Galego | Castellano

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 46 Lunes, 09 de marzo de 1998 Pág. 2.323

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE CULTURA, COMUNICACIÓN SOCIAL Y TURISMO

ORDEN de 3 de febrero de 1998 por la que se convocan los programas «Ven al Camino Francés» y «Ven a la Ruta Marítima Jacobea».

La Consellería de Cultura, Comunicación Social y Turismo viene desarrollando estos últimos años una serie de acciones tendentes al acercamiento de la población al Camino de Santiago, mereciendo especial atención la convocatoria de los programas «Ven al Camino Francés» y «Ven a la Ruta Marítima Jacobea».

Estos programas nacieron con el objetivo de dar a conocer la realidad del camino y su entorno, así como sus valores y sensibilidades. Por otra parte pretenden promover el interés por el camino entre los jóvenes y las instituciones encaminadas a la formación y organización de actividades de ocio y tiempo libre. Siendo su fin último la promoción de las distintas rutas jacobeas.

Los objetivos señalados se cumplieron sobradamente, y dado el elevado número de interesados en participar en los referidos programas, se considera necesario convocar una nueva edición de los mismos.

Por todo ello, la Consellería de Cultura, Comunicación Social y Turismo a través de la Gerencia de Promoción del Camino de Santiago, y en uso de sus competencias, convoca los programas «Ven al Camino Francés» y «Ven a la Ruta Marítima Jacobea». Para tal fin,

DISPONGO:

Artículo 1º

La Consellería de Cultura, Comunicación Social y Turismo convoca los programas «Ven al Camino Francés» y «Ven a la Ruta Marítima Jacobea», dirigidos a los jóvenes.

a) El programa «Ven al Camino Francés» ofrece dos días de estancia y recorrido por puntos emblemáticos y significativos del Camino Francés, con alojamiento de una noche en los albergues que se señalan en la base novena del anexo I de la presente orden.

b) El programa «Ven a la Ruta Marítima Jacobea» ofrece un viaje con salida de Vilagarcía de Arousa, remontando el Ulla hasta Pontecesures o Padrón y un itinerario terrestre por lugares emblemáticos de esta zona.

Artículo 2º

1. Estos programas son excluyentes lo que significa que sólo se podrá optar a uno de los dos descritos en el apartado a) y b) del artículo anterior y que cada entidad solicitante deberá remitir única y exclusivamente una instancia y para un solo grupo.

2. El desarrollo de los programas se hará de acuerdo con lo dispuesto en las bases que figuran en los anexos de la presente orden.

Artículo 3º

El libramiento de los gastos originados por estos programas se hará con cargo a la aplicación presupuestaria 10.01.121-A.640.0 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para 1998.

Disposición final

La presente orden entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 3 de febrero de 1998.

Jesús Pérez Varela

Conselleiro de Cultura, Comunicación Social y

Turismo

ANEXO I

BASES QUE RIGEN LA CONVOCATORIA DEL PROGRAMA «VEN AL CAMINO FRANCÉS»

Primera.-Podrán acogerse a este programa todas las instituciones y organismos tradicionalmente vinculados a actividades con jóvenes: centros de enseñanza, clubs juveniles, cataquesis parroquiales, escuelas de tiempo libre, corales y rondallas juveniles, etc.

Segunda.-La Consellería de Cultura, Comunicación Social y Turismo, a través de la Gerencia de Promoción del Camino de Santiago, y en el desarrollo de este programa, pondrá a disposición de los participantes:

-Los albergues.

-Un informador del camino especializado en la zona.

-La cantidad de 50.000 ptas. en concepto de ayuda para los gastos de transporte por cada institución u organismo.

La atención y cuidado del grupo, su traslado y manutención, serán responsabilidad de la institución u organismo participante, responsable también del comportamiento del grupo en relación con las normas del albergue. La falta de un comportamiento mínimamente adecuado a estas normas y convenientemente valorado por la Gerencia de Promoción del Camino de Santiago, podrá ser motivo de anulación de la subvención o, en su caso, de exclusión de la entidad en posteriores convocatorias.

Tercera.-El número de participantes por cada grupo no será inferior a 25 ni superior a 45 incluyendo en este número los adultos acompañantes que no excederán de 5.

Los grupos participantes en el programa no excederán de 40, los cuales serán seleccionados por orden de recepción de solicitud siempre que cumplan los requisitos que figuran en las bases.

Cuarta.-Cada agrupación llevará carteles promocionales del programa, facilitados por la Gerencia de

Promoción del Camino de Santiago, en el vehículo en el que efectúen los viajes.

Quinta.-Los interesados enviarán sus solicitudes, en el modelo oficial que figura al final de esta orden, a la Consellería de Cultura, Comunicación Social y Turismo, Gerencia de Promoción del Camino de Santiago, edificio administrativo San Caetano, bloque 3, 15771-Santiago de Compostela. También podrán presentar las mismas en las dependencias de las delegaciones provinciales de la Consellería de Cultura, Comunicación Social y Turismo. Todo esto de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 38.4º de la Ley 30/1992, del 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. En consecuencia no serán admitidas solicitudes enviadas a través de fax, teléfono o cualquiera de los medios que no figuren en el artículo citado.

Sexta.-En las solicitudes se incluirán los datos identificadores del grupo: colegio o institución, número de participantes inicialmente previsto, persona o personas responsables, teléfono de contacto, itinerarios y fechas preferentes para el viaje (se recomienda poner varias, por orden de preferencia).

La fecha finalmente adjudicada y comunicada a la entidad solicitante no podrá ser modificada, de forma que la imposibilidad de realizar el viaje en la fecha prevista supondrá la renuncia al mismo.

Séptima.-La presentación de las solicitudes se hará en el plazo de 30 días desde la publicación de la presente orden en el Diario Oficial de Galicia.

Su tramitación se llevará a cabo por los servicios-técnicos de la Gerencia de Promoción del Camino de Santiago.

La resolución que le corresponderá al conselleiro de Cultura, Comunicación Social y Turismo se le notificará a los interesados según lo establecido en el artículo 59 de la Ley 30/1992, del 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Octava.-Los viajes se celebrarán durante los meses de abril, mayo, junio, segunda quincena de septiembre y primera quincena de octubre de 1998 y su duración será de dos días (una noche) que pueden ser o no en fin de semana.

Cada grupo solicitante estará obligado a confirmar su asistencia con tres días de antelación a la Gerencia de Promoción do Camiño de Santiago, por escrito o mediante fax (981) 54 48 70.

Novena.-Los albergues en los que se podrán alojar los solicitantes son los siguientes:

O Cebreiro, Triacastela, Portomarín, Palas de Rei, Melide, Ribadiso y Arca (O Pino).

Itinerarios:

R-1. O Cebreiro y su entorno.

R-2. O Cebreiro-Triacastela, con visita a Samos.

R-3. Sarria-Barbadelo-Paradela-Portomarín.

R-4. Portomarín-Palas de Rei, con visita a Vilar de Donas y Monterroso.

R-5. Palas de Rei-Melide, con visita a Toques y Sobrado.

R-6. Melide-Ribadiso, con visita a Toques y Sobrado.

R-7. Ribadiso-O Pino, con visita al embalse de Portodemouros, y Mezonzo y Sobrado.

Décima.-Para que se pueda tramitar el pago y como condición indispensable para el cobro de la subvención, una vez realizado el viaje, es imprescindible enviar a la Gerencia de Promoción del Camino de Santiago, en el plazo de 20 días naturales desde la realización del viaje la siguiente documentación:

-Factura original por importe de 50.000 ptas. para justificar los gastos del transporte expedida por la empresa transportista.

-Fotocopia de la tarjeta de identificación fiscal.

-Certificación bancaria original acreditativa de la titularidad de la cuenta donde desea recibir la transferencia el beneficiario.

-Parte firmado por el informador cultural o, en su caso, del encargado del albergue, así como de la persona responsable del grupo para justificar la realización del viaje.

Si la citada justificación no tuviese lugar en el plazo anteriormente establecido se procederá a la anulación de la subvención.

Undécima.-La Gerencia de Promoción del Camino de Santiago resolverá cualquier duda que pueda surgir de las bases que regulan este programa, sin que, en ningún caso, pueda haber contradicción con lo dispuesto en éstas.

ANEXO II

BASES QUE RIGEN LA CONVOCATORIA DEL PROGRAMA «VEN A LA RUTA MARÍTIMA JACOBEA»

Primera.-El recorrido constará de dos fases:

a) El remonte fluvial del Ulla entre Vilagarcía de Arousa y Padrón.

b) Un itinerario en autobús por el área de esta zona. En este segundo itinerario, el grupo contará con el apoyo de un informador cultural que ofertará un recorrido único, pero adaptable a las necesidades del grupo y con dos bloques temáticos:

-Lugares de interés jacobeo: iglesia de Santiago de Padrón, con el Pedrón, puente del Sar y fuente del Carmen, subida al Santiaguiño del Monte y visita a la colegiata de Iria. Este itinerario puede ser complementado con otras visitas: puente de Pontecesures e iglesia de San Xulián de Requeixo, paseo del Espolón, convento del Carmen y casco antiguo de Padrón.

-Lugares de interés cultural: parque del Trovador Macías, casa-museo de Rosalía, Fundación Camilo

José Cela, museo de Arte Sacro (Casa de las Canónigos) y Santuario de A Escravitude.

Segunda.-Podrán acogerse a este programa todas las instituciones y organismos tradicionalmente vinculados a actividades con jóvenes: centros de enseñanza, clubs juveniles, catequesis parroquiales, escuelas de tiempo libre, corales y rondallas juveniles, etc.

Tercera.-La Consellería de Cultura, Comunicación Social y Turismo, a través de la Gerencia de Promoción del Camino de Santiago, y en el desarrollo de este programa, pondrá a disposición de los participantes:

-Billete gratuito para poder realizar el viaje consistente en remontar el río Ulla desde Vilagarcía de Arousa hasta Pontecesures o Padrón.

-Un informador cultural del área de Padrón, especializado en la zona.

-La cantidad de 25.000 ptas. a cada institución u organismo solicitante, en concepto de ayuda para los gastos de transporte.

La atención y cuidado del grupo, así como su traslado y manutención, serán responsabilidad de la institución u organismo participante, responsable también del comportamiento del grupo. La ausencia de un comportamiento mínimamente adecuado y convenientemente valorado por la Gerencia de Promoción del Camino de Santiago podrá ser motivo de anulación de la subvención o, en su caso, de la exclusión de la entidad en posteriores convocatorias.

Cuarta.-El número de participantes por cada grupo no será inferior a 20 ni superior a 37 incluyendo en este número los adultos acompañantes que no excederán de 5.

Los grupos participantes en el programa no excederán de 40, los cuales serán seleccionados por orden de recepción de solicitud, siempre que cumplan los requisitos que figuran en las bases.

Quinta.-Cada agrupación llevará carteles promocionales del programa, facilitados por la Gerencia de Promoción del Camino de Santiago.

Sexta.-Los interesados enviarán sus solicitudes en el modelo oficial que figura al final de esta orden, a la Consellería de Cultura, Comunicación Social y Turismo, Gerencia de Promoción del Camino de Santiago, edificio administrativo San Caetano, Bloque 3, 15771-Santiago de Compostela. También podrán presentar las mismas en las dependencias de las delegaciones provinciales de la Consellería de Cultura, Comunicación Social y Turismo. Todo esto de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 38.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. En consecuencia, no serán admitidas las solicitudes enviadas a través de fax, teléfono, o cualquier otros medios que no figuren en el artículo citado.

Séptima.-En las solicitudes se incluirán los datos identificadores del grupo: colegio o institución, número de participantes, persona o personas responsables, teléfono de contacto y fechas preferentes para el viaje (se recomienda poner varias por orden de preferencia).

La fecha finalmente adjudicada y comunicada a la entidad solicitante no podrá ser modificada, de forma que la imposibilidad de realizar el viaje en la fecha prevista supondrá la renuncia al mismo.

Octava.-La presentación de las solicitudes se hará en el plazo de 30 días desde la publicación de la presente orden en el Diario Oficial de Galicia.

Su tramitación se llevará a cabo por los servicios técnicos de la Gerencia de Promoción del Camino de Santiago.

La resolución que le corresponderá al conselleiro de Cultura Comunicación Social y Turismo se le notificará a los interesados según lo establecido en el artículo 59 de la Ley 30/1992, del 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Novena.-Los viajes se celebrarán durante los meses de abril, mayo y junio de 1998, excepto domingos y festivos.

Cada grupo solicitante estará obligado a confirmar su asistencia con 3 días de antelación a la Gerencia de Promoción del Camino de Santiago por escrito o mediante fax.

Los tikets para el viaje podrán recogerse en las dependencias de la Gerencia de Promoción del Camino de Santiago.

Décima.-Para que pueda tramitar el pago y como condición indispensable para el cobro de la subvención, una vez realizado el viaje, es imprescindible enviar a la Gerencia de Promoción del Camino de Santiago, en el plazo de 20 días naturales desde la realización del viaje la siguiente documentación:

-Fotocopia original por importe de 25.000 ptas. para justificar los gastos del transporte, expedida por la empresa transportista.

-Fotocopia de la tarjeta de identificación fiscal.

-Certificación bancaria original acreditativa de la titularidad de la cuenta donde desea recibir la transferencia del beneficiario.

-Parte firmado por el informador cultural y por la persona responsable del grupo, para justificar la realización del viaje.

Si la citada justificación no tuviera lugar en el plazo anteriormente establecido, se procederá a la anulación de la subvención.

Undécima.-La Gerencia de Promoción del Camino de Santiago resolverá cualquier duda que pueda surgir de las bases que regulan este programa, sin que en ningún caso pueda haber contradicción con lo dispuesto en éstas.