De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a las personas que en el anexo se mencionan, la propuesta de resolución, dictada en el expediente por infracción a la Ley 4/1997, de 25 de junio, de caza de Galicia.
A los efectos previstos en el artículo 19 del Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, los denunciados en el plazo de 15 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta notificación, podrán examinar el expediente en el Servicio de Medio Ambiente Natural, sito en c/ Benito Corbal, 47-5ª planta, y presentar ante el instructor las alegaciones que se consideren convenientes.
Pontevedra, 3 de marzo de 1998.
Pilar Pita Ponte
Instructora
ANEXO
Expediente: C-100/97.
Denunciado: Emilio Vieites Chaves.
Último domicilio conocido: A Modia, s/n, Vilariño-Cambados.
Hecho denunciado: cazar con escopeta sin licencia de caza ni permiso del coto, el día 26 de octubre de 1997, término municipal Cambados.
Precepto infringido: artículo 58.2º de la Ley 4/1997, de caza de Galicia.
Precepto sancionador: artículo 61 de la Ley 4/1997, de caza de Galicia.
Sanción: 100.001 ptas. Ret. de la licencia de caza e Inha. para obtenerla 1 año y 1 día.
Expediente: C-122/97.
Denunciado: José Javier Magariños Filgueira.
Último domicilio conocido: Avda. de Lugo, 12, Pontevedra.
Hecho denunciado: cazar sin permiso en el coto PO-10.107, el día 2 de noviembre de 1997, término municipal Meis.
Precepto infringido: artículo 58.27º de la Ley 4/1997, de caza de Galicia.
Precepto sancionador: artículo 61 de la Ley 4/1997, de caza de Galicia.
Sanción: 100.001 ptas. Ret. de la licencia de caza e Inha. para obtenerla 1 año y 1 día.
Expediente: C-125/97.
Denunciado: Antonio Lorenzo Vidal.
Último domicilio conocido: Avda. Fragoso, 62-3º A, Vigo.
Hecho denunciado: cazar sin permiso en el coto PO-10.187, el día 1 de noviembre de 1997, término municipal Caldas de Reis.
Precepto infringido: artículo 58.27º de la Ley 4/1997, de caza de Galicia.
Precepto sancionador: artículo 61 de la Ley 4/1997, de caza de Galicia.
Sanción: 100.001 ptas. Ret. de la licencia de caza e Inha. para obtenerla 1 año y 1 día.
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