, de acuerdo con la legislación vigente, tengan la consideración de más representativas en Galicia:

Xosé G. Barral Sánchez (Comisiones Obreras).

6. En representación del personal de la Administración y servicios de los centros docentes de ámbito no universitario, designados por las centrales sindi

cales que, de acuerdo con la legislación vigente, tengan la consideración de más representativas de Galicia:

Juan Domínguez Senande (Federación de Trabajadores de la Enseñanza - Unión General de Trabajadores).

7. En representación de alumnos propuestos por las federaciones o confederaciones de asociaciones de alumnos en proporción a su representatividad:

Jorge Regueira Rodríguez (Comités Abiertos de Estudiantes).

8. En representación de centros privados, designados polas organizaciones empresariales correspondientes en proporción a su representatividad:

Marcelino Fuentes Ramos (Federación de Enseñanza Privada de Galicia).

9. En representación de la Administración educativa designados por el conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria:

Jaime García y García.

Manuel Regueiro Tenreiro.

Ángel González Fernández.

10. En representación de las organizaciones empresariales que, de acuerdo con la legislación vigente, tienen la consideración de más representativas:

Basilio Toyos Alonso.

Disposición final

El presente decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, veintiséis de febrero de mil novecientos noventa y ocho.

Manuel Fraga Iribarne

Presidente

Celso Currás Fernández

Conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria